Aún no conocemos las indicaciones que enviará el Ejecutivo al Congreso con la finalidad de hacer cambios al proyecto de ley que modifica la ley 20.000 sobre drogas. El proyecto de ley fue elaborado y aprobado por la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados. La idea de legislar fue aprobada por una amplia mayoría, de 68 a 36 votos en la sala plena de dicha Cámara del Congreso. Los contenidos más relevantes del proyecto de ley son la autorización para portar consigo hasta 10 gramos de marihuana y cultivar hasta 6 plantas productoras de esa sustancia.
Con estas modificaciones se quiere descriminalizar el porte y consumo de pequeñas cantidades de esa sustancia, que sean para el “consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo”, cantidad indeterminada que solamente puede ser definida por el tribunal de primera instancia, los juzgados de garantía –artículo 4-, en tal caso no se configura el delito de microtráfico y se trataría de una falta que debe sancionarse con multas, servicios a la comunidad, asistencia a cursos de prevención de drogas y/o suspensión del carnet de manejar –artículo 50-, si la cantidad es pequeña pero a consideración del juzgado de garantía mayor que la necesaria para el “consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo”, se habría incurrido en el delito de microtráfico que tiene penas entre 560 días y cinco años de privación de libertad.
En el caso de los cultivos ilícito, según la ley 20.000 aquellos que no han sido autorizados por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) y realicen esta conducta serán sancionados con privación de libertad de 3 a 5 años.
Los impactos criminalizantes de la actual ley de drogas son los siguientes, al año (2012) son detenidas 85.023personas por infracciones a la ley 20.000, esto hace el 54,5% de todos los detenidos en el país por todos los delitos, de aquellos, el 54.047, el 73,7%, fueron detenidas por porte y consumo, las causas por drogas vistas por los juzgados de garantía llegan a 73.299 casos al año, el 10.2% de todas, más que cualquier otro delito de mayor connotación social.
Esta selección persecutoria penal a los infractores de la ley de drogas se explica porque el 82,5% de las causa por drogas tienen imputados conocidos, en cambio, en el caso del robo con fuerza, que es el delito por el cual más denuncias hace la población, solo el 9,6% tiene imputado conocido, es decir, de estas causas el 92,4% no pueden ser terminadas y deben ser archivadas, en cambio, aquellas les permite cumplir metas tanto a policías como fiscales. Además, la inmensa mayoría de esos procedimientos se han iniciado mediante el control de identidad que realizan las policías.
Se ha rumoreado que las indicaciones del Gobierno, según una propuesta que habría sido elaborada conjuntamente por los ministerios del Interior, Salud y Justicia, establecerían que la cantidad de cannabis a portar permitida sería hasta 4 gramos y el cultivo permitido de solo una planta, además, las denuncias por faltas, es decir, porte y tenencia de “pequeñas cantidades para el uso personal exclusivo y próximo en el tiempo” serían ahora resueltas por los juzgados de policía local y no por la justicia penal.
Los principales y más graves problemas que plantea la actual ley de drogas son: primero, su carácter altamente criminalizante de los usuarios de drogas mediante la aplicación del tipo penal porte y consumo de sustancias controladas, así como, segundo, la gran distracción de los recursos del sistema penal, el 55% de la capacidad de intervención policial y el 10% de la capacidad de resolución de la justicia penal. Todo cual, como es sabido, para nada ha logrado ni controlar el consumo ni la provisión de drogas.
Las indicaciones que estaría enviando el Gobierno al Congreso, simplemente estableciendo los puntos de corte entre “la pequeña cantidad para el uso personal exclusivo y próximo en el tiempo” y aquella que no lo es, en nada variarán las circunstancias actuales y sus consecuencias criminalizantes para los usuarios de drogas, las policías seguirán ocupando la mayor parte de su tiempo y capacidad de disuasión del delito en las calles para detener jóvenes usuarios de drogas, mientras que las 70.000 causas por drogas pasaran a los juzgados de policía local.
Finalmente, y esto es lo más grave, el Gobierno al establecer puntos de corte tan bajos, sobre todo en el caso de los cultivos de cannabis, aumentará notablemente la cantidad de usuarios de drogas que deberán ser procesados y sancionados por microtráfico lo cual obliga a la justicia penal a aplicar penas entre 540 días y tres años de privación de libertad, en el caso de tener dos o más plantas de cannabis sin autorización del SAG la sanción será entre tres a cinco años de privación de libertad.
(*) Docente Investigador Programa Drogas, Facultad Ciencias Sociales, Universidad Central de Chile.
Fuente: El Quinto Poder