lunes, noviembre 25, 2024
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Comunidades Mapuche y Estudiantes Exigen la Salida de Fiscal Alberto Chiffelle de la Araucanía

Martín Correa (*)

El Diario Austral de Temuco, en su edición del 25 de julio de 2016, hizo pública una denuncia realizada por el ex Fiscal del Ministerio Público de la ciudad de Collipulli José Ricardo Traipe, en la que señala haber sufrido en el desempeño de su cargo “presiones indebidas para intensificar injustificadamente la persecución penal a sujetos mapuche, de comunidades conocidamente conflictivas, desarrolladas por el Fiscal Regional (s) Alberto Chiffelle”, quien le exigía “ser particularmente duro con cualquier sujeto que tuviere relación con las comunidades de Temucuicui y Wente Winkul Mapu”, además de recibir por parte del Fiscal Regional (s) Chiffelle permanente discriminación y hostigamiento, obligándolo a pedir la prisión preventiva de todo imputado mapuche, aún sin pruebas suficientes, ya que “los pacos lo tenían en la mira”.

En la práctica, lo que exigía el Fiscal Alberto Chiffelle al entonces Fiscal Traipe era perseguir y atribuir responsabilidades penales a miembros de comunidades mapuche, aún sin mérito judicial alguno, especialmente a quienes desarrollan demandas históricas de restitución territorial estigmatizadas como ‘conflictivas’, a fin de mantener a dirigentes y comuneros mapuche encarcelados por largos períodos en una ‘prisión preventiva’ extendida, innecesaria, discriminatoria y racista, ya que luego permanecer en veces hasta más de un año en la cárcel son declarados inocentes, castigo del que ninguna institución se hace cargo.

Coincidente con lo señalado, el werkén de la Comunidad Autónoma de Temucuicui, Jorge Huenchullán, denunció que fue imputado por el propio ex Fiscal Traipe “al menos en unas 15 ocasiones, por lo que en virtud de los antecedentes que develó la demanda del ex fiscal Traipe queda de manifiesto el corte racial de este estamento jurídico por el solo hecho de ser mapuche y alzar la voz ante la recuperación de tierras, acá queda demostrado que hay una obligación de condenar a mapuches por mandato. Es más, hay animosidad de perseguir, una verdadera cacería de mapuches en esta zona”.

Dos días después, el 27 de Julio de 2016, los imputados en el caso Luchsinger Mackay -que ya llevan 4 meses de prisión preventiva sin que aún se presenten pruebas contundentes, que han sido una y otra vez solicitadas por la defensa- encaran al Fiscal Chiffelle, acusándolo de “racista y mentiroso”, una vez que éste reconoció que no posee el reporte de antena de telefonía que los ubica el 4 de enero del 2013 en el domicilio de la Machi Linconao.

Sin embargo, no estamos ante una situación desconocida para las familias y comunidades mapuche, ni causó en éstas una mayor sorpresa la denuncia que se hizo contra el Fiscal Alberto Chiffelle. Lo que hizo, en cambio, fue entregar certeza a lo que hace por lo menos 15 años vienen denunciando y que aquí desarrollamos.

En el mes de Junio de 2001 la comunidad Domingo Trangol, de Victoria, ingresó a las tierras antiguas –aquellas que no les fueron reconocidas en dominio y adjudicadas a colonos por el Estado chileno- en el afán de recuperarlas, siendo desalojados violentamente, quedando detenidos cinco miembros de la comunidad, varios lesionados y un herido grave, a causa de un disparo de carabineros.

Los mapuche son demandados por el Ministerio Público, específicamente por el Fiscal Alberto Chiffelle Márquez, lo que significó que el día 6 de junio “dirigentes mapuche entregaran  personalmente al señor Fiscal Nacional, una carta en que solicitaron la inhabilitación del citado Fiscal Chiffelle por su grado de parentesco con el señor Bernardo Carlos Chiffelle Heise, dueño de un fundo colindante con la comunidad indígena Domingo Trangol, predio que está actualmente en conflicto con dicha comunidad indígena y que ha sido parte de la investigación que se desarrolla por la Fiscalía”, señala el Diario Austral.

Efectivamente, don Enrique Llanca Pichilén, miembro de la comunidad Domingo Trangol Boyen Mapu, relata que antes “Todo era tierra, no había alambre, estaca, nada, y resulta que este colono que era Bernardo Chiffelle echó a los abuelitos, y como ellos no sabían hablar nada ellos no podían reclamar.”

Un mes después, el 6 de Julio de 2001, el Diario Austral de Temuco realiza un extenso reportaje y pone en conocimiento de los lectores que los presos mapuche de la comunidad de Domingo Trangol, comuna de Victoria, han decidido iniciar una huelga de hambre cuyo fin es repudiar el procesamiento judicial arbitrario de que son objeto y denunciar las irregularidades y situaciones que atentan contra el debido proceso, en los términos siguientes:

“Varios miembros de la comunidad han sido acusados y sentenciados por el fiscal, sin tener el derecho a defenderse. Otras personas han sido acusadas, sin haber participado en ningún hecho de los que se les acusa, varios de ellos se encontraban en otro lugar al momento que supuestamente ocurrieron los delitos y de igual manera fueron acusados y condenados. Al lonco y al werkén de la comunidad Domingo Trangol se les acusa de asociación ilícita y usurpación de tierra. A juicio de los imputados, los supuestos delitos son haberse organizado para reclamar lo que les pertenece y reclamar nuestras tierras usurpadas por la familia Chiffelle, Lichtenberg y la empresa Forestal Mininco”.

Un mes después, el 20 de julio de 2001, el Fiscal Alberto Chiffelle Márquez, conjuntamente con el Fiscal Rojas Rubilar, dirigió el allanamiento de la sede de la organización mapuche Consejo de Todas Las Tierras, “con el fin de encontrar antecedentes para vincular en la asociación ilícita de la causa de la comunidad Domingo Trangol a esta organización indígena”, señala el Diario Austral.

En vista de los hechos relatados, el día 26 de julio de 2001 los abogados de las familias mapuche Juan Jorge Faúndez, Roberto Celedón y Matías Coll interpusieron un requerimiento contra los fiscales del Ministerio Público en la Novena Región, Alberto Chiffelle, Francisco Rojas y Jorge Sandoval solicitan la Remoción e inhabilitación de los Fiscales “por abusos de poder, arbitrariedad y grave infracción a su deberes al deformar deliberadamente actos realizados por la comunidad mapuche Domingo Trangol en el legítimo ejercicio de garantías constitucionales, en fin de encuadrarlos en figuras típicas, agravando artificiosamente las mismas a fin de perjudicar a los imputados.”

Así, mientras el Ministerio Público investiga los presuntos delitos de usurpación, daños calificados, robo, exacción ilegal y asociación ilícita, presuntos ilícitos que habrían ocurrido el 21 de febrero de 2001 cuando, según la defensa se trató del ingreso en forma pacífica y simbólica de un grupo de 50 miembros de la comunidad Domingo Trangol a parte del fundo El Ulmo, de propiedad de Forestal Mininco.

Es decir, hace 15 años ya se denuncia al Fiscal Alberto Chiffelle por lo mismo que fue denunciado por el ex Fiscal de Collipulli Ricardo Traipe y por lo que fue encarado por los imputados de la Causa Luchsinger Mackay: “abusos de poder, arbitrariedad y grave infracción a su deberes al deformar deliberadamente actos realizados por la comunidad mapuche”.

Entre sus antecedentes judiciales destaca además su actuar en el emblemático y polémico caso Poluco Pidenco, proceso que en su momento (2004) fue duramente criticado por organizaciones y comunidades mapuche que denunciaban la ausencia del debido proceso y de garantías para los imputados mapuche. En dicho proceso, que fue encabezado por el Ministerio Público, específicamente por los fiscales Alberto Chiffelle, Sergio Moya, y el actual Fiscal Regional Cristian Paredes, se construyó un enjambre judicial en virtud del cual se acusó a un importante grupo de mapuches de participar en el “incendio terrorista” del fundo Poluco Pidenco, propiedad de Forestal Mininco y emplazado en la comuna de Ercilla.

La acusación de los Fiscales Chiffelle, Moya y Paredes planteó que el incendio del fundo Poluco Pidenco formaba parte de una “serie de hechos ilícitos que tuvieron como objetivo el atacar a un sector determinado de la población”, y que debía aplicarse la Ley Antiterrorista ya que en el ilícito actuó un número significativo de personas, en forma organizada, vulnerando el estado de derecho y con el fin de crear un clima de inseguridad, inestabilidad y temor en diversos sectores de la región. Para probar todo lo anterior la Fiscalía presentó una serie de testigos ‘protegidos’, pertenecientes a las propias comunidades de los acusados, y varios de los cuales tenían prontuario policial y/o rencillas con las familias de los acusados, según cuestionó la defensa.

Como resultado del proceso, son condenados a 10 años y un día por incendio terrorista y al pago de una millonaria indemnización Juan Huenulao, Jaime y Patricio Marileo, Patricia Troncoso, José Huenchunao y Juan Millacheo. Todos los antecedentes señalados fueron presentados ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, institución ante la cual se denunció que las víctimas fueron procesadas y condenadas aplicándoseles la ley antiterrorista, “normativa penal contraria al principio de legalidad”, que el tribunal “tomó en consideración el origen étnico de los acusados de manera injustificada y discriminatoria”, y que su actuar se insertaba en el marco de “reivindicaciones legítimas” del pueblo mapuche.

Todos estos elementos que fueron acogidos y formaron parte de la sentencia del Tribunal, dictada en el año 2014, y que en su parte sustancial ordenó al Estado de Chile dejar sin efecto las condenas por terrorismo, a la vez que declaró que en el juicio en el que participó el Fiscal Chiffelle se había violado los principios jurídicos de la presunción de inocencia, la no discriminación y la igualdad ante la ley.

Concluyamos entonces con que las diversas denuncias que se han planteado en los días recientes respecto del actuar alejado del debido proceso, en la prensa y en los propios tribunales, no se refieren solo a hechos recientes sino a una situación que desde hace un buen tiempo se verifica al sur del Bio Bio, que ahora sólo se ha hecho público y que hace referencia al nutrido prontuario antimapuche del Fiscal Alberto Chiffelle.

(*) Historiador.

Fuente: El Ciudadano

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