viernes, noviembre 22, 2024
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SERNAC Denunciará a Claro y Movistar por Infracciones Publicitarias

Un estudio de del Servicio Nacional del Consumidor dtectó diversas infracciones cometidas por varias empresas, principalmente Claro y Movistar. Ambas empresas difundieron avisos que contenían información relevante para los consumidores en letra ilegible por tamaño, mientras que en las piezas publicitarias televisivas los aspectos relevantes aparecen  en escaso tiempo de exposición, impidiéndoles a los usuarios poder informarse oportunamente.

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Con el propósito de verificar que las empresas de telecomunicaciones estén cumpliendo con los estándares publicitarios establecidos en la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores (LPC), el SERNAC realizó un estudio.

El análisis consideró aquellas piezas publicitarias relativas a la venta de celulares, planes de internet, paquetes de servicios, entre otros, difundidas en prensa escrita y televisiva de alcance nacional entre el 1 al 30 de Junio de 2016.

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Tras el monitoreo, el SERNAC detectó 63 piezas publicitarias relacionadas con este tipo de ofertas: 38 difundidas en medios de prensa escrita y 25  en televisión abierta.

En el análisis, el SERNAC incluyó los principios establecidos por la LPC, entre ellos, comprobabilidad y veracidad de los mensajes, disponibilidad de la información, entre otros aspectos.

De las 63 piezas publicitarias analizadas, en 12 de ellas se detectaron hallazgos, es decir, en un 19% del total.

Los incumplimientos recaen en piezas publicitarias de las empresas Claro, Movistar, Entel,  Hawei, Movistar y Samsung.

Acciones del SERNAC

Ante estos hallazgos, el SERNAC denunciará a las Empresas Claro y Movistar, específicamente por:

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Las empresas se arriesgan a multas de hasta 50 UTM, esto es, cerca de dos millones 300 mil pesos.

Además, el Servicio realizó acciones administrativas sobre los proveedores Samsung, Entel y Hawei por los siguientes hallazgos:

–    Samsung: Se ofició solicitando ajuste a la  publicidad dado que contiene información importante para la decisión de compra del consumidor, en un formato de letra chica ilegible por tamaño (inferior a 2,5 mm).

–    Entel: Se ofició solicitando ajuste a la publicidad dado que contiene información importante para el consumidor difundida en escaso tiempo de exposición (4 segundos), cuestión que impide al consumidor/a informarse adecuadamente y además se solicitará información que compruebe la frase…”El Primer Smartphone Modular del Mundo” y “Disfrútalo con la red más moderna de Latinoamérica”.

–    Hawei: Se ofició solicitando información que compruebe la frase “Hasta 2 días de Batería”.

En caso que estas tres empresas no cumplan con las exigencias, el SERNAC no descarta denunciarlas ante la justicia.

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Derechos de los consumidores

El Director Nacional del SERNAC, Ernesto Muñoz, explicó que en el mercado de las telecomunicaciones, los consumidores tienen derecho a recibir un servicio de calidad, que incluye el que no se interrumpa injustificadamente, así como que las promesas publicitarias de cobertura, entre otras, sean respetadas. Esto es parte del deber de profesionalismo que las empresas deben cumplir.

La autoridad añadió que el SERNAC mantiene un convenio con la Subsecretaría de Telecomunicaciones (SUBTEL), que permite velar por los derechos de los consumidores en este mercado.

Finalmente, Muñoz recalcó la necesidad de que se apruebe el proyecto que fortalece los derechos de los consumidores que actualmente se tramita en la Comisión de Constitución del Senado, pues le permitirá al SERNAC, con las nuevas facultades, prevenir y sancionar las malas prácticas de las empresas en aspectos publicitarios.

Descargue el reporte Publicidad en Telecomunicaciones

Fuente: SERNAC

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