lunes, diciembre 23, 2024
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Grave Retroceso en Derechos Humanos: Corte Suprema Liberó a Degollador Sáez Mardones Sin que Siquiera se Haya Arrepentido

La Corte Suprema ratificó la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago que concedió el beneficio de la libertad condicional a los internos del Penal de Punta Peuco Miguel Muñoz Uribe y Alejandro Sáez Mardones. La decisión se adoptó con el voto en contra de la ministra Rosa Egnem, quién consideró que el informe psicológico de Sáez Mardones da cuenta de que no ha asumido conscientemente el daño causado. El Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior solicitará una reconsideración del fallo, en función de la legislación internacional en materia de crímenes de lesa humanidad.

 

En fallo dividido (causa rol 9331-2015), la Tercera Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Pedro Pierry, Rosa Egnem, María Eugenia Sandoval y los abogados (i) Rodrigo Correa y Arturo Prado- confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago del 10 de julio de 2015, que acogió la acción cautelar.

La resolución del máximo tribunal confirma en todas sus partes el fallo de la Corte de Santiago que determinó que la Comisión de Libertad Condicional del tribunal de alzada  actuó de forma ilegal y arbitraria al no conceder el beneficio a los internos que cumplían con los requisitos para acceder a la prerrogativa.

Prontuario de degollador Sáez Mardones

Sáez fue condenado en diciembre de 1991 a presidio perpetuo como autor de los secuestros seguidos de homicidio de Parada, Guerrero y Nattino y como autor de los secuestros de otras seis personas, ocurridos en marzo de 1985.

En la misma causa fue condenado a 541 días como autor de asociación ilícita. También está condenado a firme a 3 años y 1 día como autor del homicidio simple de Carlos Contreras Maluje, ocurrido en noviembre de 1976.

También está acusado de asociación ilícita en la desaparición de Víctor Humberto Vega Riquelme, en enero de 1976, y procesado como autor del secuestro calificado de José Weibel, en marzo de 1976, y procesado como cómplice de los secuestros calificados de Ricardo Weibel y Juan René Orellana Catalán, en noviembre de 1975 y junio de 1976, respectivamente.

Solicitarán a la Corte Suprema reconsiderar fallo que dio libertad condicional a ex agente

Un recurso de reposición será interpuesto por los querellantes en el Caso Degollados, para buscar así revertir el fallo de la Corte Suprema que le otorga el beneficio de la libertad condicional al ex agente Alejandro Sáez Mardones, quien cumplía presidio perpetuo por la muerte en 1985 de Manuel Guerrero, José Manuel Parada y Santiago Nattino.

Así lo confirmó hoy en el Palacio de Tribunales, el jefe jurídico del programa de derechos humanos del Ministerio del Interior, Francisco Ugas, quien indicó:

«Vamos a recurrir de resposición contra la decisión adoptada, vamos a pedir que se reconsidere la medida porque entendemos que todo beneficio a sujetos que han intervenido en crímenes de lesa humanidad a debe ser analizado no sólo considerando la legislación interna sino que tambión la legislación internacional que ha suscrito nuestro país».

Por su parte, el abogado Nelson Caucoto señaló, en la misma línea que el fallo del máximo tribunal es «una inmensa involución a traves de este fallo en lo que ha sido el tratamiento de los derechos humanos en nuestro país, aquí nos encontramos con una situación anómala».

Sáez Mardones cumple condena en el penal de Punta Peuco, y había solicitado en varias ocasiones el beneficio de la libertad condicional.

Manuel Guerrero Antequera: Corte Suprema está negando la justicia

«El Estado fue el que nos quitó a nuestros padres y es el Estado el que hoy nos niega la justicia después de 30 años», señaló esta tarde Manuel Guerrero, hijo del profesor Manuel Guerrero, que en 1985 fue degollado junto al sociólogo José Manuel Parada y el artista plástico Santiago Nattino, luego que la Corte Suprema confirmara la libertad condicional al ex agente Alejandro Sáez Mardones, uno de los autores materiales del crimen, y que cumplía presidio perpetuo en el penal de Punta Peuco.

«Que la Corte Suprema le otorgue la libertad condicional para nosotros resulta doloroso y aberrante porque la comisión que analiza la libertad condicional había denegado el beneficio porque no tiene conciencia del delito y aún justifica los hechos (…) Lo que está haciendo la Corte Suprema es un acto de negación de justicia», dijo Manuel Guerrero a radio ADN.

Guerrero señaló que se debe legislar sobre la calificación que tienen los delitos de derechos humanos, los que actualmente son tratados como cualquier otro delito, y que para optar a beneficios carcelarios se debería cumplir con requisitos, que a su juicio, Sáez Mardones no cumple, basado en el informe psicológico que incluso fue citado en el fallo dividido del máximo tribunal que autoriza su libertad condicional.

«Lo mínimo es que haya arrepentimiento, que haya conciencia del daño, es lo mínimo que le pediría a una persona que ha cometido un crimen atroz», puntualizó Manuel Guerrero.

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