viernes, julio 26, 2024
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Rehenes de Una Venganza Bastarda: ¡Peligra la Vida de los Presos Políticos de la Revuelta!

El tiempo apremia; cada día es decisivo. El domingo, un interno de la cárcel de Puente Alto dio positivo de coronavirus. Este martes se confirmó que en la ex-penitenciaría hay 9 internos sospechosos de contagio.

La vida de los dos mil quinientos presos políticos de la revuelta está en peligro.

Se dirá que la de los otros aproximadamente cincuenta mil reclusos del sistema penitenciario, también; lo cual, naturalmente, es cierto.

Pero el tema es que esos dos mil quinientos chilenos no deberían estar ahí.

Los mantiene en la cárcel como castigo anticipado, ejemplarizador y vindicativo, el Estado con sus tres poderes al unísono.

El Ejecutivo, por el despacho de leyes liberticidas, que crean nuevos delitos o elevan las penas de delitos existentes, y su política de represión a la revuelta social.

El Legislativo, por aprobarlas en tiempo record.

El judicial, con fallos aberrantes, como el de la Primera Sala de la Corte de Apelaciones, que revocó la excarcelación de trece de ellos, dispuesta por el juez Daniel Urrutia; o con la dilación, indolencia y lenidad con que tramita estas causas; dándose casos de detenidos por meses sin que se haya celebrado la primera audiencia.

Aún cuando fueren condenados, no pasarían tanto tiempo presos como llevan en prisión preventiva.

Por tanto, es ante todo, una grave violación de derechos.

Agravada por el riesgo cierto de contraer el coronavirus en el hacinamiento de un sistema carcelario que en sí, es un segundo castigo.

Llegado el caso, será un crimen de lesa humanidad; por el más bárbaro de los motivos: la venganza

Nadie podrá alegar ignorancia, como demuestra este informe especial.

En efecto, la sociedad y el mundo vigilan.

La jueza del Séptimo Juzgado del Garantía, Carla Capello, cambió la prisión preventiva de dos imputados por desórdenes públicos en los alrededores de la Plaza Baquedano tras el estallido social, por arresto domiciliario.

Se atuvo como especial argumento a la emergencia sanitaria a causa del Covid-19.

Eso demuestra que se puede; que es cuestión de voluntad.

Hay que hacerlo ya, antes de que sea demasiado tarde.

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Los 2.500 presos de la revuelta en Chile de los que no se habla

Por Carolina Trejo

Más de 11.300 personas fueron detenidas y 2.500 encarceladas en Chile durante el estadillo social entre octubre de 2019 y marzo de 2020, calcula el informe mensual del Instituto de Derechos Humanos de Chile (INDH). Para abogados y familiares de los presos, se trata de un instrumento de represión política.

En entrevista con Sputnik, el abogado Nicolás Toro sostiene que los delitos por los cuales se los acusan «no tendrían prisión preventiva en otro contexto», pero ahora mantienen a más de 2.000 chilenos en las cárceles, según el INDH. A su juicio, no se veía una medida así «desde tiempos de la dictadura».

«Parece ser más un instrumento de represión política destinada a contener todo tipo de disidencia o protesta», evalúa.

«El uso desproporcionado de la prisión preventiva es persecución política», resalta Toro, en representando la Coordinadora 18 de octubre, agrupación de familias y amigos de los manifestantes presos.

Son 2.500 personas en prisión preventiva a nivel nacional, hombres y mujeres —ellas en menor cantidad—, la mayoría jóvenes que actualmente se encuentran en las cárceles juntos a presos comunes. Entre ellos muchos menores de edad que están recluidos en centros del Servicio Nacional de Menores (Sename).

Personas que en el contexto de la crisis sanitaria del coronavirus se encuentran desamparadas por un Estado que mantienen cárceles hacinadas y con mala higiene, caldo de cultivo para la propagación de la pandemia.

Lo que lo hace más grave es que muchas de ellas podrían estar en sus casas, haciendo cuarentena con otras medidas cautelares, puesto que las condenas a las que se exponen serían menores al tiempo que ya llevan en prisión preventiva.

«En otro contexto las medidas cautelares de los actuales imputados e imputadas serían menos gravosas que la prisión preventiva. Antes de la promulgación de la ‘ley antisaqueos y barricadas’, los delitos eran desórdenes públicos y cumplían con el proceso penal en libertad con firma, arraigo nacional o arresto domiciliario parcial o total», señala a Sputnik la abogada defensora Yanira González.

Y agrega:

«Hoy la aberración es tal, que chicos que sólo protestaban, que jamás han tenido contacto con el mundo carcelario, hoy se encuentran presos con todo lo que significa, en el contexto de alarma sanitaria y sumado al supuesto motín e intento de fuga en Santiago 1 —recinto penitenciario en donde la mayoría de los imputados del estallido social en Santiago se encuentran en prisión preventiva—, la situación es muy grave y su integridad física y psíquica están en serio riesgo. El arresto domiciliario total y más en este contexto de las medidas contra el COVID-19, cumple perfectamente la finalidad del proceso penal».

El estallido social en Chile y la prisión política

Una realidad invisibilizada por los medios de comunicación masivos, soslayada por los organismos de derechos humanos, y que posee detractores y adherentes al tratarse en muchas ocasiones de casos de acción directa vinculados al uso de bombas molotov o levantamiento de barricadas, que se producen en el contexto del estallido social.

Fiscales y jueces de garantía han solicitado e impuesto masivas medidas cautelares contra los detenidos de la revuelta social iniciada en octubre en Chile, las que suman más 25.000, entre ellas las prisiones preventivas.

Varios profesionales ligados a los derechos humanos advierten que estas medidas se están utilizando para criminalizar y castigar la protesta, pero por sobre todo para intimidar a quienes se manifiestan contra el gobierno y el sistema político económico.

Para Toro no hay duda de que los detenidos en las manifestaciones «son presos políticos, en primer término, porque generan acciones de rechazo al modelo neoliberal y que a raíz de lo mismo sufren la prisión. Me refiero a todas las personas que por ejemplo están en prisión preventiva por la ley de control de armas, incendio o distintos disturbios, barricadas, distintas cosas que implican acciones directas contra el modelo».

Y continúa:

«En segundo término, se puede dar una mirada desde las leyes que se les aplican. Hay quienes se les ha aplicado la Ley de Seguridad del Estado, una ley absolutamente política, que surgió el año 58 como respuesta a la rebelión del 57 en el gobierno de Ibáñez (Carlos Ibáñez presidencia entre 1952-1958), también una revuelta social que se inició por el alza del pasaje, y en este caso derivó en un Estado de Sitio y con militares en la calle».

Hasta el momento ya existen 45 personas formalizadas por delitos de la Ley de Seguridad del Estado, 17 de las cuales están en prisión. A lo que se suma la reciente invocación por parte del ministerio del Interior de esta ley en 16 querellas contra los jóvenes dirigentes de ACES (Asamblea Coordinadora de Estudiantes Secundarios) por el boicot a PSU, además de la presentada contra el militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) Jaime Castillo Petruzzi, por las palabras pronunciadas en un lanzamiento de un libro de la Coordinadora Arauco Malleco.

Para el abogado penalista Julio Cortés, hay conciencia por parte de la autoridad respecto del carácter político de las acciones de los manifestantes en el contexto de la revuelta, pero intenta encubrirlo con la aplicación de leyes comunes y catalogando a los infractores como delincuentes.

«Respecto de otros delitos ‘subversivos’ como el uso de artefactos incendiarios y atentados a la autoridad no cabe mucha duda sobre el carácter político de las acciones, aunque el Estado oculta la evidente justificación política de su represión en base a la Ley de Control de Armas y Explosivos. Más oculta queda aún la motivación política cuando los hechos se catalogan como delitos de incendio», explica a Sputnik el abogado penalista Julio Cortés.

Y añade:

«Un elemento adicional a destacar es que la calificación del carácter político de una acción -y de la represión que ella desata- debe tener en cuenta el contexto de ocurrencia y la percepción de la misma por parte de sus protagonistas».

Para Cortés, quien lo explica bien es el historiador Furio Jesi, quien señala que «‘la revuelta es una batalla en la que se elige participar deliberadamente'», y «‘la mayor parte de aquellos que participan en una revuelta eligen comprometer su propia individualidad en una acción cuyas consecuencias no pueden conocer ni prever'».

Esto bien lo sabe Muriel Torres Bolivar, pareja y cuñada respectivamente de los hermanos Christian y Rodrigo Sanhueza, acusados de fabricación de armamento incendiario, detenidos en la cárcel Santiago 1.

Muriel, quien fue detenida junto a sus familiares, dialogó con Sputnik:

«Para mí, entender lo que es una medida cautelar es de ahora, porque antes yo no tenía idea de esta jerga como penal».

Para Muriel estas medidas «son muy abusivas, son muy extremas», y considera que son formas de represión «para que tengamos miedo, para que no salgamos porque no puede ser que mi pareja, mi cuñado, la mayoría de los chicos no tiene antecedentes previos, son estudiantes, son trabajadores, tienen familia estable y aun así los tienen apresados con estas medidas cautelares que son superrepresivas».

Hiram Villagra, abogado de la Corporación de Promoción y Defensa de los Derechos del Pueblo (CODEPU), quien habló en una mesa de prensa, explicó que el delito político es definido por dos criterios, uno objetivo, el bien jurídico que ataca; y subjetivo: la finalidad que se comete.

En este caso para el profesional la finalidad con que actúan los jóvenes que han sido presos durante las movilizaciones, es política «de reclamo social de protesta y de lucha».

Para Villagra resulta paradójico que las personas que son acusadas de saqueo quedan más rápido en libertad, «porque se detiene solo por un delito en contra de la propiedad», a diferencia de «las personas que se encuentran construyendo barricadas, que son considerados un peligro por la seguridad del Estado. Son presos que están detenidos por su actuar político frente al sistema y en ese sentido son presos políticos», aclaró.

Otro antecedente para los abogados que defienden a los presos políticos es que varios fueron seguidos y detenidos por el departamente OS9 de Carabineros, unidad especial de investigación destinada a combatir organizaciones criminales.

Este fue el caso de los hermanos Christian y Rodrigo Sanhueza Zúñiga, quienes fueron detenidos por esta unidad mientras regresaban a su casa, tras participar el día 3 de enero en una movilización que se realizaba en la rebautizada Plaza de la Dignidad.

​»Nosotros antes íbamos a las marchas todos los viernes, todos los viernes íbamos sagrado, íbamos un grupo grande, diez, quince siempre muchos, y ese día por casualidad todo se desarmó y quedamos solo los tres. Estábamos los tres en Plaza Dignidad, estábamos ahí en Bastamente, vimos que se estaba quemando la iglesia de Carabineros y caminamos hacia la iglesia para ver lo que estaba pasando», relata a Sputnik Muriel, pareja de Christian Sanhueza.

«Ese día había unos papeles de colores en la Alameda, estaba bien bonito y vimos que se estaba quemando la iglesia. Después empezó la represión, nos fuimos para atrás, estuvimos un rato, saltando, gritando y nos fuimos. Yo siempre iba en auto porque yo después del trabajo me iba para allá», recuerda Muriel

Y agrega: «Cuando nos fuimos, íbamos por la calle Portugal con Porvenir, esperando el semáforo, y de 4, 5 autos que estaban alrededor de nosotros se bajan civiles con pistola, con chalecos antibalas. Yo pensé que era un asalto, porque decía: ‘¡Arriba las manos!, ¡arriba las manos!’ Y yo no entendía, de verdad no entendía. ¿Qué pasa?, no entiendo llévate el auto, llévatelo, les decía, basta, tranquilo».

Fue en ese momento que Muriel Torres frente a la insistencia de la policía de que levantara las manos, y tras perder de vista a su pareja y cuñado, se da vuelta y ve que a ambos les están poniendo las esposas. Ella no pudo distinguir si eran Carabineros (policía uniformada) o policía de investigaciones hasta el momento de llegar al cuartel.

«Nos llevaron a todos en distintos autos hacia la comisaría, la 33 y ahí supe que era el OS9 el que nos estaba apresando, y a mí no me dieron información hasta que llegaron mis suegros y ahí les dijeron ‘tus hijos querían matar a los ‘pacos’, querían matar a los polis, y yo no entendía qué pasó», recuerda Muriel, quien fue puesta en libertad esa misma noche.

Según consta en el expediente los tres jóvenes no fueron informados de los motivos de su detención. Una vez en la unidad policial y tras varias horas supieron que los dos hermanos eran acusados por fabricación de armamento incendiario, siendo procesados por la ley de control de armas.

Desde ese momento la familia de ambos jóvenes incluida Muriel ha tenido enormes consecuencias, que efectivamente no podían prever como explicó Jesi.

«Ha sido terrible porque te cambia todo, todo. O sea, todo, desde la semana. Desde que los lunes a la encomienda (comida y materiales de aseo que se le entra a los presos), las visitas de los jueves. Que la plata ya no va toda destinada a otras cosas, para las cosas de los chiquillos, para gastar en ir a la cárcel, entonces, económicamente es un gasto muy grande. Emocionalmente es terrible, porque, bueno yo perdí a mi pareja y a mi cuñado, pero mi suegra está perdiendo dos hijos».

Quizás uno de los casos más dramáticos, entre los miles de detenidos, es el de la joven Paula Cisternas Armijo, la única mujer que se encuentra recluida en Santiago a causa del estallido social. Tiene 22 años de edad, estaba a punto de titularse como técnico en veterinaria, feminista y vegana, fue detenida el día 16 de diciembre de 2019 en un enorme y excesivo operativo.

Varios furgones policiales y más de 50 policías se utilizaron solo para detenerla a la joven en la vía pública, momento en que cambió su vida por completo.

«Mucha angustia, al ser la única imputada por causas del estallido, las presas tienen sus códigos y formas que yo no conozco y comparto. Aun así, unas pocas presas me ayudan a entender este mundo y poder sobrellevarlo, sin enloquecer», relata Paula a través de un testimonio escrito enviado a Sputnik.

La orden de detención fue expedida por el 8° juzgado de garantía, siendo culpada, junto con su pareja, de incendiar una sucursal del Banco Estado, el día 6 de noviembre de 2019, en el contexto de las manifestaciones y de una marcha que se dirigía en dirección a un centro comercial en la comuna de Providencia.

Un caso que no ha estado fuera de la polémica, porque la investigación fue realizada por la PDI (policía civil), sustentada principalmente en cámaras de vigilancia existentes en el banco y los locales aledaño, versión cuestionada por la defensa de Paula.

«El incendio jamás se consumó, solo fue una llamarada que en segundos se extinguió, sin generar daños de magnitud, y las fotos y videos que se mostraron en la audiencia de formalización fueron editados, de tal manera, que el fuego perdurará más tiempo y su imagen resaltará. Aún más, la fiscalía no contaba con informe pericial que acreditara el incendio en la sucursal, la decisión del juzgado fue ordenar la medida cautelar más gravosa, la prisión preventiva, la que la tiene, sin antecedentes previos, 4 meses privada de libertad», denuncia González.

Estos meses de detención para Paula Cisternas no solo la han afectado profundamente a ella sino a toda su familia.

«Siento que ha sido perder tiempo valioso de mi vida, mi familia está destrozada, hace completadas para juntar dinero y mis amistades anteriores no están. Sin embargo, han llegado a mi vida pocas pero buenas personas, que me están ayudando a sobrellevar todo lo que implica estar presa: encomiendas, visitas, y muchas cosas más».

La joven se siente una «presa de la revuelta», que esta prisionera por participar en la movilizaciones del estallido, «creo que las injusticias que nos rodean hacen urgente moverse y contribuir para que las cosas cambien y la desigualdad y los abusos terminen ya!».

Señala que no lamenta haber participado a pesar de lo que tenido que pasar en estos meses.

«No me arrepiento, hay que protestar. Sin embargo, dentro de este lugar uno se cuestiona todo, aun así, sigo creyendo que hay que luchar por que acaben las injusticias y me manifestaría, pero de otro modo», reflexiona.

Si para los abogados de derechos humanos ya resulta grave que cerca de 2.500 personas partícipes de la revuelta social se encuentren en prisión preventiva, esto empeora cuando, en plena crisis sanitaria de COVID-19, se les mantiene detenidas, pudiendo estar con otras medidas cautelares que no expongan su salud física y mental.

Situación que en su opinión es peor aún, ya que se sigue aplicando esta gravosa disposición cautelar, como en el caso de los 44 detenidos de la llamada primera línea, a quienes la Corte de Apelaciones de Santiago revocó la libertad y decretó la prisión preventiva el 13 de marzo recién pasado. Medida que ratifica el trasfondo ideológico que existe, puesto que en este caso la mayoría están procesado por desórdenes públicos, que tiene una pena de 61 días de prisión.

«Evidentemente las cifras hablan de una prisión política, una prisión política extendida en este contexto, es decir con un gran número de personas, y extendida también en el tiempo, porque durante el inicio del estallido no ha parado, todas las semanas van cayendo detenidos y detenidas», concluye Toro.

Una medida que paradójicamente contrasta con lo que sucede con quienes han cometido violaciones a los derechos humanos, como son los emblemáticos casos de Gustavo Gatica y Fabiola Campillai, quienes perdieron la vista total por la acción represiva de la policía, y donde no hay ningún funcionario procesado, ni con alguna medida cautelar.

Fuente: Sputnik

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Parlamentarios Piden Cambio de Medida Cautelares a los Presos Políticos por la Revuelta

Parlamentarios del Partido Comunista llamaron a cambiar las medidas cautelares de los presos políticos por la revuelta social, que se encuentran en prisión preventiva.

Así lo manifestó la diputada Camila Vallejos:

“Desde el 18 de octubre a la fecha, hay más de dos mil presos y presas políticas; a muchos de ellos se les está aplicando un castigo anticipado y desmedido. Están en prisión preventiva sin que haya todavía proceso, ni condena en su contra».

Agregó:

“En este contexto de crisis sanitaria con mayor razón es necesario que se le cambie la medida cautelar, que puedan pasar estos procesos, esta investigación, desde sus hogares. Es inhumano mantenerlos privados de libertad con el posible riesgo de contagiarse y ser también foco de contagio de otras personas”.

La petición fue respaldada por el presidente del Partido Comunista, diputado Guillermo Teillier, quien afirmó que esa solicitud corresponde a un acuerdo de la bancada y del partido:

“La situación es compleja, hay aglomeramiento con los presos comunes y los más jóvenes, los niños, están en Sename. Nos parece que la pena de la cual podrían ser objeto no justifica, porque además, no han cometido ningún delito hasta ahora, no se ha comprobado nada”.

“Creo que el Gobierno debiera tomar la medida para que sean enviados a sus casas con detención domiciliaria, creo que sería lo más justo y lo más rápido en este momento”, añadió.

A través de un video, se sumó la diputada Karol Cariola

El senador de Revolución Democrática, Juan Ignacio Latorre, apuntó al hacinamiento al interior de las cárceles, lo que supone un riesgo aún mayor de contagio masivo:

“El problema es que en los contextos de la crisis carcelaria que hay en Chile, con los niveles de hacinamiento y en este contexto de coronavirus, me parece que es muy importante, casi una cuestión humanitaria, que las personas puedan seguir su proceso judicial, pero bajo arresto domiciliario y en ese sentido, descomprimir la cárcel”.

La misma solicitud formuló un amplio arco de dirigentes políticos y sociales

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Jueza reemplaza prisión de dos imputados de “Primera línea” por la emergencia sanitaria del coronavirus”

por Leslie Ayala

La magistrada Carla Capello acogió el acuerdo entre la Fiscalía y la defensa de dos profesionales que están imputados por desórdenes públicos en los alrededores de la Plaza Baquedano tras el estallido social. La resolución se hizo escuchando a los intervinientes del caso en contraposición a la cuestionada resolución del también juez Daniel Urrutia.

Por tratarse de una medida cautela proporcionada a la pena que los imputados arriesgan y teniendo como contexto la emergencia sanitaria por el Covid-19, la jueza del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, Carla Capello, determinó hoy sustituir la prisión preventiva por arresto domiciliario total de dos imputados del denominado caso “Primera línea”.

La titular de ese tribunal tuvo como especial argumento la emergencia sanitaria que vive el país a causa del Covid-19.

La magistrada adoptó la decisión en el marco de una audiencia de revisión de medidas cautelares que se llevó a cabo hoy y en la que la fiscal Centro Norte Alicia Ascencio sostuvo que no se opondría a la modificación de la prisión preventiva, sosteniendo que había un acuerdo con la defensa de los imputados en ese sentido y sólo si se cambiaba este régimen por el de arresto domiciliario total.

El Ministerio del Interior, querellante en el caso, se opuso; sin embargo, Capello decidió acoger el planteamiento del Ministerio Público y de las defensas de Gabriel Astorga Sánchez y Mario Tapia Véliz, poniendo especial énfasis en la baja penalidad del delito que se les imputa (desórdenes públicos) y la alerta sanitaria que vive el país por la propagación del coronavirus.

La defensa de Tapia intentó que el arresto domiciliario fuera sólo nocturno en base a que es kinesiólogo, trabaja en el Hospital San Borja y, justamente, cuenta con los conocimientos para manipular un ventilador mécanico, herramienta indispensable para tratar a los pacientes que padecen los síntomas más graves de la pandemia del coronavirus.

Sin embargo, su abogado no llegó con los informes que acreditaran dicha expertise, por lo que la jueza decidió otorgarle la misma medida cautelar que al otro imputado por desórdenes públicos.

Fuente: La Tercera

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Artistas chilenos exigen la libertad de los presos políticos de la revuelta

Los artistas comprometidos con la Justicia y Libertad, levantan su voz, exigiendo la Libertad de los Luchadores Sociales. Estos además, visibilizan la realidad de los Centros Penitenciarios a lo largo del País. El Gobierno de Sebastián Piñera y el Estado, no han sido capaces de dar respuestas e implementar políticas públicas que realmente sirvan o aseguren condiciones mínimas para enfrentar el Virus en el Sistema de Salud, menos les ha importado todos aquellos que estás cumpliendo condena o simplemente están siendo investigados, entre ellos los Prisioneros Políticos de la Revuelta del 18 de Octubre.

«Los artistas comprometidos con la Justicia y Libertad, levantan su voz, exigiendo la Libertad de los Luchadores Sociales».

Una situación invisibilizada por la contingencia sanitaria y las editoriales de los medios del poder económico, es la que viven los presos políticos de la revuelta iniciada el 18 de Octubre. Alrededor de 2.500 personas están privadas de libertad y de ellos al menos 100, son menores de edad.

En su mayoría, se encuentran en “prisión preventiva” acusados por las policías y el ministerio público, con cuestionables y dudosas pruebas o manipulación de las mismas, a las que los tribunales de Justicia han dado crédito y decretado largos tiempos de investigación, para dilatar los casos y poniendo trabas a la defensas de los detenidos.

Hoy los familiares de los Presos políticos, no solo están preocupados por la situación carcelaria de los suyos, también sienten temor por la salud de los internos, a propósito de la coyuntura del covid19″.

Los presos de la revuelta se encuentran distribuidos en distintas cárceles del país. En Santiago: cárcel de Alta Seguridad (CAS); cárcel de Puente Alto y de San Miguel; en Centros de Internación Provisoria (CIP) del Servicio Nacional de Menores (SENAME); en la ex Penitenciaría de Santiago; Y en las cárceles de regiones como Antofagasta, Copiapó, Valparaíso, Rancagua, Chillán, Concepción, Temuco y Puerto Montt.

Exigimos la Libertad inmediata de los Prisioneros Políticos y medidas que dignifiquen la condición del conjunto de la población penal en todo el Penal. El Problema no es el Corona Virus es el Sistema Penitenciario en particular y el Sistema Capitalista Liberal. Los Pobres siempre son los que pagan las Políticas del Capital.

Firman, entre otros: Roberto Márquez del Grupo Illapu; Patricio Mans, Compositor, cantautor y escritor; Mauricio Redolés, músico y poeta: Jorge Baradit, escritor, Ana Tijoux, cantante, María Jose Bello, actriz.

Fuente:¨Prensa Opal

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Testimonios

María José Bello

Néstor Cantillana

Moral Distraída

Antonella Orsini

Jorge Coulon

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Amnistía Internacional: Autoridades deben garantizar la salud de población carcelaria ante el COVID-19

Las autoridades chilenas deben acelerar la aplicación de medidas que reduzcan el hacinamiento carcelario, así como proveer todos los servicios esenciales para evitar casos de personas con COVID-19 en las cárceles del país, dijo Amnistía Internacional hoy en una carta abierta al Estado chileno.

“La estrategia de criminalización de la protesta social aplicada por las autoridades durante los últimos meses mantiene tras las rejas a cientos de personas por delitos menores, lo cual agrava las ya precarias condiciones del sistema penitenciario chileno, poniendo a miles de personas en riesgo», dijo Ana Piquer, directora ejecutiva de Amnistía Internacional Chile.

Hace poco más de un año, el Instituto Nacional de Derechos Humanos advirtió del hacinamiento en más de la mitad de las cárceles chilenas, la insuficiencia de servicios de limpieza o falta de profesionales de salud para atender a la población carcelaria. Tras la respuesta de las autoridades frente a las protestas sociales desde octubre de 2019, aplicando de manera indebida y desproporcional ciertas leyes, entre ellas la Ley de Seguridad del Estado, la población carcelaria ha continuado aumentando.

Si bien las autoridades han propuesto medidas de alivio al hacinamiento, también se han dado eventos preocupantes, como la determinación del pleno de la Corte de Apelaciones que canceló una resolución que daba arresto domiciliario a 13 personas en prisión preventiva, acusadas de delitos menores relacionados con las protestas de finales de 2019, y la suspensión al Juez Daniel Urrutia Laubreaux que la había emitido, siguiendo lineamientos del Comité de Jueces del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago de Chile, del cual él forma parte.

“Las autoridades están dando pasos erráticos en las acciones para evitar la grave amenaza que el COVID-19 impone a la población carcelaria. La medida contra el Juez Daniel Urrutia Laubreaux es un ataque a los derechos humanos de estas personas, en un momento tan crítico. La decisión del pleno debe revertirse total e inmediatamente”, dijo Ana Piquer.

Amnistía Internacional reiteró su demanda de liberación de todas las personas detenidas únicamente por ejercer su derecho a la asamblea pacífica, así como revisar inmediatamente todas las medidas de prisión preventiva actualmente vigentes.

La organización también recomendó considerar la liberación anticipada o condicional de personas de los grupos más vulnerables al COVID-19. Finalmente, Amnistía Internacional exhortó a las autoridades a dedicar recursos para garantizar agua, saneamiento, productos de higiene y acceso a atención de salud para toda la población carcelaria.

“Quienes están en prisión preventiva a la espera de un juicio deben ser considerados inocentes hasta que se demuestre lo contrario. Por eso, el Estado chileno debe analizar cada caso y considerar la liberación a la espera de un juicio o la sustitución por otras medidas cautelares”, dijo Ana Piquer.

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¡URGENTE!: Aislamiento completo en la Cárcel de Alta Seguridad

El viernes 27 de marzo del 2020 la Cárcel de Alta Seguridad suspende de forma indefinida las visitas y encomiendas dejando en la práctica completamente aislados a los distintos presos que se encuentran rehenes del Estado. No podemos entender estas medidas de forma distinta a una acción represiva que lejos de buscar una “cuarentena” o medidas sanitarias deja a nuestrxs compañerxs presos a merced de sus carceleros sin la posibilidad de comunicación ni ingresos de elementos básicos para la higiene y la subsistencia.

Recordemos que en esta prisión se encuentran secuestradxs cumpliendo condena Juan Aliste, Marcelo Villarroel, Juan Flores, Joaquín García, Mauricio Hernandez Norambuena y algunos prisionerxs de la revuelta.

Hoy la ciudadanía consigue “permisos de tránsito” para abarrotarse en los supermercados e ir a producir, aún en las comunas con cuarentena total.

¡No aceptamos este aislamiento total disfrazado de medida sanitaria!

¡No dejaremos que sepulten a nuestrxs compañerxs en prisión!

Fuente: Piensa Chile

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Londres 38 solicita a la CIDH se pronuncie sobre la situación judicial de los Presxs Políticxs de la Revuelta en el contexto de la actual pandemia

A través de una misiva dirigida a la máxima autoridad de este organismo internacional, Londres 38 ha manifestado a la CIDH, su profunda preocupación por la situación carcelaria de los más de dos mil detenidos y detenidas de la revuelta social, víctimas de la violencia estatal, y la necesidad de brindarles salidas judiciales, como el cumplimiento de las medidas cautelares en sus domicilios, debido a la ausencia de protocolos en los centros penitenciarios para enfrentar la pandemia del covid-19 y a la grave situación de hacinamiento que enfrentan.

Santiago de Chile, 25 de marzo de 2020

Señora Presidenta

Comisionada Esmeralda Arosemena de Troitiño;

Junto con saludarla y desear se encuentre bien en este difícil momento de pandemia, Londres 38, espacio de memorias se dirige a Ud. en atención a los graves hechos de violencia y la vulneración de derechos humanos perpetrados por las Fuerzas Armadas y de Orden en contra de la población civil en el contexto de protestas ciudadanas desde el pasado 18 de octubre. Hechos que la CIDH ha tenido la oportunidad de verificar en terreno, observando expresamente que «la respuesta del Estado frente a las movilizaciones se caracterizó por la represión mediante un uso desproporcionado de la fuerza y conductas repetitivas de violencia en contra de manifestantes que resultó en un número elevado de víctimas de graves violaciones a los derechos humanos»[1].

La CIDH ha evidenciado la existencia de «detenciones masivas», y alertando expresamente sobre «la elevada cifra de personas en prisión preventiva»[2]. Esta medida actualmente afecta a más de 2.500 personas en prisión preventiva[3] como consecuencia de la revuelta social, y según la Defensoría Penal Pública, de estas personas al menos 186 son niños, niñas y adolescentes, quienes actualmente se encuentran recluidos en centros del SENAME.

Tomando en consideración la pandemia global ocasionada por el coronavirus COVID-19 que avanza en forma exponencial, colocando en riesgo la vida e integridad de todas las personas de la región, es especialmente preocupante la situación de quienes se encuentran en situación de hacinamiento como las que experimentan todos los presos y presas de nuestro país, pero en particular quienes hoy se encuentran en prisión preventiva a consecuencia de detenciones realizadas en el contexto de represión de las movilizaciones sociales.

Esta medida cautelar resulta, desproporcionada, que no guarda relación con la naturaleza de los bienes jurídicos de cuya afectación se les acusa y que eventualmente sancionará, y que hoy coloca en un riesgo directo su vida; situación que también ha generado una afectación a la integridad física y mental de sus familiares, quienes han debido además enfrentar situaciones de agresiones en su contra a raíz del accionar de personal de Gendarmería en el contexto de motines, que son cada vez más frecuentes debido a la permanente preocupación de la población de los penales, ya que no se han adoptado medidas ni protocolos de atención de los derechos de la población a efectos de prevenir los brotes de esta pandemia en los recintos carcelarios.

En este delicado contexto, en ejercicio de nuestro rol como organización, dedicada a la defensa de los derechos humanos, solicitamos a la CIDH que pueda emitir un pronunciamiento destinado a que las autoridades chilenas liberen a las personas detenidas en el marco de la crisis de derechos humanos en Chile, disponiendo la imposición de una cautelar que no coloque en riesgo sus vidas e integridad.

Recordamos, tal como lo ha señalado la CIDH y su REDESCA, que los procesos pandémicos producen impactos desproporcionados sobre poblaciones con mayores dificultades de acceso a estructuras sanitarias y tecnologías de atención a la salud, como las personas privadas de la libertad, y que en tal sentido ya se ha ya exhortado a los Estados a adoptar medidas alternativas a la privación total de la libertad, evitando el hacinamiento en las cárceles[4].

Por tanto, solicitamos a la CIDH, que ha sido un testigo cercano y objetivo de la situación de graves violaciones de derechos humanos que hemos experimentado en Chile, que expresamente exhorte a las autoridades chilenas a modificar las cautelares que pesan sobre las personas en prisión preventiva a causa de delitos que se le imputan en el contexto de la represión a la protesta social, otorgándoles una medida cautelar menos gravosa, proporcional y que no ponga en riesgo sus vidas.

Le saluda atentamente,

Erika Hennings Cepeda

Fuente: Piensa Chile

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El grave riesgo de coronavirus en las cárceles chilenas

por Patricio López

Muy pocas veces nos hemos remecido frente a la realidad de nuestras cárceles. Lo que pasa ahí dentro, en términos societales, no nos importa. Salvo lo que ocurrió con el brutal incendio de la cárcel San Miguel, donde el horrible sacrificio de esas 81 víctimas develó condiciones de reclusión infernales y personas que estaban ahí sin deber estar.

El discurso de la puerta giratoria, de aumentar las penas, de encerrar más y por más tiempo a los infractores de ley, no ha cesado salvo situaciones excepcionales como ésta del coronavirus. Y encuentra cada día eco en las autoridades de Gobierno, en los parlamentarios y en los medios de comunicación, especialmente de la televisión, con líneas editoriales que durante años nos han mostrado un país repleto de asaltos, homicidios y portonazos, con lo cual la gente se asusta y pide mano dura y encerrar a quien sea.

De otro modo no se explica la existencia de encuestas que han dado apoyo mayoritario al control preventivo de identidad a menores de edad, algo que, incluso para Unicef, vulnera convenciones internacionales de derechos humanos. Para qué hablar de otras ideas aberrantes y también populares como las detenciones ciudadanas y la el retorno de la pena de muerte.

En este punto de la presente columna, para quien adhiere a estas miradas represivas y a pesar de eso ha tenido la gentileza de seguir leyendo, le debe parecer obvio que nos estamos poniendo del lado de los delincuentes.

También deberá parecerles, de ese modo, impactante el estudio dado a conocer en 2019 por el Instituto de Derechos Humanos, sobre la situación de quienes viven en las cárceles.

En el informe pueden darse a conocer testimonios como éste: “los camarotes llegan hasta a cuatro niveles. Hay alrededor de 60 centímetros entre las literas. En algunos colectivos los internos dicen que duermen hasta en los baños ubicados al interior de las celdas, instalando colchonetas para ello”.

Sigamos: uno de cada dos hombres privados de libertad (51,3%) no tiene la posibilidad de contar con un espacio propio para dormir. Mientras, en el caso de las mujeres, esta cifra es de una cada tres (35,7%). En muchos centros penitenciarios los reclusos no tienen acceso a camas, pero tampoco a ventanas o a calefacción en invierno. 24 de 40 penales no tienen acceso a agua potable ni baño durante 24 horas. También se develaron plagas peligrosas como vinchucas, chinches e, incluso, ratones.

Estas conclusiones son aberrantes pero en honor a la honestidad colectiva no debería llevarnos a rasgar vestiduras. Todo ha sido consecuencia de una lenta y poderosa maquinaria de sentido común que nos ha llevado a dejar de mirar a los privados y privadas de libertad como seres humanos. Ya no nos preguntamos para qué queremos encerrar a tanta gente, solo nos importa que desaparezcan para que no sintamos más miedo. De no haber coronavirus esta noche el noticiario nos mostraría un largo bloque de crónica roja, mientras la palabra rehabilitación, básica en cualquier política carcelaria, nos importa menos todavía.

A propósito del coronavirus, ayer se produjo un conato de rebelión de reclusos en el recinto Santiago 1. De este modo, se ha repetido la situación acaecida en otros países con crisis por la pandemia, entre ellos Brasil e Italia, donde se señala que la autoridad no ha tenido con los privados de libertad la consideración que tiene con el resto de la población. Era previsible y, sin embargo, las autoridades no incluyeron este asunto entre sus prioridades.

El jueves le preguntábamos a la profesora del Instituto de Asuntos Públicos y especialista en temas carcelarios, Olga Espinoza, sobre este asunto. Ella nos envió el siguiente punto de vista que comparto: “el hacinamiento es un grave problema que afecta a muchas cárceles del país.

Y, en este contexto, la situación se torna mucho más difícil, pues perjudica a privados/as de libertad, funcionarios/as y a todas las demás personas que tienen vínculo con la cárcel (familiares, abogados, profesores, voluntarios, etc.).

La preocupación principal debe estar puesta en mitigar el contagio: reduciendo el número de personas en custodia, mejorando las condiciones sanitarias (acceso a útiles de aseo y desinfectantes), identificando a personas con enfermedades crónicas, aislando a quienes hayan sido contagiados, entre otras medidas”.

Hace pocos días, un grupo de expertos y organizaciones vinculadas con el tema le enviaron una carta al director nacional de Gendarmería, señalándole la falta de claridad respecto a las medidas y protocolos que se estaban realizando respecto a la población carcelaria, especialmente los grupos de riesgo. Veremos si este atisbo de motín logra convertirse en un hecho político que cambie la desidia respecto a los privados de libertad. Como hemos venido diciendo, cuando se descuida a algunos grupos, en contexto de pandemia, se está exponiendo al conjunto de la sociedad.

Fuente: Radio Universidad de Chile

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Insólita Sanción a Juez Urrutia: Corte de Apelaciones Retrocedió a los Estándares de la Dictadura

por Francisco Herreros.

En Chile, las leyes establecen que las responsabilidades penales son siempre individuales. Pero si llega a darse el caso de la muerte de alguno(s) de los imputados en prisión preventiva, acusados de un nuevo delito creado por la Ley 20-218, conocida como Antisaqueos y Barricadas, por contagio del coronavirus, la responsabilidad recaerá, imprescriptible y eterna, sobre el Pleno de la Corte de Apelaciones.

La alucinante sensación de país binario, uno para ricos y el otro para los demás; de dos categorías de ciudadanos, dos economías y dos justicias; que está en el origen de la protesta social desencadenada a partir del 18 de octubre pasado, tuvo una dramática confirmación con lo sucedido con el juez Daniel Urrutia, la excarcelación de trece detenidos del que la prensa del sistema denomina «caso Primera Línea»; la célere revocación del Pleno de la Corte de Apelaciones de Santiago, y la sanción al juez.

El miércoles 25 a la mañana, el juez del Séptimo Juzgado de Garantía, Daniel Urrutia, sustituyó de oficio la medida cautelar de prisión preventiva por arresto domiciliario total, de 13 de los 44 imputados por la Ley Antisaqueos y Barricadas, debido a la pandemia de coronavirus y el elevado riesgo de contagio en la hacinada cárcel Santiago I.

Derecho humanitario

En otras palabras, un fallo ajustado al más alto derecho de una sociedad democrática: el derecho humanitario.

Desde el punto de vista jurísdiccional, esos imputados no son «Primera Línea». Pertenecer a la primera línea no está tipificado como delito; por tanto, desde el punto de vista de un juicio justo, es irrelevante.

Son personas sujetas de derechos garantizados -en teoría- constitucionalmente.

Se trata de Juan Godoy, Nicolás Ubilla, Marcelo Tapia, Paloma González, Alejandro Nicho, Sebastián Cambiazo, Daniel Sepúlveda, Diego Alvarado, José Salgado, Jaime Rubio, Ismael Donoso, Gabriel Astorga y Raúl Leiva.

El Estado de Chile, literalmente los tres poderes al unísono, los mantiene castigados en prisión preventiva, en condiciones de doble castigo, por haber sido detenidos en disturbios en la Plaza de la Dignidad, el pasado 3 de marzo, y acusados de un delito creado por una legislación ad-hoc en tiempo record, juzgado con insólita velocidad y aberrante severidad.

En su resolución, el juez Daniel Urrutia consideró el estado de catástrofe y las condiciones sanitarias del sistema carcelario:

«Las cárceles son recintos donde la posibilidad de contagiarse es altamente probable, atendido el hacinamiento y la imposibilidad de que las medidas sanitarias mínimas puedan ser implementadas razonablemente; a lo que se suma la cantidad de personas privadas de libertad con enfermedades de base que complicarían enormemente la respuesta del sistema de salud dentro de la población penal».

Agregó que, atendida la emergencia sanitaria y por razones humanitarias, el Comité de Jueces del 7° Juzgado de Garantía, decidió que todos/as los/as jueces/zas del tribunal revisen las causas donde existen personas sujetas a la medida de prisión preventiva de oficio.

Luego, sumó un irreprochable razonamiento jurídico:

«Los imputados que se encuentran actualmente en prisión preventiva en esta causa, en general, no registran condenas anteriores y existe una más que razonable posibilidad que, de ser condenados, cumplan estas condenas en libertad».

Agregó:

«Según lo dispone el Código Penal en su artículo 150, el tribunal deberá adoptar y disponer las medidas necesarias para la protección de la integridad física de los imputados, incluso el tribunal podrá excepcionalmente conceder al imputado permiso de salida por resolución fundada y por el tiempo estrictamente necesario para el cumplimiento de los fines del referido permiso, siempre que se asegure convenientemente que no se vulnerarán los objetivos de la prisión preventiva”.

Por estas razones, sustituyó la prisión de los trece imputados en prisión, por el arresto domiciliario total.

En cuanto a los menores, ordenó que las medidas cautelares «no signifiquen traslados de los adolescentes, debiendo ajustarse la modalidad de control a las recomendaciones sanitarias vigentes durante la declaración de catástrofe».

Fallo arbitrario e inquisitorial

Antes de que la notificación del juez Urrutia llegara a Gendarmería, con inusitada velocidad, y protegido por teletrabajo, el Pleno de la Corte de Apelaciones de Santiago, emitió está brutal resolución:

1.- Habiendo tomado conocimiento esta Corte de la actuación del Magistrado del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago Daniel Urrutia Laubreaux, con motivo de la dictación de la resolución de esta fecha pronunciada en la causa RIT N° 3894-202, RUC N°2000243616- 8, que se estima eventualmente puede quedar comprendida en la hipótesis del N° 3 del artículo 544 del Código Orgánico de Tribunales, se ordena la instrucción de una investigación sumaria administrativa en los términos del Acta N° 15-2018 de la Excma. Corte Suprema”.

2.- Atendida la gravedad de los hechos que serán materia de la investigación y a fin de evitar las consecuencias que éstos puedan generar, se dispone como medida preventiva la suspensión de los efectos de la aludida resolución y de cualesquiera otras de idéntica naturaleza que se hubiere pronunciado por el juez Urrutia Laubreaux”.

3.- De conformidad con lo dispuesto en el N° 13 del Acta N° 15- 2018 y con el objeto de obtener el mejor funcionamiento del lugar de trabajo, se dispone la suspensión de funciones del investigado en tanto dure la investigación, sin perjuicio de lo que pudiera decidirse en el curso de ésta”.

Descargue el fallo

Para la historia, y llegado el caso, para las responsabilidades, el fallo fue pronunciado con los votos de lo/as ministro/as:

Miguel Eduardo Vazquez P.; Dobra Lusic N., Juan Cristobal Mera M.; Adelita Ines Ravanales A.; Marisol Andrea Rojas M.; Maria Soledad Melo L.; Jessica De Lourdes Gonzalez T.; Jaime Balmaceda E.; Alejandro Rivera M.; Paola Plaza G; Guillermo E. de La Barra D.; Lilian A. Leyton V.; M. Rosa Kittstetner G.; Gloria Mana Solis R.; Jenny Book R.; Elsa Barrientos G.; Inelie Duran M.; el ministro interino Alberto Amiot R y los ministros suplentes Rafael Andrade D. y Juan Carlos Silva O.

Peor aún, lo/as ministro/as Lusic, Ravanales, López, Plaza, Poblete, Book, Solís, Barrientos, Andrade y Silva, estimaron que el hecho reviste carácter de delito, y por tanto, procede remitir antecedentes al Ministerio Público.

Los ministros Hernán Alejandro Crisosto G., Presidente; Mireya Eugenia Lopez y Juan Antonio Poblete M. estuvieron por no disponer la suspensión sin previo informe escrito del juez Urrutia.

El ministro (s), Pedro Pablo Advis M., estimó que no había mérito que justifique la sanción.

El fallo concluye:

» No firman los ministros señor Vázquez. señora Ravanales y Kittsteiner. señor Poblete, señoras Solís y Durán y señores Andrade -suplente de la ministra señora Rutherford-, Advis -interino en la vacante del señor Gajardo-y Silva Opazo -suplente del ministro señor Carroza-, por hacer uso de la modalidad de teletrabajo. Asimismo no firma la ministra señora López, por encontrarse ausente al momento de su suscripción».

No es menor, en estas circunstancias, el hecho de que el tribunal condena al riesgo de contagio a trece personas sujetas a su responsabilidad, convenientemente protegido por el trabajo a distancia.

Extraño fallo.

El Art. 544 del Código Orgánico de Tribunales establece:

«Las facultades disciplinarias que corresponden a la Corte Suprema o a las Cortes de Apelaciones, deberán especialmente ejercitarse respecto de los funcionarios del orden judicial que se encuentren en los casos que siguen:»

En lo tocante al N°3, señala:

«Cuando se ausentaren sin licencia del lugar de sus funciones, o no concurrieren a ellas en las horas señaladas, o cuando en cualquier forma fueren negligentes en el cumplimiento de sus deberes». (1)

Especulativamente, pues la apresurada resolución no exhibe fundamento, la negligencia consistiría en no haber observado el principio de la la bilateralidad de la audiencia, en cuanto a que el Tribunal no puede modificar las medidas cautelares sin antes escuchar al Ministerio Público, querellante y defensa, lo que en este caso no habría sucedido.

¿Y por eso el escándalo?.

En derecho, están enfrentadas en la balanza, la resolución del juez Daniel Urrutia, fundada en el derecho humanitario, de un lado; y del otro, la oscura invocación a una medida disciplinaria interna de segundo orden, mal fundamentada.

Algo no cuadra.

¡Se trata de la vida de las personas que -en teoría- los tribunales deben garantizar!

Sin embargo el Segundo Tribunal de la República, cooperó con la cruzada de castigo iniciada por el gobierno con la complicidad de una lamentable oposición, mediante una dudosa e inquisitorial medida disciplinaria, que expone a esos imputados a un elevado riesgo de contagio; precisamente por la razón impetrada por el juez Urrutia: el hacinamiento y las pésimas condiciones sanitarias de los penales chilenos.

De no creerlo, si no fuese la dura verdad.

Más extraño aún, considerando que, el 6 de febrero pasado, la Tercera Sala de la misma Corte de Apelaciones de Santiago, integrada por los/as ministros/as Alejandro Madrid, Andrea Rojas Moya y Veronica Gonzalez confirmó las medidas cautelares de arraigo nacional y firma semanal del carabinero Carlos Martínez Ocares, imputado por el Ministerio Público como autor de cuasidelito de homicidio de Jorge Mora Herrera, acaecido en las inmediaciones del Estadio Monumental, el 28 de enero anterior.

El argumento de la Corte, que entonces valió, y no en el caso en comento, fue el mismo invocado por el juez Urrutia para modificar las cautelares a los detenidos por la protesta social: irreprochable conducta anterior y alta probabilidad de que la sentencia final no termine en pena aflictiva.

En macabra coincidencia, el episodio ocurrió el mismo día en que, en audiencia virtual, el tribunal de garantía de Temuco revocó la prisión preventiva del general Gonzalo Blu y el mayor Patricio Marin Lazo, ambos en retiro, imputados en el caso “Operación Huracán”, que como se sabe, consistió en la implantación de pruebas falsas para incriminar a mapuches en atentados incendiarios.

Irónicamente para los integrantes de la Corte de Apelaciones de Santiago, la abogada Karina Riquelme, que representa a los integrantes de la comunidad mapuche de Temucuicui, informó que la defensa accedió a cambiar las cautelares por arresto domiciliario:

«Por expresa petición de los miembros de Comunidad de Temucuicui, tachados muchas veces de terroristas por el Estado, nos hemos allanado a la solicitud de cambio de cautelar de los generales de Carabineros por razones humanitarias y de DD.HH.».

No es ocioso recordar que Martín Larraín, hijo de un acaudalado y connotado cacique de RN, no pasó un solo día en la cárcel, luego de matar Hernán Canales, si bien al costo de coimear a medio mundo; y que hoy, todos los implicados en los graves casos de corrupción y financiamiento ilegal de la política, están, sin excepción, sobreseídos, la mayoría de ellos sin haber pasado por prisión preventiva

Parece una fatídica regularidad histórica: cada vez que en Chile se han registrado graves violaciones de los derechos humanos, originadas en causas políticas y sociales, los tribunales las han amparado, al tiempo que se cuadran a la saga del partido orgánico del orden.

Esta vez no ha sido la excepción.

Les caerá sobre sus rígidas, estereotipadas y prejuiciadas consciencias.

¡Son vidas humanas!

Llegado el caso, estos jueces réprobos, que se atienen más a la literalidad del texto que a la ecuanimidad de la justicia, no podrán decir que no sabían.

Informes científicos de variado tipo y procedencia, así como de organizaciones de derechos humanos, avalan el fallo del juez Urrutia.

La profesora del Instituto de Asuntos Públicos y especialista en temas carcelarios, Olga Espinoza, manifestó

“El hacinamiento es un grave problema que afecta a muchas cárceles del país. Y, en este contexto, la situación se torna mucho más difícil, pues perjudica a privados/as de libertad, funcionarios/as y a todas las demás personas que tienen vínculo con la cárcel (familiares, abogados, profesores, voluntarios, etc.).

La preocupación principal debe estar puesta en mitigar el contagio: reduciendo el número de personas en custodia, mejorando las condiciones sanitarias (acceso a útiles de aseo y desinfectantes), identificando a personas con enfermedades crónicas, aislando a quienes hayan sido contagiados, entre otras medidas”.(2)

Un estudio de 2019, del Instituto Nacional de Derechos Humanos, sobre la situación carcelaria, establece un uso irracional de la pena privativa de libertad, las condiciones de hacinamiento, las malas condiciones carcelarias y la privación generalizada de derechos a la población penal.

Señala:

“Los camarotes llegan hasta a cuatro niveles. Hay alrededor de 60 centímetros entre las literas. En algunos colectivos los internos duermen hasta en los baños ubicados al interior de las celdas, instalando colchonetas para ello”.

Agrega:

«Uno de cada dos hombres privados de libertad (51,3%) no tiene la posibilidad de contar con un espacio propio para dormir. Mientras, en el caso de las mujeres, esta cifra es de una cada tres (35,7%). En muchos centros penitenciarios los reclusos no tienen acceso a camas, pero tampoco a ventanas o a calefacción en invierno. 24 de 40 penales no tienen acceso a agua potable ni baño durante 24 horas. También se develaron plagas peligrosas como vinchucas, chinches e, incluso, ratones».

Un grupo transversal de académicos y especialistas en materia de seguridad penitenciaria enviaron una carta al director nacional de Gendarmería, Christian Alveal, en la que solicitan garantizar una serie de medidas carcelarias como la entrega gratuita de implementos de limpieza, la detección temprana de personas contagiadas y la posibilidad de enviar a sus casas a los internos con beneficios penitenciarios. (3)

El documento aduce que en 2019 se registraron diversas movilizaciones dentro de las cárceles, por lo que Gendarmería se comprometió a realizar una reunión bimensual con la sociedad civil para abordar este tipo de situaciones, «lo que nunca ocurrió y hoy se hace más que necesario».

La organización Human Rights Watch, ha recomendado, a través de su directora ejecutiva en los Estados Unidos, Nicole Austin-Hillery, la necesidad de proteger la sdalud de las personas detenidas:

“Durante una crisis, la sociedad a menudo olvida a las personas que se encuentra entre rejas, pero proteger su salud es crucial para proteger la salud pública en general”.

A su turno, el senador Alejandro Navarro anunció la interposición de un recurso de queja ante la Corte Suprema:

«Se viola el principio contradictorio que establece la Corte Interamericana de Derechos Humanos: escuchar al juez antes de tomar medidas de sanción. Vamos a recurrir de queja ante la Corte Suprema por esta medida arbitraria e ilegal. No se puede suspender a un juez por aplicar la ley, y particularmente el Derecho Internacional».

En esas condiciones, el Estado de Chile mantiene presos a los luchadores sociales, en tiempos de la pandemia; cuando cada día de tardanza puede resultar decisivo, mientras la autoridad sanitaria, desde el ministro Mañalich al último Seremi, no dejan torpeza ni payasada sin cometer.

Lógica de castigo

El jueves 20 de marzo, un motín en el módulo 32 de la cárcel de Santiago 1 representó la protesta de los reos por las pésimas condiciones sanitarias de los penales chilenos.

Agrupaciones como la Organización de Familiares y Amigos de Presos Políticos (OFAPP) y la Coordinadora 18 de octubre se han manifestado frente al mismo centro penitenciario exigiendo el cambio de las medidas cautelares para los detenidos en medio de las manifestaciones sociales, aceptando el el arresto domiciliario.

Una integrante de la OFAPP, quien solicitó reserva de identidad, para no perjudicar a su familiar preso, señaló que aún la pandemia es utilizada por el Estado, en este caso Gendarmería, para acentuar el castigo:

“Restringieron la cantidad de familiares por visita a dos personas. Es un tema súper trágico en el sentido de que es un solo día de la semana y los compañeros necesitan ver a sus familiares. Eso también afecta la alimentación, porque las visitas llevamos una merienda a las personas y eso también disminuye, sin contar las condiciones en las que se puedan encontrar cada uno de los presos”. (4)

Actualmente, son más de 2.500 los presos políticos que figuran en las listas de las agrupaciones mencionadas. Las mismas, además, han asegurado que el Presidente de la República tiene la facultad de gestionar un proyecto de ley que sugiera el arresto domiciliario para sus familiares, tal como ocurre con las facilidades brindadas para personas de edad avanzada.

Sin embargo, por el contrario, la integrante de OFAPP denunció que en casos de prisión política por la protesta social, se retrasan y se le ponen una serie de trabas a los procesos judiciales:

“Hay personas que están adentro más de cien días y no han tenido ni siquiera la primera audiencia. Las carpetas investigativas se entregan con atrasos y algunas personas todavía no las han obtenido, a pesar de que los abogados las han solicitado a Fiscalía. Esta es una forma de dilatar los procesos, debilitar la defensa e intensificar el castigo».

A su turno, la Coordinadora 18 de octubre sostiene que el objetivo principal de la lucha es lograr la libertad absoluta de la/os y los detenida/os políticos, pero que, mientras dure la crisis sanitaria, aceptan el arresto domiciliario. Así lo manifestó una de sus integrantes, Rocío Pinto:

“Una medida cautelar no significa el fin del proceso, pero sí es un cambio sustancial para nuestras compañeras y compañeros prisioneros y para su salud integral. En las audiencias de los últimos días, cuatro prisioneros han logrado el cambio de medida cautelar, pero a varios otros se les sigue negando. Hoy más que nunca es urgente sacarles de las prisiones”.

Es cierto que, históricamente, los tribunales chilenos han amparado las masivas violaciones de los derechos humanos, cuando han sido originadas por causas de tipo político o social, pero esta iniquidad, dada la gravedad de sus implicancias, ha pasado el límite de lo aceptable.

Y después se preguntan por los motivos de las protestas en las calles, que sin duda, pasada la emergencia, volverán.

Hoy, esas trece personas permanecen en prisión preventiva, en grave riesgo sanitario y el juez Daniel Urrutia está suspendido.

Pero su valiente resolución, fundada en el derecho humanitario, no ha ido a fondo perdido.

Puede dormir tranquilo, con su consciencia en paz, sin perjuicio de que con ella, puso el tema en el candelero nacional. El juez Carlos Cerda sufrió castigos parecidos, pero al final del día, fue rehabilitado con honores.

Lo contrario de los integrantes del Pleno de la Corte de Apelaciones de Santiago, que con su bárbaro fallo han retrotraído la administración de justicia a los estándares del tiempo de la dictadura.

Más les vale rezar para que ninguno de esos detenidos, a los que aplican un castigo atroz y a contramano del derecho, pierda la vida, por contagio de coronavirus; porque en ese caso, les caerá sobre las cabezas algo más que el cargo de consciencia.

Notas:

(1) https://leyes-cl.com/codigo_organico_de_tribunales/544.htm

(2) El grave riesgo de coronavirus en las cárceles chilenas; https://radio.uchile.cl/2020/03/20/el-grave-riesgo-de-coronavirus-en-las-carceles-chilenas/

(3) Ibid.

(4) El coronavirus y los presos: ¿quién garantiza la salubridad de los recintos carcelarios?; https://radio.uchile.cl/2020/03/20/el-coronavirus-y-los-presos-quien-garantiza-la-salubridad-de-los-recintos-carcelarios/

Fuente: Red Digital

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La hora de los presos, de los que nunca importan

por Marcelo Garay

El día 19 de marzo a eso de las 13:30 horas, suenan las alarmas, las redes sociales anuncian el Incendio en el Penal de Santiago Uno, el más grande del país.

La memoria aflora y recordamos la tragedia del Penal de San Miguel.

En este Penal se congregan imputados de todo tipo, que están siendo investigados.

Entre ellos los Prisioneros Políticos de la Revuelta.

Junto con ellos recordamos el poema de Mauricio Redolés:

“… todo preso es un Preso Político -dijo el Preso Político”.

La alarma entre familiares y amigos se esparce, no hay información, solo el humo y ulular de sirenas de bomberos, carros ambulancias, carros de las fuerzas represivas que se agolpa en las afueras e interior del penal.

Las informaciones empiezan en breve a fluir, vídeos, llamadas y whatsapp, van reconstruyendo a fracciones lo que sucede en el interior.

Prisioneros golpeados, heridos, maltratados y castigados. Las cifras son confusas. El Motín exigiendo condiciones de dignidad, seguridad por la pandemia del COVID 19, rechazo a las medidas de restricción de visitas (una visita por inculpado a la semana). Los prisioneros piden solo ser tratados como seres humanos que son, nada más, nada menos.

Gendarmería dice que fue un intento de fuga que lograron desarticular. Del interior hay voces que desde anoche, los prisioneros estaban siendo golpeados y maltratados.

¿Se hará una investigación seria que de cuenta de la verdad?

“Ni ayer ni hoy ni mañana; ni en la sentencia pandémica de bestial castigo humano. Aquí afuera, nosotras y nosotros asumiendo ese escarmiento diario de los extramuros.

La pandemia del Covid19 no tiene miramiento. Menos hacia los y las pobres, que en esta amarga jornada miran en relojes invisibles dibujan los eternos tic-tac de la hora de los presos”

Fuente: Prensa Opal

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Comisión Chilena de Derechos Humanos anuncia que acudirá a la ONU por suspensión del juez Urrutia

La Asociación de Magistrados también rechazó la suspensión de Urrutia, quien revocó la prisión preventiva de 13 de los imputados por el caso «Primera Línea».

La Comisión Chilena de Derechos Humanos (CCDH) rechazó el Acuerdo del Pleno de la Corte de Apelaciones que, este miércoles, decidió suspender y abrir un sumario en contra del juez Daniel Urrutia luego de que este revocara la prisión preventiva a 13 de los imputados por el caso “Primera Línea”.

Además, la CCDH anunció, a través de un comunicado, que presentará una reclamación a la Corte Suprema para que deje sin efecto lo acordado por el Pleno de la Corte de Apelaciones de Santiago y recurrirá al Sistema de Protección Internacional de Derechos Humanos de Naciones Unidas para dar conocimiento de los hechos.

Para la institución dirigida por el abogado Carlos Margotta, “los fundamentos de la resolución dictada por el Juez Urrutia, en el marco de sus atribuciones legales, son plenamente concordantes con las directrices emanadas del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) y la normativa internacional de derechos humanos aplicable a la materia, respecto de la cual los tres Poderes del Estado chileno deben cumplir cabalmente”.

“En cambio, el Acuerdo del Pleno de la Corte de Apelaciones, junto con afectar gravemente la independencia judicial interna, tal como lo señaló la Asociación Nacional de Magistrados -al dejar sin efecto una resolución judicial mediante un acto administrativo y suspender de sus funciones desconociendo las normas expresas de nuestro ordenamiento jurídico aplicables en la especie-, expresa un grave incumplimiento de su deber legal y constitucional de protección de los derechos humanos y pone al Estado de Chile al margen de los principios y normas que informan la comunidad internacional”. organizada.

En este sentido, la CCDH recurrirá a distintas instancias para denunciar la persecución que desde hace años viene afectando al juez Daniel Urrutia.

“Nuestra Institución, junto con rechazar las medidas tomadas en el referido Acuerdo, informa que presentará una reclamación a la Corte Suprema para que deje sin efecto lo acordado por el Pleno de la Corte de Apelaciones de Santiago, restableciendo así el imperio de la Ley, y al mismo tiempo, recurrirá al Sistema de Protección Internacional de Derechos Humanos de Naciones Unidas, específicamente al Relator Especial para la Independencia de Magistrados y abogados, a objeto tome conocimiento de los graves hechos denunciados y adopte las medidas necesarias y suficientes que estime pertinente, que permitan resguardar debidamente la independencia de los jueces, pilar esencial de todo Estado Derecho democrático, a la vez que ponga término a la verdadera persecución del juez Daniel Urrutia por parte de los Tribunales Superiores de Justicia, que ya se arrastra hace ya 16 años a través de la sustanciación de diversos procesos disciplinarios, que lo obligaron a recurrir al Sistema Interamericano de Derechos Humanos”.

Por su parte, la Asociación de Magistrados también rechazó la suspensión del juez Urrutia.

En un comunicado, el gremio sostiene que:

“Hemos visto cómo la Corte de Apelaciones de Santiago, en resolución de pleno -instancia administrativa y no jurisdiccional- resolvió suspender los efectos de una resolución dictada por el juez de garantía Daniel Urrutia, afirmando que se trata de una “medida preventiva”, lo que necesariamente nos lleva a entender que sólo ha tenido a la vista lo dispuesto en el Acta n°15-2018 de la Corte Suprema, única normativa que permite esa figura, que por lo demás ha sido cuestionada en su legalidad por esta Asociación. Sorprende que, a pesar de fundar su resolución en dicha Acta, olvidan lo que expresamente dice la misma en su artículo 4°: “Resoluciones no impugnables por vía disciplinaria. No procederá abrir proceso disciplinario por decisiones contenidas en resoluciones judiciales dictadas en asuntos jurisdiccionales, existan o no recursos procesales que permitan impugnarlas.”

Por lo mismo, los magistrados llaman “al pleno de la Corte de Apelaciones de Santiago a anular de oficio la decisión adoptada, permitiendo que operen los canales legales de impugnación”.

Fuente: Radio Universidad de Chile

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«Toda nuestra solidaridad con el Pueblo de Chile y nuestros hermanos-as prisioneros Politicos!»

Solidarizamos con los Presos Politicos en las cárceles de Chile. Hombres y mujeres en su mayoría jóvenes que a contar del 18/10 salieron a las calles del país a manifestarse en contra de las medidas socio-económicas impuestas por el desgobierno de Sebastian Piñera, respaldado por Partidos políticos ultra con-servadores y grupos neofascistas admiradores del nefasto dictador A. Pinochet.

Coordinadora Estocolmo-Chile y el grupo de apoyo a los PP. Exigímos liberar a los Prisioneros Políticos de las cárceles y lugares de detención ilegales ante el inminente avance del Corona Virus. Atendiendo que esta Pandemia está cau-sando irreparables consecuencias en todo el mundo y en lugares de hacinamien-to como son las cárceles en Chile.

Lo mismo exigímos para aquellos presos que tengan buenas conductas y aque-llos que están encarcelados sin ninguna base legal suficiente. Particularmente en esta crisis de salúd pública!

La Corte de Apelaciones determinó la apertura de un sumario contra el juez Da-niel Urrutia, luego de que el magistrado decidiera revocar la prisión preventiva con la que se mantenía a los 13 sindicados como parte de ”La Primera Linea” del estallido social.

El magistrado D. Urrutia adoptó esta medida en atención a las condiciones sani-tarías de los recintos Penales de Chile en medio de la emergencia por el Corona Virus.

Exigímos el respeto a los Derechos Humanos de las personas privadas de Libertad, especialmente de aquellas encarceladas en el Marco del estallido social, en el legítimo ejercicio del derecho a la Protesta social.

Los fiscales y los jueces, excepto magistrados con ética profesional como el juez Daniel Urrutia, parecen olvidar la obligación constitucional y legal de aplicar y más parecen rendirse a las presiones del gobierno de Piñera el que a través de su ministerio del interior, entrega directrices al Poder Judicial de como enfrentar los procesos en un evidente intento de criminalizar la protesta social.

Toda nuestra solidaridad con el Pueblo de Chile y nuestros hermanos-as prisioneros Politicos!

Grupo de trabajo por PP.PPM
Coordinadora Estocolmo Chile Estocolmo

Fuente: Piensa Chile

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Franceses reúnen miles de firmas pidiendo «arresto domiciliario» para prisioneros políticos por la revuelta social

Un colectivo francés de madrinas y padrinos de presxs polítcxs chilenos lanzó, hace algunos días, una campaña de recolección de firmas para una carta abierta dirigida al Presidente Sebastián Piñera, al ministro Hernán Larraín, al ministro Jaime Mañalich, al fiscal nacional Jorge Abbott y al presidente de la Corte Suprema Guillermo Silva.

En dicha carta las madrinas y padrinos expresan su preocupación a las autoridades chilenas por el grave peligro que corren, a causa del Covid-19, los detenidos en el marco del estallido social. Son alrededor de 2500 personas que se encuentran en prisión preventiva, es decir, sin que las acusaciones de que son víctimas hayan sido probadas, y sin condena alguna.

Por ello, los autores de la carta abierta piden que la medida cautelar de prisión preventiva sea modificada en arresto domiciliario. Hasta el momento, el colectivo ha recogido 4.500 firmas, y espera aumentar esa cifra en los próximos días.

Entre los firmantes hay ciudadanos de diferentes orígenes: franceses, alemanes, suizos, estadounidenses, chilenos, holandeses, argentinos, argelinos, colombianos, israelitas, canadienses, etc.

Fuente: El Ciudadano

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“Presos de la revuelta”: Mujeres de la salud y los DD.HH. piden ayuda al INDH para lograr cambio de cautelares

por Andrea Bustos C.

La ex diputada y médico siquiatra Fanny Pollarolo; la vicepresidenta de la Fundación MILES y abogada Laura Albornoz; y la presidenta de la Federación de Estudiantes de la Universidad de Chile, Emilia Schneider, se reunieron con el director del Instituto Nacional de Derechos Humanos, Sergio Micco.

La cita tuvo como objetivo conocer la información que tiene el INDH respecto de las personas detenidas en el marco del estallido social y su situación ante la pandemia de COVID-19, especialmente lo que refiere a sus condiciones, lugares de reclusión y al total de privados de libertad en este contexto, pues no hay una cifra exacta sobre las personas que están cumpliendo prisión preventiva por haber sido parte de las manifestaciones a partir del 18 de octubre.

Junto a ello se planteó la necesidad de intervenir para revisar las medidas cautelares de estas personas, para que en vez de cumplir prisión preventiva puedan tener arresto domiciliario.

Al respecto, y ante las críticas que pueda generar el que se esté analizando estas detenciones y no otras prisiones preventivas, la abogada Laura Albornoz dijo que es importante revisar estos casos por el contexto en que se generaron.

“Lo hemos hecho en particular respecto de estos casos porque han sido demandados por muchos familiares, pero particularmente porque fueron detenciones hechas en un contexto político de revuelta y de estallido social, entonces muchas veces los motivos tienen que ver más con pensamientos políticos distintos que con la comisión de algún tipo de delito. Cada caso hay que estudiarlo, no todos los casos son iguales”.

Presos

En tanto, la exdiputada y médico siquiatra Fanny Pollarolo señaló sobre este tema que es importante no olvidar que estas situaciones se están vulnerando derechos humanos.

“La situación que hoy día se vive es una clara violación a los derechos humanos en relación al derecho principal que es el derecho a la salud y a la vida, ese derecho se está conculcando gravemente en las condiciones de privación de libertad porque allí, en la práctica, hay una situación absolutamente contraria a lo que las medidas sanitarias, la protección de la salud exige hoy día. Ahí (en las cárceles) hay condiciones de hacinamiento, de ingreso de personas permanentemente, que significan un alto riesgo”.

Además, Fanny Pollarolo comentó que, si bien la reunión se realizó por los detenidos en el marco del estallido social, el Gobierno debe tomar medidas para la protección de todos los reos, lo que incluye la liberación u otras medidas de prisión para quienes puedan obtenerlo por no representar un peligro para la sociedad.

“El ministro de Justicia y el ministro de Salud deberían generar una línea sanitaria especifica al interior de las cárceles”.

Reunión

En tanto, la presidenta de la Federación de Estudiantes de la Universidad de Chile, Emilia Schneider, explicó que “fue una reunión muy productiva, el Instituto Nacional de Derechos Humanos nos planteó también su forma de abordar la situación de los presos y presas en general, y creo que vamos a poder seguir sosteniendo un trabajo coordinado, pujando justamente por hacerse cargo de los derechos de esta población que está sumamente vulnerada, sumamente abandonada ante la negligencia del gobierno de nuestro país, y ante la falta de medidas que ha tomado en esa línea”.

De forma pública, este martes el director del Instituto Nacional de Derechos Humanos, Sergio Micco, hizo un llamado al ministro de Justicia, de Obras Públicas, al Congreso para tomar medidas al respecto que garanticen la salud de los reos, esto luego de visitar la cárcel de Puente Alto, mientras que al Poder Judicial solicitó revisar las medidas cautelares.

Fuente: Radio Universidad de Chile

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