jueves, abril 25, 2024
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SVS le Formuló Cargos por Turbios Manejos: Le Llegó el Pihuelo al Poderoso Ponce Lerou

La formulación de cargos de la Superintendencia de Valores y Seguros, por diversas irregularidades en Soquimich y sus sociedades cascada, es una noticia que hay que seguir, porque es primera vez que una entidad reguladora le hinca el diente a la opacidad de los manejos financieros del sector de gran empresariado. En todo caso, habrá que ver quién tiene más fuerza en la pulseada, porque los imputados pertenecen a lo más granado de los poderes fácticos. En todo caso, y como se dice en la jerga de la prensa salmón, la noticia «remeció» al mercado, que empezóa reaccionarcon la típica fluctuación en el precio de las acciones. En una de esas, se gesta algo gordo y la inquietud se transformaen pánico, sin perjuicio de que la investigación genere otros antecedentes, porque claramente el asunto huele a podrido. Permaneceremos atentos a la evolución de este tema.

SVS formula cargos a Julio Ponce Lerou y otros ejecutivos de sociedades cascadas de SQM

La Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) resolvió, como parte de una primera etapa del proceso de fiscalización, formular cargos contra el controlador de SQM y ejecutivos y personas relacionadas a las sociedades cascadas (sociedades controladoras de la Sociedad Química y Minera de Chile S.A.: Norte Grande S.A., Oro Blanco S.A., Pampa Calichera S.A., Nitratos S.A. y Potasios S.A.), por presuntas infracciones a la Ley de Sociedades Anónimas y Ley de Mercado de Valores.

En un comunicado, la SVS explicó que los oficios de cargos, fechado el pasado viernes 6 de septiembre, se circunscriben a la presunta responsabilidad de los involucrados en diversas operaciones realizadas de modo recurrente y coincidente, durante los años 2009, 2010 y 2011, que permiten presumir la existencia de un esquema consistente principalmente en transacciones bursátiles con los títulos Calichera A, Oro Blanco y SQM.

La entidad que dirige Fernando Coloma indica que en los cargos presume “la existencia de un esquema estructurado sobre la base de reiteradas operaciones de inversión y financiamiento que habría llevado a que las Sociedades Cascada proveyeran acciones Oro Blanco, Calichera A y SQM-B, a precios que, en la generalidad, pueden ser entendidos bajo mercado y en condiciones que imponían barreras a la participación de un mayor número de inversionistas, entre otras, a las diferentes sociedades relacionadas a Julio Ponce, y en menor medida a sociedades relacionadas a Roberto Guzmán”.

Agrega que estas sociedades, por lo general, tiempo después, enajenaban dichas acciones a precios significativamente mayores a los que las habían comprado y en condiciones de precios que, en la mayoría de las veces, podrían ser consideradas como sobre mercado, siendo las contrapartes de estas operaciones, mayoritariamente, las propias Sociedades Cascada. Lo anterior, daría cuenta de la realización de prácticas que no habrían perseguido el interés social de las Sociedades Cascada, pudiendo incluso vislumbrarse como contrarias al mismo y que, por otra parte, habría afectado el correcto funcionamiento del mercado de valores, basado principalmente en la confianza del público inversor y en la transparencia del mismo.

Según la SVS, los oficios de cargos están fundados en los antecedentes, documentos, registros y testimonios recabados a la fecha, y habida consideración de los diversos grados de participación de cada uno de los actores involucrados.

“Con la formulación de cargos se da inicio a un procedimiento administrativo de carácter sancionatorio, por infracción a normas que regulan el mercado de valores y las sociedades anónimas”, consignó el DF.

Sin embargo, advirtió que estos oficios de cargos no constituyen por sí mismos infracciones, sino que se trata de presunciones fundadas que reflejan las conclusiones a que ha llegado la SVS a la fecha, sobre la base de información recopilada de su proceso de fiscalización.

Estos son los cargos formulados:

Julio Ponce Lerou

(i) presunta infracción al numeral 1 del artículo 42 de la Ley de Sociedades Anónimas, que establece la prohibición de proponer modificaciones de estatutos y acordar emisiones de valores mobiliarios o adoptar políticas o decisiones que no tengan por fin el interés social.

(ii) presunta infracción al numeral 7 del artículo 42 de la Ley de Sociedades Anónimas, que establece la prohibición de practicar actos ilegales o contrarios a los estatutos o al interés social o usar de su cargo para obtener ventajas indebidas para sí o para terceros relacionados en perjuicio del interés social.

(iii) presunta infracción al Título XVI de la Ley de Sociedades Anónimas sobre operaciones entre partes relacionadas.

(iv) presunta infracción al inciso segundo del artículo 53 de la Ley de Mercado de Valores, que establece la prohibición de efectuar transacciones o inducir, o intentar inducir, a la compra o venta de valores, regidos o no por esta ley, por medio de cualquier acto, práctica, mecanismo o artificio engañoso o fraudulento.

(v) presunta infracción al inciso primero del artículo 53 de la Ley de Mercado de Valores, en cuanto que es contrario a dicho cuerpo legal efectuar cotizaciones o transacciones ficticias respecto de cualquier valor.

Aldo Motta C.

(i) presunta infracción al numeral 1 del artículo 42 de la Ley de Sociedades Anónimas, que establece la prohibición de proponer modificaciones de estatutos y acordar emisiones de valores mobiliarios o adoptar políticas o decisiones que no tengan por fin el interés social.

(ii) presunta infracción al numeral 7 del artículo 42 de la Ley de Sociedades Anónimas, que establece la prohibición de practicar actos ilegales o contrarios a los estatutos o al interés social o usar de su cargo para obtener ventajas indebidas para sí o para terceros relacionados en perjuicio del interés social.

(iii) presunta infracción al Título XVI de la Ley de Sociedades Anónimas sobre operaciones entre partes relacionadas.

(iv) presunta infracción al inciso segundo del artículo 53 de la Ley de Mercado de Valores, que establece la prohibición de efectuar transacciones o inducir, o intentar inducir a la compra o venta de valores, regidos o no por esta ley, por medio de cualquier acto, práctica, mecanismo o artificio engañoso o fraudulento.

(v) presunta infracción al inciso primero del artículo 53 de la Ley de Mercado de Valores, en cuanto que es contrario a dicho cuerpo legal efectuar cotizaciones o transacciones ficticias respecto de cualquier valor.

Patricio Contesse F.

(i) presunta infracción al numeral 1 del artículo 42 de la Ley de Sociedades Anónimas, que establece la prohibición de proponer modificaciones de estatutos y acordar emisiones de valores mobiliarios o adoptar políticas o decisiones que no tengan por fin el interés social.

(ii) presunta infracción del numeral 7 del artículo 42 de la Ley de Sociedades Anónimas, que establece la prohibición de practicar actos ilegales o contrarios a los estatutos o al interés social o usar de su cargo para obtener ventajas indebidas para sí o para terceros relacionados en perjuicio del interés social.

(iii) presunta infracción al Título XVI de la Ley de Sociedades Anónimas, que dice relación con operaciones entre partes relacionadas.

Roberto Guzmán L.

(i) presunta infracción al inciso segundo del artículo 53 de la Ley de Mercado de Valores, que establece la prohibición de efectuar transacciones o inducir, o intentar inducir a la compra o venta de valores, regidos o no por esta ley, por medio de cualquier acto, práctica, mecanismo o artificio engañoso o fraudulento.

(ii) presunta infracción al inciso primero del artículo 52 de la Ley de Mercado de Valores, en cuanto establece que es contrario a la ley efectuar transacciones en valores con el objeto de estabilizar, fijar o hacer variar artificialmente los precios.

Coloma: formulación de cargos «es una primera etapa» y podría extenderse a otros agentes del mercado

El Superintendente de Valores y Seguros, Fernando Coloma, aseguró que la formulación de cargos del regulador contra Julio Ponce y altos ejecutivos de las sociedades cascada con las que el empresario controla SQM «es una primera etapa».

«Es probable que hayan futuras etapas que no voy a adelantar, pero este es un proceso que se va a estructurar de esa manera», dijo la autoridad regulatoria en el marco de las actividades del Chile Day en Londres.

En esa línea, Coloma no descartó que el proceso se extienda a otros agentes del mercado, como las corredoras de bolsa.

«Podría ser, y claramente no me voy a anticipar pero la primera etapa tiene una connotación de ese tipo, de que pueden venir próximas etapas en el futuro», dijo.

Con todo, Coloma advirtió que sólo hay una formación de cargo, que habrá que ver si se confirma a través de una sanción o se cierra por nuevos antecedentes que puedan ser acumulados.

El superintendente detalló que la formulación de cargos contra el empresario y ejecutivos de las llamadas sociedades cascadas tiene que ver con la presunción de que habría un cierto esquema de operaciones bursátiles y de financiamiento a través de las cuales se habrían puesto a disposición de determinadas sociedades algunas acciones que estaban a disposición de las sociedades cascadas, a un precio que se estima como bajo mercado.

«Y en el camino, meses después, esas acciones que habían sido puestas a disposición de ciertas sociedades relacionadas, a las personas que en este caso están siendo formuladas, a través de esas sociedades se vendían a precios que se estimaban sobre mercado y que además eran bastante superiores en términos generales», explicó Coloma.

Respecto a la fecha para resolver el caso, la autoridad consideró como «probable» que se tomen íntegramemnte los seis meses de plazo para hacerlo.

«Uno siempre podría hacerlo en menos tiempo y de repente en más si hay algunas interrupciones en los plazos, pero la idea es mantenerlo dentro del plazo de 6 meses y si se pudiera cerrar antes mejor, desde el punto de vista de tener más claridad, pero la experiencia dice que en general los 6 meses son el tiempo adecuado», comentó Coloma.

La SBIF prepara cambio a la normativa de Bancos tras revelación de triangulaciones en el Grupo Saieh

por Héctor Cárcamo

El Superintendente de Bancos e Instituciones Financieras (SBif), Raphael Bergoeing, anunció para los próximos días «un cambio normativo» que apunta a hacer más precisa y exigente la norma que hoy limita la entrega de créditos o el financiamiento de bancos a empresas relacionados al controlador del mismo.

La expedición del ministro de Hacienda, Felipe Larraín junto a empresarios y ejecutivos chilenos en el Chile Day, está teniendo como telón de fondo dos casos emblemáticos de cuestionadas operaciones de compañías en nuestro país.

Ayer la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) golpeó la mesa anunciando la formulación de cargos contra el controlador de SQM, Julio Ponce Lerou y ejecutivos cercanos, por operaciones con las sociedades cascadas.

Coloma, que acompaña de cerca a Larraín, reveló a diarios chilenos que ahora podrían venir cargos contra corredoras y en Chile se especula con que también podría haber directores de empresas sancionadas e incluso auditoras.

Para no ser menos, el mismo día, el otro regulador financiero importante de país y que también secunda a Larraín, el Superintendente de Bancos e Instituciones Financieras (SBif), Raphael Bergoeing, hizo anuncios sobre otro de los casos bullados: SMU y CorpBanca.

Bergoeing confirmó lo que había deslizado hace algunas semanas respecto de la normativa que regula los préstamos entre bancos y empresas relacionadas. Dijo a DF que “estamos anunciando en los próximos días un cambio normativo (…) es parte de modificaciones más profundas que se van a seguir haciendo en el tiempo, pero tenemos ya lista la parte que tiene que ver con la exposición a empresas y personas vinculadas”.

Bergoeing dijo en la entrevista que “me preocupaba que quedara claro que hay una separación entre el banco y el resto del grupo”. Sin decirlo, el anuncio apunta a hacer más precisa y exigente la normativa que hoy limita la entrega de créditos o el financiamiento de bancos a empresas relacionados al controlador del mismo.

La deficiencia o falta de precisión de la normativa se hizo patente con el caso de las triangulaciones de CorpBanca a SMU, hechas públicas el 17 de julio pasado. CorpBanca financió en marzo de 2010 con US$ 115 millones (hoy suma US$ 125 millones) al Fondo de Inversión Privado (FIP) Synergia, el cual a su vez aportó US$ 150 millones a un aumento de capital de SMU, siendo hasta hoy accionista de dicha compañía, la cual atraviesa una severa crisis financiera.

La Sbif dijo en su momento que como parte de su proceso de fiscalización habitual conoció de esa operación y a su juicio, no cumplía con los requisitos para ser considerada relacionada.

Sin embargo, dos meses después de que se revelara esa información anunciará cambios a dicha normativa que, adelantó, es parte de un proceso mayor de cambios. Según la Sbif, los cambios se vienen estudiando desde enero pasado, aunque hasta hace pocos días no se sabía de ello.

La percepción empresarial chilena sobre SMU y CorpBanca quedó patente cuando el presidente de La Polar (empresa en la cual uno de los principales accionistas es Saieh), César Barros, analizó, también en Londres, la situación de la industria de retail chilena.

“Hay grandes empresas, líderes de la industria como Falabella y Cencosud, que están creciendo por toda Latinoamérica, a Ripley también le va bien, nosotros lo estamos haciendo súper bien dando vuelta la empresa. Pero obviamente que SMU es un caso especial, tiene una fusión que fue compleja, con un socio que tiene su historial”, dijo Barros, según reveló DF, agregando que “SMU es un retail de comida que tienen márgenes muchísimo más chicos, más locales, más deuda que La Polar, así que es un tema más complejo”.

Líder de los empresarios sobre situación de Julio Ponce: “Debemos actuar no sólo conforme a la ley, sino también a la ética”

El presidente de la Confederación de la Producción y del Comercio (CPC), Andrés Santa Cruz, comentó la formulación de cargos de la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) a Julio Ponce -controlador de SQM y ex-yerno del dictador Agusto Pinochet- y a su círculo más cercano por presuntas violaciones a la Ley de Mercado de Valores y a la Ley de Sociedades Anónimas.

“Es un fallo preliminar para que los inculpados puedan hacer sus descargos, pero la señal más importante para el mercado es que tenemos una superintendencia que investiga todo lo que puede producir turbulencias en el mercado”, sostuvo el líder de los empresarios, quien participa de las actividades del Chile Day en Londres.

En esa línea, dijo que “lo más importante es que tenemos que tener claro que debemos actuar no sólo conforme a la ley, sino que también a la ética (…) las normativas siempre son perfeccionables, aunque lo importante es que la Superintendencia está cumpliendo su labor”.

Según Santa Cruz, la investigación está en una etapa “preliminar, por lo que hay que esperar que concluya todo esto porque también hay plazos para que los inculpados puedan hacer sus descargos, por eso no me parece que uno deba hacer una condena a priori”.

Fuente: con información de El Diario Financiero y El Mostrador

 

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