domingo, diciembre 22, 2024
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Estado y Administración de la Violencia: El Paso a Paso para Entender el Paradigma Securitario

El Estado es la forma de administración política moderna por excelencia, y como tal, su labor se ha relacionado inherentemente con la mayoría de los asuntos sociales. Ejemplo de ello son la violencia y el capitalismo. Los contractualistas fueron los primeros en describir y legitimar esta vinculación. Hobbes [1] planteó que el Estado surgía por medio de un pacto social en el cual los individuos transferían su derecho a ejercer la violencia para que una autoridad central la regulara con el fin de proteger la vida.

De esta forma, la soberanía individual era cedida producto de los peligros insoslayables que presentaba un estadio social que no era normado, donde el hombre se volvía un lobo para el hombre.

Así también, Locke[2] complementaba el “realismo” hobbesiano desde una perspectiva liberal, para señalar que la centralización de los medios de violencia por parte del Estado debía acompañarse con los derechos de propiedad y comercio, es decir, capitalismo para asegurar la paz.

Siglos más tarde, en el campo de la teoría social, Max Weber[3] señalaba como característica intrínseca del Estado la atribución del monopolio del uso de la violencia física legítima. Lo cual sería problematizado posteriormente por Anthony Giddens[4] para esclarecer la relación entre violencia, Estado y capitalismo.

Si el Estado concentró los medios de violencia fue para pacificar la sociedad con el fin de que el capitalismo se desarrollara como modo de producción libre, sin ejercicio de violencia física directa en el ámbito económico –a diferencia del esclavismo–.

La centralidad en el mercado, del que hacía apología Adam Smith vino a ser la respuesta liberal a la brutalidad hobessiana de la redefinición del Estado Absolutista en su versión moderna [5].

Sin embargo, actuaron complementariamente.

Los cuerpos del ejército y la policía se encargaron de resguardar el orden social mientras la disciplina se instalaba como medio de control, inserta dentro de las jornadas laborales.

Ejércitos preocupados de la defensa de amenazas externas del Estado-nación; policías orientadas a garantizar el orden y seguridad interna; capitalismo como modo de producción hegemónico; y, finalmente, el Mercado como forma de transacción de mercancías que definió las relaciones sociales.

II

La función policial del Estado atravesó el tejido social de manera sigilosa, distribuyendo prácticas de control insertas en diversas instituciones sociales propias de la época: fábricas, cárceles, escuelas, hospitales, entre otras.

Prácticas de gubernamentalidad, como le denomina Michel Foucault[6], que desacreditan el postulado hobbesiano sobre que el origen del Estado nace para terminar con la guerra. Más bien, el Estado reinscribió la guerra en la política, como una continuación de ella, invirtiendo el famoso aforismo de Clausewitz que plantea que la guerra es la continuación de la política por otros medios: “… el papel del poder político sería reinscribir perpetuamente esa relación de fuerza, por medio de una especie de guerra silenciosa, y reinscribirla en las instituciones, en las desigualdades económicas, en el lenguaje, hasta en los cuerpos de unos y otros”[7].

La guerra como elemento indisociable de la política fue enraizada en el cuerpo social a través de mecanismos de poder. Su capacidad, entonces, no se expresa solo en las facultades legales para ejercer violencia sino en establecer normativas que cohesionen lo social por medio de la producción de sujetos dóciles, económicamente productivos y políticamente sumisos.

Así se va a edificar el andamiaje jurídico-político funcional al capitalismo reinante en las sociedades modernas: el Estado de Derecho. Se suprimió el derecho a rebelión garantizado constitucionalmente de manera transversal por todas las corrientes teórico-filosóficas para criminalizar la disidencia política[8], y se instauró la excepción como norma para resguardar el orden social.

Según Giorgio Agamben[9], el paradigma predominante a lo largo del siglo XX se construyó bajo el alero de la figura de un Estado de excepción que regula el orden social por medio de atribuciones legales para suspender la ley en momentos que el orden legal se haya visto amenazado.

Así, derechos civiles y políticos se suprimen, como por ejemplo las libertades de expresión y reunión, con la finalidad de garantizar la gubernamentalidad que cancela la posibilidad de que sectores de la población se organicen para construir alternativas al poder y orden hegemónicos.

III

La persecución del disidente político se desarrolló de manera implícita y explícita, amparada en la noción filosófica del “Derecho penal del enemigo”. Günther Jakobs[10], desde una perspectiva contractualista, señala que los órdenes jurídicos constitucionales son resultado de un pacto social en el que se le atribuye al Estado la función legal de asegurar el orden y seguridad.

El sujeto que cuestione o no adscriba a este orden se convierte en un enemigo por la potencialidad de los actos que pudiese desarrollar, por lo tanto debe ser “hetero-administrada”, es decir, tratada como no-persona.

Desposeída de derechos, el enemigo interno construido por prerrogativas legales es objeto de la excepción que ejerce el Estado en su trato, trazando así las fronteras de lo político en las democracias actuales[11].

La constitución de lo político implica un cierre institucional que genera un desplazamiento ideológico en el cual los “extremos” son definidos, volviéndolos indeseables[12]. Por lo tanto, la función de cada orden es trazar la línea definitoria entre los adversarios que “legítimamente” disputarán este campo y los enemigos que “ilegítimamente” atentarán contra él.

Así, los regímenes políticos definirán sus estrategias para preservar el orden que promueven. Hoy, sin embargo, la democracia despliega su puesta en escena representado como reinado de las libertades, la elección forzada entre alternativas predefinidas, agotando a priori la posibilidad de la emergencia de opciones emancipatorias que pudiesen legalmente redefinir el reparto de lo político.

La defensa de los órdenes jurídico-políticos frente a las expresiones emancipatorias tiene cabida dentro de los paradigmas securitarios modernos en la versión de Doctrinas de Seguridad Nacional para las dictaduras del cono sur latinoamericano y de Seguridad Ciudadana redefinidas democráticamente.

IV

Las Doctrinas de Seguridad Nacional se instauraron en los países de América del sur bajo regímenes dictatoriales que buscaban atribuir una función activa del Estado en torno al orden y seguridad social.

Bajo el argumento de preservar los “intereses de la nación” se persiguió a toda disidencia política que, bajo estrategias violentas o no violentas, hizo uso de su derecho a rebelión. Construyendo un enemigo interno representado por las principales agrupaciones políticas de izquierda, que en el caso chileno tuvieron expresión en el FPMR, MIR y MAPU-Lautaro.

El Estado de excepción fue utilizado para pacificar las sociedades e instalar las principales reformas económicas neoliberales que gobiernan hasta el día de hoy. Sin embargo, el control militar impuesto por las dictaduras militares se redefinió en el contexto democrático bajo la tutela policial.

La Seguridad Ciudadana se impuso como la política central de los Estados producto de la emergencia de las nuevas inseguridades, temores y amenazas que surgían como consecuencia de la desintegración social resultante de los mercados gobernantes.

El Estado abandonó su función protagónica en lo económico y de protección social para pasar a la glorificación de un Estado penal[13] que construyó sus nuevos enemigos internos, ahora difusos e ilocalizables.

El paradigma securitario en nuestras sociedades actuales se despliega a través de las políticas de Seguridad Ciudadana, elaboradas por el Estado en conjunto con los sectores privados, buscando instalar como valor primordial la paz social y la seguridad.

Delincuencia, drogadicción y terrorismo son los enemigos huidizos aludidos permanentemente como amenazas para justificar el control policial orientado a garantizar la seguridad.

Y en esto las autoridades políticas no han recurrido a eufemismos para desplegar sus acciones, apelando a una “guerra”, “combate”, “mano dura” en contra de… para enarbolar las consignas de la Toleracia Cero, para transformar en sentimiento dominante a la inseguridad.

Sobre esto último, los medios de comunicación han ocupado una labor funcional. La centralidad en el tratamiento noticiero de hechos de delincuencia común, desórdenes públicos en el termino de jornadas de movilizaciones e instaurando como “zonas de conflicto” territorios donde el Estado no genera total cohesión sobre sus poblaciones,  como en las comunidades Mapuche, se orientan a realzar situaciones de violencia, a producir inseguridad subjetiva y despolitizar las acciones de sectores sociales movilizados políticamente.

Acompañado de reportajes que dramatizan la posición de las víctimas para producir empatía en la audiencia. Así se ven enfrentados “personas honorables” frente a “antisociales”. La batalla contra la delincuencia se vuelve un hecho moral, que apunta a generar consensos entre “ciudadanos indefensos” que reproducen el discurso dominante que exige más “mano dura” y “severidad en las penas”.

V

Vivimos hoy bajo Estados penales que utilizan el discurso de la Seguridad Ciudadana como dispositivo para construir inseguridad. Mediante ella refuerzan la legitimidad de un control policial totalizante que regula las poblaciones de modo discrecional en la producción de consensos ideológicos y, complementariamente, represivos cuando actúa la Fuerza Pública para restablecer el orden.

La fragilidad del poder queda develada en el fundamento de su existencia: auto producir amenazas sociales para constituir un cuerpo institucional donde Estados, ejércitos y policías sean elementos necesarios a ojos de la población para asegurar la paz.

La pasividad actual con que aceptamos la administración de la violencia bajo la tutela de un Estado de excepción la reconocemos con serenidad. Con la misma quietud de una bomba ya instalada, dibujando en el tic-tac de su temporizador una sonrisa dirigida hacia el poder. Habrá, junto con Foucault, que “oír el estruendo de la batalla”[14].

Fuente: La Pala

Notas

[1] Hobbes, Thomas (1983). Leviatán. Madrid: Editorial Sarpe.
[2] Locke, John (1991). Dos ensayos sobre el gobierno civil. Madrid: Editorial Espasa Calpe.
[3] Weber, Max (1998). El político y el científico. Madrid: Editorial Alianza.
[4] Giddens, Anthony (2007). “Estados nacionales y violencia”. En Revista Académica de Relaciones Internacionales, N° 5, noviembre. Disponible en línea: http://www.relacionesinternacionales.info/ojs/article/view/47.html
[5] Sobre el desarrollo de este argumento véase Rosanvallon, Pierre (2006). El capitalismo utópico. Historia de la idea de mercado. Buenos Aires: Editorial Nueva Visión.
[6] Foucault, Michel (2006). Seguridad, territorio, población. Buenos Aires: Editorial Fondo de Cultura Económica.
[7] Foucault, Michel (2000). Defender la sociedad. Buenos Aires: Editorial Fondo de Cultura Económica. Página 29.
[8] Incluida en ella la filosofía cristiana: “Los escolásticos españoles del Siglo de Oro, especialmente Vitoria y Suarez (apoyados ambos, en lo sustancial, en Santo Tomás de Aquino), consignaron el derecho de los súbditos a la resistencia contra el monarca cuando se dictaban o mantenían leyes injustas, y el derecho a resistir activamente un poder que se ejerciera en contra del bien común. Esto, expresado en términos modernos, no es otra cosa que el derecho del pueblo a alzarse en contra de un sistema político o social injusto, que oprima a una parte considerable de los ciudadanos y que mantenga de hecho desigualdades inicuas.” Novoa Monreal, Eduardo (2007). “Derecho, justicia y violencia”. En Nacionalización, Derecho y propiedad (textos escogidos). Santiago: Editorial ARCIS. Página 104.
[9] Agamben, Giorgio (2006). Estado de excepción (Homo sacer II). Valencia: Editorial Pre-Textos.
[10] Jakobs, Günther (2006). Derecho penal del enemigo. Navarra: Editorial Thompson-Civitas.
[11] Sobre la distinción de los conceptos de lo político y la política véase Mouffe, Chantal (2007). En torno a lo político. Buenos Aires: Editorial Fondo de Cultura Económica.
[12] Zizek, Slavoj (2004). A propósito de Lenin: política y subjetividad en el capitalismo tardío. Buenos Aires: Editorial Parusía.
[13] Wacquant, Loic (2004). Las cárceles de la miseria. Buenos Aires: Manantial.
[14] Foucault, Michel (2005). Vigilar y castigar. Buenos Aires: Editorial Siglo XXI. Página 314.

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