domingo, diciembre 22, 2024
InicioSociedadDerechos HumanosCalifican Control Preventivo de Identidad como un Grave Retroceso

Califican Control Preventivo de Identidad como un Grave Retroceso

La Comisión de Constitución del Senado aprobó la denominada «agenda corta antidelincuencia», que pasa de contrabando algo muy parecdido a la Ley Hinzpeter, como es el control preventivo de identidad, que faculya a las policías a detener por sospecha. Organizaciones de DD.HH  y parlamentarios opinan que limita libertades personales y criminaliza el movimiento social.

La Comisión de Constitución del Senado aprobó la Agenda Corta Antidelincuencia, que contiene entre sus normas el criticado control preventivo de identidad, el cual ha sido comparado con la detención por sospecha, derogada en 1998.

 La norma apunta a que las policías puedan pedir la identificación de una persona “en los lugares públicos, o aquellos lugares privados, pero que son de libre acceso al público” y permite la captura “de aquellas personas que tengan  órdenes de detención pendientes», que en nuestro país son 66 mil.

El senador de RN Alberto Espina, quien ya había recibido duras críticas a través de las redes sociales tras celebrar la aprobación de la norma que establece penas de cárcel a quien agreda físicamente a un carabinero aunque no deje señales visibles de lesión, expresó su conformidad con el voto positivo de la Comisión:

“Esta agenda corta es una victoria y un triunfo para la ciudadanía que espera que la lucha contra la delincuencia sea más eficaz y, sin duda, es una derrota para los delincuentes que van a tener una mayor persecución penal para evitar que los delitos queden impunes como ocurre hoy día, lamentablemente”.

El senador independiente pro DC, Pedro Araya, señaló que la Agenda Corta Antidelincuencia le otorga herramientas a las policías como al Ministerio Público para una adecuada persecución penal y de esta manera bajar el alto índice de causas sin resolver:

“Y en lo que respecta al control preventivo de identidad, hoy día hemos avanzado en una norma que le otorga atribuciones a las policías, pero que también les pone cortapisas que son el respeto a los derechos de los ciudadanos, entre otras cosas cuando la policía ejerce esta atribución, va a tener que trasladar a la persona a la unidad policial, no va a poder ser llevada a un calabozo, y tiene que dárseles todas las facilidades para la identificación”.

Por el contrario, el diputado del PS y presidente de la comisión de Constitución de la Cámara, Leonardo Soto, hizo énfasis en los “espacios para cercenar libertades” de las personas que ofrece la Agenda Corta, como es la libertad de movimiento o de tránsito que las nuevas facultades de las policías pudieran afectar “y que creíamos superadas”, señaló el diputado y llamó a tener “mucho cuidado” en la legislación de este proyecto y poner el foco en el “control al control de identidad”.

El diputado destacó el hecho que este procedimiento no resolverá los problemas de delincuencia, ni es “una bala de plata” en este sentido:

“Es muy complejo legislar en base a subjetividades que no están respaldadas por opiniones concretas de la academia o expertos. Es más, Fundación Paz Ciudadana y varios expertos eran contrarios a esta propuesta, entonces su eficacia está puesta en duda”.

“Se está legislando bajo mucha presión social. Porque, inevitablemente, uno tiene que reconocer que hay un discurso represivo en torno al fenómeno de la delincuencia, como si existiera una bala de plata para poder terminar con este fenómeno y sería esta ley. La verdad es que yo no le adjudicaría tantos méritos y, por tanto, me preocuparía que si se va a legislar por lo menos se controlara que no tuviera efectos negativos para la libertad de las personas, y yo esperaría que en la Sala del Senado y en el tercer trámite podamos anteponer la libertad de las personas ante las restricciones que pueden ser mucho más gravosas para la gente, que los mismos beneficios que pueda plantear esta ley”.

Para Marta Cisternas, coordinadora de la comisión de Observadores de DDHH de la Casa Memoria José Domingo Cañas, lo que hace esta legislación es “blindar más la impunidad que tiene Carabineros en el control de la protestas”, y por otro lado, a juicio de la dirigente de derechos humanos, se legaliza una práctica que de hecho ya se está ejerciendo de parte de la policía para sacar a los jóvenes de las manifestaciones, como una “política de Estado en contra de los movimientos sociales”.

Marta Cisternas calificó de “gravísima” esta situación e hizo énfasis en los cuestionamientos, incluso a nivel internacional, de las políticas represivas del Estado chileno en contra de la protesta social, lo que redunda, según la dirigente, en la criminalización de los disensos en nuestro país.

“Hace pocos meses estuvo el relator de Naciones Unidas e hizo un informe bastante lapidario sobre el derecho a manifestación, de hecho nosotros hemos estado difundiendo la opinión de Unicef al respecto. Aquí hay voces que van más allá de lo que podamos pensar las personas que estamos en el mundo de los derechos humanos. Acá en Chile, esto trasciende nuestras fronteras con respecto a lo que significa un estado de Derecho. En Chile, lamentablemente, hace rato el estado de Derecho se está alejando bastante de la ciudadanía”.

Finalmente, para la coordinadora de la comisión de Observadores de DDHH de la Casa Memoria José Domingo Cañas, se ha impuesto un discurso de inseguridad ciudadana, el cual posibilita el enfrentamiento a la delincuencia desde una óptica punitiva y represiva, cuando a juicio de Marta Cisternas este debe apuntar a “mayor justicia y equidad social”.

Control de identidad: no sólo los derechos de “los delicuentes”

Por Ana Piquer (*)

Siempre que por alguna razón aumenta la percepción de inseguridad en un país, surgen medidas reactivas: subir las penas a determinados delitos, disminuir ciertas garantías procesales, ampliar facultades de las policías. Suele suceder entonces que quienes trabajamos por los derechos humanos salimos a cuestionar algunos aspectos de esas medidas que son desproporcionadamente restrictivos de los derechos y garantías internacionalmente reconocidos. Y suele pasar que, como reacción, se nos acusa de “garantistas” (como si eso fuera una mala palabra), de “defender los derechos de los/as delincuentes”, o como una vez me dijo una parlamentaria, “si parece que ustedes quieren que Carabineros le tire confetti a los delincuentes”.

Esta discusión la hemos visto clarísimamente en las últimas semanas, en relación a la “agenda corta” contra la delincuencia y en particular a la normativa sobre control de identidad. Quienes lo critican lo han asimilado a la antigua detención por sospecha. Quienes lo defienden señalan que esto mejora las facultades de actuar preventivo de las policías y que “quien nada hace, nada teme”.

Primero es necesario aclarar dos puntos: sí, el Estado tiene el deber de resguardar la seguridad y el orden público, y sí, quienes cometen delitos siguen teniendo derechos humanos que deben ser respetados. No hay una contradicción entre ambas afirmaciones. El combate contra la delincuencia y el resguardo del orden público puede justificar ciertas restricciones de derechos, incluso el uso de la fuerza por parte de las policías. Pero estas restricciones deben responder a un test de tres partes: deben ser legales, justificadas (no ser arbitrarias, tener un objetivo preciso) y proporcionales (lo estrictamente necesario para conseguir el objetivo propuesto, y no más).

Esto no protege sólo a “los/as delincuentes”, sino que sirve para proteger a todas las personas por igual y también para proteger a las personas inocentes que, por cualquier razón, se vean enfrentadas al sistema de justicia criminal.

¿Qué dice la norma propuesta sobre control de identidad?

Si se aprobara la norma como la aprobó la Cámara de Diputados, lo que sucede es, en simple, que habrá dos tipos de control de identidad. El primer tipo es básicamente lo que existe hoy, pero ampliado: si un Carabinero considera que existe “algún indicio” de la comisión de un delito, puede pedir que acredite identidad y registrar vestimentas, equipaje o vehículo, en el lugar en que se encuentre. Si no pudiera acreditar identidad o se rehúsa a hacerlo, puede conducir a la persona a una comisaría para controlar su identidad, y todo el proceso puede durar hasta 8 horas.

El segundo tipo es el control “preventivo” de identidad, que no necesita de ninguna causa: Carabineros puede pedir a cualquier persona y en cualquier lugar, que acredite su identidad. Si la persona no puede o se rehúsa, también puede ser conducida a una comisaría para ello, en cuyo caso el límite de tiempo es de 4 horas.

Imaginemos la siguiente situación: una persona sale a eso de las 8 de la noche a trotar en un sector del barrio alto de la capital. Sale con buzo y zapatillas, y nada más. Deja su billetera y no lleva su carnet de identidad. Un Carabinero lo ve corriendo en buzo y estima que existe “algún indicio” de que está cometiendo un delito – quizá pretenda participar en un “portonazo” o está arrancando después de asaltar a alguien. Hace que se detenga, le pide que se identifique. Él le explica que vive a dos cuadras, que incluso si lo acompaña puede mostrarle su carnet. Si es un hombre alto y rubio, que adopte una actitud altiva, es posible, quizá, que el Carabinero le crea y lo acompañe a su casa.

La ley dice que debe darle “todas las facilidades” para que se identifique. Pero si fuera un extranjero, de algún país latinoamericano, o una persona con rasgos indígenas y de piel oscura, o se pone nervioso ante la situación… ¿Le creerá? Puede que sí, puede que no. Si el policía no le cree, lo conducirá a la comisaría más cercana por considerar que no pudo o se rehusó a acreditar su identidad. Dado que existía “algún indicio” de delito, estimará que el límite aplicable es de 8 horas. O sea, esta persona podría pasar casi toda la noche fuera de su casa.Toda la escena pudo haber sucedido delante de otros de sus vecinos/as, quienes quedarán con la duda de que “algo habrá hecho” este vecino extraño. Y todo porque sí.

Aquí “el que nada hace nada teme” no aplica. Si esto se convierte en ley, no es necesario hacer nada – salvo olvidar o perder el carnet de identidad – para ser privado de libertad por 4 u 8 horas. Y en el Senado se estarían discutiendo indicaciones que buscan ampliar aún más las facultades de las policías en este contexto.

Es cierto, en ambos casos existen pautas que prohíben la aplicación discriminatoria de estas normas y mecanismos de control posterior, por ejemplo, a través de una obligación de mantener estadísticas de aplicación de estas facultades. También es cierto que existe la llamada “Ley Zamudio” que permitiría exigir responsabilidades en caso de discriminación arbitraria. Pero esto es todo posterior, e implica una carga para la víctima, de llevar adelante la demanda. Acá el Estado debiera tender a prevenir que se produzcan las arbitrariedades desde un inicio, con una legislación como ésta no aporta en ese sentido.

Ya el Relator Especial de la ONU sobre los Derechos de Reunión Pacífica y de Asociación, tras su visita a Chile en 2015, emitió una opinión crítica sobre el proyecto de ley, con un detallado y preciso análisis legal, por considerar que no cumple con el test de tres partes explicado anteriormente. Si bien estaría establecido en la ley, no cumple con el principio de legalidad, la justificación es poco clara, da pie a arbitrariedades y es desproporcionada. El nivel de restricción a los derechos es muy grande, puede afectar a personas inocentes con mucha facilidad y muy probablemente tendrá un impacto discriminatorio sobre los grupos más vulnerables: personas que participan en manifestaciones, integrantes de la diversidad sexual, pertenecientes a pueblos indígenas, migrantes, personas de menores recursos económicos.

Esto no es algo que afecte a “los/as otros/as” o a “los/as delincuentes”. Esto potencialmente puede significar que cualquiera de nosotros/as podemos estar hasta 4 horas (incluso 8 horas) privados/as de libertad, porque sí. No se trata de los derechos humanos “de los/as delincuentes”, sino de defender los derechos de todas y todos.

(*) Directora Ejecutiva de Amnistía Internacional Chile

Defensor nacional califica el control preventivo de identidad como «un retroceso»

El director de la Defensoría Penal Pública, Andrés Mahnke, calificó como un «retroceso» que la Comisión de Constitución del Senado aprobara, en el marco de la agenda corta antidelincuencia, el controvertido control preventivo de identidad.

El defensor nacional explicó que si la normativa fuese despachada tal como está, se generaría una confusión, pues existirían dos controles de identidad: uno «investigativo» (que sigue el artículo 85 y por causales ampliadas) y otro preventivo, respecto de cualquier persona y en cualquier lugar aunque con ciertas limitantes.

Esto «sin vinculación a ningún hecho: no porque haya indicios de que se va a cometer un ilícito, no respecto de un ilícito que se está cometiendo, no respecto a encapuchados, no respecto a evidente peligros para algún lugar público. En cualquier circunstancia, sin ningún indicio. Ése es el problema», fustigó.

El abogado «llamaría a esto detención ya sin sospechas. Es facultades amplias de las policías para controlar la identidad de todos nosotros».

Mahnke enfatizó que el proyecto «claramente es un retroceso» y fue autocrítico respecto de los esfuerzos que hicieron para generar esa convicción a los senadores.

«Es un retroceso en el respeto a las libertades individuales que se ganaron por allá en el siglo XVIII, con hechos de sangre entremedio, y que hoy día, frente a nuestras visiones de que hay una vulneración de derechos fundamentales, que hay antecedentes que demuestran que es innecesaria esta ampliación de facultades a las policías, es ineficaz», sostuvo el penalista.

Esta medida podrá ser revisada por los congresistas en marzo, luego del receso legislativo, pues el Gobierno le quitó prioridad.

RELATED ARTICLES

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

- Advertisment -

Most Popular