viernes, marzo 29, 2024
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El Hombre Más Malo de Chile y su Nuevo Record Mundial: 505 Años de Cárcel Acumula el Mamo Contreras por Crímenes de Lesa Humanidad

Con la condena a 15 años y un día de presidio, por su responsabilidad en los homicidios calificados de Ana María Puga Ortiz y Alejandro de la Barra Villarroel, matrimonio asesinado el 3 de diciembre de 1974, en la comuna de Providencia, confirmada hoy por la Corte Suprema, Manuel Contreras logró lo que probablemente es una nueva marca mundial en materia de violación a los derechos humanos: acumuló 58 sentencias definitivas que suman 498 años de cárcel, a los que se agregan siete años más que cumplió a partir de 1995 por el asesinato en Washington del ex canciller y ministro de Defensa Orlando Letelier y su secretaria estadounidense Ronni Moffitt, el 21 de septiembre de 1976. Si ese dudoso galardón no lo convierte en el hombre más malo del mundo, pasa raspando; pero el premio al mayor asesino de la historia de Chile, lo gana al galope, y mirando para atrás.

 

El máximo tribunal ratificó la condenas de 15 años y un día de presidio para Contreras, misma pena que quedó a firme para otros que bien bailan, los también agentes de la Dina Ricardo Lawrence, Marcelo Moren Brito, Miguel Krassnoff y Pedro Espinoza, en calidad de autores de ambos homicidios: todos ellos con condenas que sobrepasan los 300 años.

Asimismo, confirmó la condena de 10 años y un día de presidio para el ex agente Eduardo Jaime Astorga, en calidad de cómplice de los ilícitos.

Con esta condena Contreras acumuló 58 sentencias definitivas que suman 498 años de cárcel, a los que se agregan siete años más que cumplió a partir de 1995 por el asesinato en Washington del ex canciller y ministro de Defensa Orlando Letelier y su secretaria estadounidense Ronni Moffitt, el 21 de septiembre de 1976.

La comprobada participación de Contreras en el crimen de Letelier y la negativa del máximo tribunal a conceder su extradición a Estados Unidos marcaron el inicio de las presiones que concluyeron con la disolución de la Dirección de Inteligencia, en agosto de 1977, y su reemplazo por la Central Nacional de Informaciones por orden de Augusto Pinochet.

CORTE SUPREMA DICTA CONDENAS POR LOS HOMICIDIOS CALIFICADOS DE MATRIMONIO DE LA BARRA-PUGA Y DE CONSCRIPTOS DE ARICA

La Corte Suprema dictó sendos fallos en procesos por violaciones a los derechos humanos, causas que investigaron en primera instancia los ministros en visita de la Corte de Santiago Leopoldo Llanos y Mario Carroza, respectivamente.

En el primer caso (causa rol 25656-2014), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Milton Juica, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito, Juan Eduardo Fuentes y Lamberto Cisternas- rechazó el recurso de casación presentado contra la sentencia dictada por los homicidios calificados de Ana María Puga Ortiz y Alejandro de la Barra Villarroel, matrimonio asesinado el 3 de diciembre de 1974, en la comuna de Providencia.

Causa en la que el máximo tribunal ratificó las condenas de 15 años y un día de presidio para los agentes de la DINA: Manuel Contreras Sepúlveda, Ricardo Lawrence Mires, Marcelo Moren Brito, Miguel Krassnoff Martchenko y Pedro Espinoza Bravo, en calidad de autores de ambos homicidios. Asimismo, confirmó la condena de 10 años y un día de presidio para el ex agente Eduardo Jaime Astorga, en calidad de cómplice de los ilícitos.

En el aspecto civil,  confirmó la condena que ordena al fisco pagar una indemnización de $50.000.000 (cincuenta millones de pesos) a Rodrigo Hernández Puga –hijo de Ana María Puga–, e igual monto a Álvaro de la Barra Puga –hijo del matrimonio–.

Sentencia que, en la parte civil, se adoptó con el voto en contra del ministro Fuentes Belmar, quien consideró prescrita la acción indemnizatoria.

Conscriptos de Arica

En el segundo caso (causa rol 27960-2014), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Milton Juica, Hugo Dolmetsch, Carlos Künsemüller, Lamberto Cisternas y Carlos Aránguiz– acogió los recursos de casación presentados contra el fallo por los homicidios calificados de Juan Francisco Peña Fuenzalida y Sergio Amador Pantoja Rivera, perpetrados en octubre de 1974. Causa conocida como: «Conscriptos de Arica».

En la resolución, la Sala Penal de la Corte Suprema elevó las penas aplicadas por el ministro Mario Carroza, de 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, determinando en su luagar sanciones de cumplimiento efectivo de 5 años y un día para los integrantes del Ejército en retiro: Juan Iván Vidal Ogueta, Luis Guillermo Carrera Bravo y Hernán Alejandro de la Fuente Irribarra. Asimismo, ratificó la absolución de José Miguel Ortega Blu, Hugo Horacio Camillieri Soto y Eulogio Carrasco Carrasco.

Decisión que se adoptó con el voto en contra del ministro Hugo Dolmestch, quien fue partidario de mantener las sanciones de primera y segunda instancia.

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