Tamara Agnic, Superintendente de PensionesSP, decidió romper el elástico de su renuncia y anunció a la Presidenta Bachelet que dejaba su cargo. No se fue en silencio. Criticó fuertemente a la Ministra del Trabajo Ximena Rincón, a la Contraloría, a la Cámara de Diputados y, demostrando los problemas que aún existen, agradeció el respaldo de algunos miembros del gabinete, «especialmente al Ministro Burgos».
La Presidenta Bachelet no se pronunció sobre su carta previa a la Navidad del 2015, en la que ponía su cargo a disposición, pero, ladinamente, esperando su confirmación.
Ahora esta funcionaria anuncia que se va de su cargo a partir del 1 de febrero de este año 2016. El comunicado del gobierno, por su parte, breve y conciso, informa que, por encargo de la Presidenta, los Ministros de Hacienda y la Ministra del Trabajo, señalan que se le acepta la renuncia y se nombra un reemplazante.
NO hay frase alguna en el documento que agradezca los servicios prestados.
Estamos convencidos que es una buena noticia para el país y los afiliados a las AFP, pero no está resuelto el tema central:Las maniobras poco éticas e ilegales que las AFPs CUPRUM Y PROVIDA realizaron para no pagar 410 millones de dólares en impuestos. Siguen vigentes los peligros.
He conversado con parlamentarios de ambas Cámaras, de diversos partidos, y todos ellos coinciden en sostener que cuando aprobaron un plazo para que las empresas que se estaban acogiendo al beneficio tributario del Goddwill, eliminado por abusivo e injusto, esta opción respetaba los pasos ya dados por empresas ya existentes que habían iniciado su proceso de fusión en plena vigencia de la norma injusta que se derogaba. Ninguno reconoce haberlo hecho para permitir a las grandes empresas un plazo especial para simular fusiones para el sólo efecto de no pagar impuestos.
En nuestro código Civil, la historia de la ley es una de las fuentes para interpretar el verdadero sentido de estas normas.
¿Alguna autoridad del gobierno tenía en mente favorecer a algunas empresas? No lo creo, pero las declaraciones de la señora Agnic, hacen surgir dudas.En un país en que la mayoría No le cree a nadie, me interesa que los lectores puedan ser Ministros de Fe sobre los antecedentes que hemos tenido a la vista y que sean ustedes mismos los que puedan hacerse una opinión. Para eso, citemos hechos indesmentibles.
I.- Las pérdidas para Chile
1.-Cuprum y Provida, las dos AFPs más grandes y las más caras del sistema, no quieren pagar 410 millones de dólares en impuestos.Nadie niega esto.
2.- Cuprum ha reconocido que dejará de pagar $80 mil millones de pesos, Así consta en informe de 26.01.2015 a la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS).
3.- Esta es una cantidad superior a lo que ganó CUPRUM el año 2014. En la memoria 2014 de esa AFP que señala: «Desde el punto de vista de los resultados, la utilidad del ejercicio alcanzó a $74.607 millones, $15.640 millones mayor al año 2013, lo que representa un incremento de 27%»
4.- ¿Era lícito hacer una maniobra simulando la creación de una sociedad o una reorganización societaria para eludir impuestos?En la Tercera del 02.06.2015 Tamara Agnic contesta una pregunta clave: ¿Cuándo le presentan esta operación?, ¿sabía que tras esto se buscaba un good will tributario? Su respuesta es muy precisa:
Por supuesto que no, porque eso es un delito.La primera parte de su respuesta es mentira, ya que dos funcionarios de la SP estuvieron presentes en la Junta de Accionistas dónde se acordó la operación.Pero cuando dice que buscar un goodwill por ese medio, «Es un delito», coincide con nosotros.
II.- ANTECEDENTES QUE PUEDEN SER COMPROBADOS EN LA PÁGINA OFICIAL DE LA SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES
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1. No existe ninguna AFP que lleve el nombre de Argentúm o Adquisitio;
2. Si existen dos AFP cuyos nombres son Cuprum y Provida;
3. No hubo ninguna AFP Argentúm o Adquisitio que administrara un Fondo de Pensiones durante el año 2014 o 2015.
4. III.- Cartolas enviadas a afiliados
Yo estoy inscrito en otra AFP, por ello Invito a los afiliados de esas AFPs a hacernos llegar a nuestro correo rhsabogado@yahoo.es copias de sus cartolas, tarjando lo relativo a los fondos y otros datos personales, pero en que conste que son afiliados de Argentúm o Adquisitio y han sido atendidos allí.
IV.- Medios de comunicación
También pido a los lectores que tengan en su poder piezas publicitarias de diarios, revistas o grabaciones en las que se haga publicidad a Argentúm o Adquisitio:No hay constancia que haya habido publicidad el año pasado de AFPs Argentúm o Adquisitio llamando a ingresar a ellas;En cambio es abundante la publicidad realizada en ese tiempo y ahora por las AFP denominadas Cuprum y Provida.
V.- LAS MENTIRAS AUTÉNTICAS DE LA SEÑORA AGNIC
Nadie puede negar que lo dijo, por eso son auténticas, pero no dicen la verdad a sabiendas, o sea son Mentiras.
1.- Acusa a la ministra del trabajo de infracciones que ella comete
En la carta publicada íntegramente por El Mercurio del miércoles 27 de enero, página B2 se dice que la SP y sus funcionarios «no merecen estar sometidos a la inédita situación de que la Ministra del Trabajo no respete la independencia que la ley consagra a la SP, llevando un tema de exclusiva competencia del regulador, a convertirse en un flanco de batalla política para el Gobierno».En esta declaración ya no usa la señora Agnic el concepto de que la SP es una entidad autónoma, ni repite lo afirmado en la Cámara que por ello no tenía por qué avisarle a la Ministra del Trabajo o a la Subsecretaria de Previsión Social lo que ella hiciera. Demostré en la Comisión Investigadora y en artículos que escribí, que eso era falso.
La ley 20.255 de 2008, dispone en su artículo 46: «Créase la Superintendencia de Pensiones, organismo público descentralizado, y por tanto con personalidad jurídica y patrimonio propio, que se regirá por esta ley y su estatuto orgánico y se relacionará con el Presidente de la República por intermedio del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, a través de la Subsecretaría de Previsión Social. Como puede verse, los colegisladores eliminaron la mención a la autonomía, que sí estaba en el artículo 1° del DFL 101 del año 1980.
La SP desobedece lo solicitado por la Ministra Rincón en su oficio del 31.07.2015, respecto a no seguir adelante y, a NO autorizar una nueva AFP ideológicamente falsa. Con su conducta, la funcionaria cuestionada, deja sin cumplir lo establecidoen el artículo 39 de la Ley 20.255, que prescribe «Los órganos públicos que tendrán la principal responsabilidad del sistema de previsión social serán los siguientes: a) El Ministerio del Trabajo y Previsión Social; b) La Subsecretaría de Previsión Social; c) La Superintendencia de Pensiones; etc.
Y , por si hubiera alguna duda, en el Artículo 40 de la misma ley se dispone; «El Ministerio del Trabajo y Previsión Social será el órgano superior de colaboración del Presidente de la República en materias laborales y de previsión social», y por ello, «le corresponderá proponer y evaluar las políticas y planes correspondientes, estudiar y proponer las normas aplicables a los sectores a su cargo, velar por el cumplimiento de las normas dictadas, asignar recursos y fiscalizar las actividades del respectivo sector».
Por lo demás, ninguna autonomía ni independencia legal puede negar las atribuciones que el artículo 32 de la Constitución le otorga al Presidente de Chile para gobernar y administrar el Estado, con la colaboración de sus Ministros, en conformidad al artículo 33 de la carta fundamental.
2.- Su odiosidad personal contra la Ministra Ximena Rincón es auténtica pero sus argumentos son un boomerang.
Escribe: «Tampoco logro vislumbrar las razones de la misma Ministra, que en lugar de mantener la comunicación institucional como dictan las formas del Estado prefirió cuestionar públicamente las decisiones de una Superintendenta cuyo cargo es de exclusiva confianza de la Presidenta y que usted(Presidenta Bachelet) ha elegido a través del sistema de Alta Dirección Pública»Escuché personalmente, y está grabada, la sesión de la Comisión Investigadora en que la señora Agnic señala que no le informó a nadie de su decisión porque ella tenía autonomía.
Sus decisiones no respetaron los canales del Estado y provocaron tal impacto público que la propia Cámara de Diputados acordó, por unanimidad, crear una Comisión Investigadora. Ahora se victimizaporque la Ministra Rincón, cumpliendo la ley y respondiendo a marchas de ante sus oficinas e interrogantes que surgieron de todos los sectores de la Cámara de Diputados, señaló su discrepancia y le pidió no perseverar en esa línea.
El apoyo de los grupos económicos y de parte del gabinete, ¿especialmente del Ministro Burgos?, como ella señala en su carta, ¿la alentaron a desobedecer las sugerencias de su Ministra y hacer lo mismo con AFP PROVIDA? Al parecer el apoyo lo tuvo.
Otra mentira auténtica de la señora Agnic consta en la página 9 del documento que entregó el 21.07.2015 a la Comisión Investigadora de la Cámara. Allí se lee: «es necesario hacer presente que si bien la solicitud de formalización del proceso de fusión de AFP Cuprum S.A., con AFP Argentum S.A., fue presentada el 26 de diciembre de 2014, el proceso se inició en septiembre de 2014, razón por lo cual la revisión de antecedentes de creación de AFP Argentum S.A., se realizó de acuerdo con un cronograma de implementación que incorporó todas las etapas asociadas a la fusión de las administradoras»
Este argumento es falso.
Con los propios documentos oficiales probé ante la Comisión Investigadora que hubo dos procesos distintos, iniciados en fechas diferentes y en los que actúan como peticionarias personas jurídicas también distintas.El primero de ellos, tiene como actora a la AFP Cuprum y se inicia el 11.09.2014. Ese día se solicitó a la SP, autorizar la fusión de esta AFP con su accionista mayoritaria la sociedad Principal International Chile, PIC SA. Esta petición fue rechazada por la SP, por ser contraria a la ley. Ver página 5 del documento entregado por la SP a la Comisión.
Allí se expresa; «Con fecha 25 de septiembre, a través del Oficio N°21449, la Superintendencia de Pensiones responde a la solicitud formulada por AFP Cuprum S.A., señalándole que resultaba improcedente autorizar una fusión con Cuprum S.A. en los términos propuestos, esto es, absorber una administradora de fondos de pensiones por una sociedad anónima cuyo giro y constitución no correspondía, a su vez, a una administradora» El primer proceso fracasó por ilegal.
El segundo proceso, lo inicia una persona jurídica distinta, la sociedad Principal Chile Ltda, en una fecha también diferente.La solicitud ingresa a la SP el 14.11.2014 y se acepta el 19 de diciembre de ese año.¿Por qué la mentira? Para ocultar que es imposible en un mes, 20 días hábiles, entre fines de noviembre y fines de diciembre, los meses de fin de año, con actividades en los colegios, las empresas, revisar las 20 mil páginas en documentos que ella declaró ante la Comisión que era esencial para autorizar la creación de la AFP Argentum.
La Superintendente también ocultó a la Comisión que la AFP Cuprum había sido sancionada en septiembre de 2014, por haber colaborado con un acto ilegal realizado por el entonces director y actual Vice Presidente de AFP Cuprum. La SP constató que el 27.03. 2014, el director de AFP Cuprum S.A., Juan Eduardo Infante Barros, adquirió en tres operaciones un total de 940.000 acciones del Banco Santander Chile (BSantander), por un monto total de $29.798.000.
Previamente, el día 26 de marzo, el Fondo de Pensiones Tipo A de AFP Cuprum S.A. había enajenado ese mismo tipo de instrumentos (acciones BSantander). Por ello, mediante oficio N° 9224, de fecha 07.05.2014, se hizo presente a esa administradora la infracción que habría cometido el Sr. Infante Barros, conjuntamente con reprochar a AFP Cuprum S.A. que no dio cumplimiento a su obligación de informar dicha transgresión a este organismo. La SP resolvió dictar la resolución 068 de 01.09.2014 que dice:
‘»Aplicase a la AFP Cuprum S.A., por la responsabilidad que le cabe en las conductas e infracciones descritas precedentemente, una multa a beneficio fiscal equivalente a 200 (doscientas) Unidades de Fomento.
La ley prohíbe que los organizadores de AFP hayan sido sancionados por infracciones a las leyes. Eso tampoco le importó a la señora Agnic.
Ha sido una dura etapa. Queda la más difícil. Romper las resistencias de los grupos detrás de las AFPs mencionadas y de sus protectores en el gobierno.
(*) Presidente de ACUSA AFP AC
Fuente: Cambio 21