La Corte Suprema resolvió elevar las penas que deberán cumplir dos miembros del Ejército en retiro por su responsabilidad en el delito de homicidio calificado de los ciudadanos estadounidenses Charles Horman Lazar y Frank Teruggi Bombatch, ilícitos perpetrados en septiembre de 1973, en el Estadio Nacional. Autor directo de ambos crímenes es el inefable Pedro Espinoza Bravo, por lo cual fue sentenciado a 15 años de presidio.
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En fallo unánime (causa rol 20166-2015), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Milton Juica, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama y Jorge Dahm– condenó al brigadier en retiro del Ejército Pedro Espinoza Bravo a la pena de 15 años y un día de presidio, en calidad de autor de ambos homicidios; en tanto, el coronel en retiro del Ejército Rafael González Berdugo fue condenado a 3 años y un día, con el beneficio de la libertad vigilada, en calidad de cómplice del homicidio de Charles Horman.
En primera instancia, el ministro en visita Jorge Zepeda había determinado penas de 7 años de presidio para Espinoza Bravo y 2 años de presidio para González Berdugo.
En la etapa de investigación por del homicidio de Charles Horman, el magistrado logró establecer los siguientes hechos:
«El 17 de septiembre de 1973, aproximadamente a las 17.30 horas, el ciudadano estadounidense Charles Edmund Horman Lazar, de profesión periodista y cineasta, fue detenido en Santiago por personal militar, al mismo tiempo que una patrulla también militar allanaba su domicilio particular ubicado en Avenida Vicuña Mackenna Nº 4.126, de esta misma ciudad, quienes procedieron a retirar diversa documentación desde el interior de la morada.
Entre las 18:00 y las 19:00 horas del mismo día, oficiales de inteligencia dependientes del Departamento II del Estado Mayor de la Defensa Nacional interrogan al detenido Charles Horman en la oficina del Director de Inteligencia Augusto Lutz Urzúa, ubicada en el edificio del Ministerio de Defensa Nacional, concordando el interés de la autoridad militar con los antecedentes que Horman tenía sobre la investigación del caso «Viaux – Schneider», además de ser calificada su labor de guionista en la empresa estatal chilena Chile Films como subversiva.
El 18 de septiembre de 1973, alrededor de las 13:35 horas, militares ingresan al Servicio Médico Legal los restos de un desconocido de sexo masculino, al que posteriormente se le toma una ficha dactilar, resultando ser Charles Edmund Horman Lazar, estimándose por el Servicio Médico Legal que su muerte había acontecido ese día, aproximadamente a las 09:45 horas. El correspondiente certificado de defunción se emitió con fecha 4 de octubre de 1973, señalándose como causa precisa y necesaria de su muerte heridas múltiples a bala.
Joyce Horman, cónyuge de Charles Horman, inició la búsqueda de su marido ante el Consulado y la Embajada de los Estados Unidos, ante la Cruz Roja Internacional y otros organismos, la que se extendió desde el 20 de septiembre al 5 de octubre de 1973, con resultados infructuosos. El 3 de octubre llegó a Chile Edmund Horman, padre de Charles Horman, quien luego de varias reuniones con el embajador de los Estados Unidos en Chile Nathaniel Davis y el cónsul norteamericano Frederick Purdy, finalmente retornó junto a la cónyuge de su hijo a Nueva York, el 20 de octubre de 1973, sin obtener información cierta sobre el destino final de Charles Horman.
No obstante lo anterior, a lo menos el 19 de octubre de 1973, el Ministerio del Interior y, por lo tanto, también el Gobierno de Chile, tenían pleno conocimiento de las circunstancias en que fue muerto.
Durante la primera quincena del mes de marzo de 1974, el Ministro de Defensa de la época, luego de un requerimiento del Presidente del Comité de Defensa del Senado de los Estados Unidos, ordenó al mismo individuo que había participado en la oficina del General Augusto Lutz Urzúa en el interrogatorio de Charles Horman, a hacer entrega del cuerpo de éste a las autoridades diplomáticas norteamericanas, lo que el funcionario de inteligencia cumplió el 21 de marzo, en horas de la mañana, procediéndose, luego de preparar el cadáver, a su traslado a los Estados Unidos, el día 25 de marzo.
La decisión de dar muerte a Charles Horman Lazar se dispuso por el Departamento II del Estado Mayor de la Defensa Nacional, dependiente del General de Ejército Augusto Lutz Urzúa, y se ejecutó por el Batallón de Inteligencia Militar o Cuartel de Inteligencia del Ejército, a cargo de determinado oficial de esa repartición encargado de supervigilar la ejecución detenidos».
Estudiante
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En tanto, en el caso de Frank Teruggi Bombatch, la investigación judicial determinó que:
«Teruggi Bombatch, natural de Estado Unidos, ingresó a Chile el 9 de enero de 1972 y se inscribió en los registros de residentes norteamericanos del Consulado de su nación, fijando su residencia en la ciudad de Santiago.
Con su visa de estudiante se matriculó en el Centro de Estudios Económicos y Sociales de la Facultad de Economía de la Universidad de Chile. Asimismo, se incorporó a los ciudadanos de los Estados Unidos que editaban el boletín: «Fuente de Información Norteamericana» (FIN) y, por ese medio, hacían publicaciones contrarias al gobierno de su país, en la relación de éste con el gobierno de Chile e información chilena para la izquierda americana, lo que se consideraba subversivo.
Al igual que con Charles Horman, la acción en contra de Teruggi Bombatch se insertó en las investigaciones secretas ejecutadas en contra de norteamericanos afectados por la actividad de recolección clandestina de datos que realizaban en el ámbito político, que llevaban a cabo agentes del Grupo de Inteligencia Militar estadounidense, dirigida por un Comandante del Grupo de la Misión Militar de los Estado Unidos en Chile.
Los antecedentes que afectaban a Frank Teruggi fueron entregados por los agentes norteamericanos al Servicio de Inteligencia del Estado Mayor de la Defensa Nacional, a cargo del General Augusto Lutz Urzúa. Así, el 20 de septiembre de1973, esa autoridad militar dio orden al personal de Carabineros de la dotación de la Escuela de Sub oficiales de Carabineros de detener a Frank Randall Teruggi Bombatch y a su compatriota David Hathaway, en la morada de éstos de calle Hernán Cortés N° 2.575, de la comuna de Ñuñoa, dirección que había sido obtenida por la inteligencia de los Estados Unidos y entregada a la inteligencia del Ejército de Chile.
La detención de Teruggi Bombatch y David Hathaway se cumplió alrededor de las 20:15 horas, ante la presencia de la futura cónyuge de este último. Estos son trasladados hasta la Escuela de Suboficiales de Carabineros, en la comuna de Ñuñoa, luego de sus interrogatorios fueron conducidos al campo de detención del Estadio Nacional. Ambos jóvenes norteamericanos, ya privados de libertad, en horas de la madrugada del viernes 21 de septiembre son interrogados por un oficial del Ejército e ingresan a un camarín del estadio en el cual se encontraba un grupo indeterminado de extranjeros.
Ese mismo día alrededor de las 18:00 horas un oficial del Ejército llamó a un grupo de detenidos, entre ellos a Frank Teruggi Bombatch. David Hathaway no volvió a verlo; no obstante, se percató que todos los días, después del viernes 21 de septiembre, militares preguntaban y simulaban buscar a Charles Horman Lazar, sin mencionar el nombre de Frank Teruggi Bombatch, ambos ya muertos y hechos desaparecer.
En consecuencia, entre la noche del 21 y la madrugada del 22 de septiembre de 1973, Frank Randall Teruggi Bombatch es muerto al margen de todo proceso legal por los agentes del Estado que habían ordenado su privación de libertad en el Estadio Nacional, los que luego abandonan su cuerpo en las calles de Santiago, con la finalidad propiciada por los hechores de impedir que se conociera la acción que determinó su muerte».
En el aspecto civil, se condenó al Estado de Chile y los sentenciados a pagar solidariamente la suma de $130.000.000 (ciento treinta millones de pesos) a Joyce Hamren Horman y $100.000.000 (cien millones de pesos) a Janis Teruggi Page.