sábado, abril 20, 2024
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Entre el Binominal y la Asamblea Constituyente

Los sectores conservadores de la actual clase política pusieron al desnudo sus temores: los mismos actores políticos que durante más de 20 años se negaron a modificar aunque sea una coma del sistema electoral, ahora corren urgente y urgidos tras una reforma parcial para tratar de «salvar los muebles» del binominal antes que se les venga abajo la estantería de la Constitución.

Asistimos a las más insólitas operaciones de salvataje…precisamente porque el buque de la Constitución de 1980 sigue perdiendo legitimidad y hace agua ante una ciudadanía movilizada, consciente y empoderada que reclama mayoritariamente asamblea constituyente. 

En pocos meses y acaso en breves semanas, el debate público se traslado desde la crisis de legitimidad de las AFP (el corazón financiero del sistema económico neoliberal) al sistema binominal (el corazón político del sistema neoliberal).

Detrás del debate sobre los proyectos de reforma al binominal subyace el otro debate: el debate acerca del cambio de Constitución y del modo de implementar ese cambio estructural.

¿Para qué sirven los sistemas electorales?

El argumento central que esgrimen los conservadores del espectro político es que el binominal ha otorgado estabilidad al sistema político y, por lo tanto, ¿para qué cambiarlo?  

Hay que decir sin embargo, que los sistemas electorales no tienen por objeto primordial generar estabilidad política, sino producir y organizar modos de representación de las preferencias ciudadanas.  Un sistema electoral se configura -entre otros elementos- alrededor de cinco variables o criterios fundamentales:

1.- la formula matemática para calcular la distribución de votos;
2.- la magnitud de los distritos electorales (no en número de electores, sino en número de representantes que elije);
3.- el modo de escrutinio de los votos;
4.- la composición del patrón electoral (quiénes pueden votar) y
5.- el tipo de sufragio.

En Chile, en realidad, el sistema binominal ha otorgado estabilidad al establishment político, pero no ha sido capaz de garantizar legitimidad, credibilidad o representatividad al sistema político, precisamente porque ha actuado como una camisa de fuerza, como un candado protector del sistema de dominación y que limita el ejercicio de la voluntad ciudadana.

El binominal es el candado de seguridad que asegura a la Constitución de 1980, porque garantiza mayorías insuficientes para cambiarla y asegura minorías suficientes para mantenerla. Entre el binominal y la Constitución de 1980 hay una relación estrecha e interdependiente: el binominal asegura que la Constitución no sea modificada en lo sustancial y la Constitución asegura que el binominal no sea modificado en lo sustancial.

El centro neurálgico de un sistema electoral son los ciudadanos, no los ejercicios de aritmética ni los cálculos de cupos.   Los sistemas electorales sirven para traducir votos en escaños parlamentarios, en cargos de representación.   Y en el caso particular del sistema binominal, ha servido políticamente para limitar y distorsionar la representación ciudadana, sobre-representando a algunos partidos y sub-representando a otros.

Esto explica que los proyectos de ley que andan circulando por el Congreso, auspiciados por sectores de la oposición (¿reviviendo la Concertación o matando a la Nueva Mayoría, antes que termine de nacer?) aliados circunstanciales de uno de los partidos de la derecha gobernante, solo «maquillan el muerto» con modificaciones en los distritos o en el número de parlamentarios en ejercicio (más de 2 electos según la población electoral) o en el tipo de parlamentarios que se elegirían (nacionales y regionales).

A pesar de todos estos acelerados ejercicios de «equilibrismo electoral», la ciudadanía no pierde la brújula de lo esencial: la mayoría de la ciudadanía, expresada en los movimientos sociales y ciudadanos de los años recientes, reclama el fin del sistema binominal e instalar un sistema electoral proporcional.

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