La jueza María Cecilia Morales, revocó las multas que aplicó la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) contra Leonidas Vial y LarrainVial, por lo cual uno de los casos financieros más graves de la historia económica de Chile podría quedar en nada. Pero eso no es todo: además falló en favor de los infractores en los casos de colusión de las farmacias y el cartel del pollo.
Sin embargo, esta no es la primera vez que la jueza se ve envuelta en una decisión controvertida. Hace dos años, en pleno caso sobre la colusión de las farmacias, la misma jueza fue protagonista.
En ese entonces, el Sernac había presentado una demanda colectiva contra las farmacéuticas, la cual fue acogida a tramitación el 4 de febrero de 2013, sin embargo, Morales la declaró inadmisible en mayo de ese año. Como publicamos en aquella ocasión, entre una y otra fecha solo hubo un cambio: la jueza. María Eugenia Campo suplió a la jueza titular Gloria Solís durante febrero, mes de feriado judicial, y luego fue reemplazada por María Cecilia Morales, dando vuelta lo resuelto por Campo. “Es la primera vez que una demanda colectiva que es declarada admisible se revoca», explicaron.
Es, asimismo, la primera vez que un mismo tribunal cambia de criterio. «Lo que llama la atención es que una jueza suplente, que es secretaria de otro juzgado, da vuelta un fallo que no es de su tribunal”, decía entonces Lucas del Villar, ex subdirector del Sernac.
Una situación idéntica ocurrió con el caso Pollos. En noviembre pasado, la jueza Morales rechazó la tramitación de otra demanda colectiva presentada por el Sernac contra Agrosuper, Ariztía y Don Pollo.
Sostuvo que esta no cumplía con los requisitos para su tramitación. Para ello, pidió una exposición de los hechos entre otros antecedentes, pero el Sernac la impugnó “basándose en argumentos que han sido ratificados previamente tanto por la Corte de Apelaciones como por la Corte Suprema”, según dijo hace unas semanas. “Hay que tomar en cuenta que los tribunales han estado de acuerdo en que la etapa de admisibilidad de los juicios colectivos es meramente formal, es decir, no se debe en esta etapa procesal exigir la acreditación de situaciones que deben ser probadas cuando se tramite en el fondo la demanda”, comunicó a través de una declaración.
En el caso de las famosas cascadas, la SVS le ha reprochado a Morales una serie de asuntos. Entre ellos, vulnerar la separación de los tres poderes del Estado, pues consideró que la magistrada fue más allá de sus atribuciones y realizó en la práctica un nuevo proceso administrativo, sin respetar las atribuciones de la SVS como ente técnico regulador del mercado de valores.
Además, advirtió una clara inclinación por parte de la jueza en favor de Leonidas Vial y LarrainVial, al haber atendido esencialmente a la tesis de estos, sin considerar mínimamente la argumentación y la tesis central del esquema planteadas por la SVS.
Cabe mencionar que tanto en el caso farmacias como el de los pollos, la Corte Suprema ratificó las multas.
Fuente: El Mostrador
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