La publicación de un listado de 15 violadores de los derechos humanos, propuestos para acceder al beneficio de libertad condicional, que Gendarmería envió al Tribunal Constitucional, probablemente frustró una de las mayores operaciones en favor de la impunidad que se haya conocido en los últimos años.
El listado de Gendarmería incluye entre los que podrían optar a este beneficio, a algunos de los más connotados y sanguinarios criminales de la dictadura, como Álvaro Corbalán, Carlos Herrera Jiménez y Miguel Estay Reyno, alias “El Fanta”.
La maniobra consiste en que el Tribunal Constitucional, por la vía del recurso de inaplicabilidad, decretar la inaplicabilidad de la Ley sobre Libertades Condicionales, recientemente aprobada en el Parlamento, a los reos de Punta Peuco.
La modificación al Decreto de Ley N°321, publicada en enero de este año, que establece mayores requisitos para el otorgamiento del, efectivamente, beneficio de libertad condicional para las personas condenadas a penas privativas de libertad, indica que los condenados por crímenes de lesa humanidad “podrán postular a este beneficio cuando, además de los requisitos del artículo 2º (haber tenido una conducta intachable y contar con un informe psicosocial), hubieren cumplido dos tercios de la pena o, en caso de presidio perpetuo, los años de privación de libertad efectiva establecidos (20 años para presidio perpetuo calificado y 40 años para presidio perpetuo calificado).
Presumiblemente, si el listado no hubiese sido filtrado por radio Bío Bío, en el reportaje Los 15 violadores de DDHH que Gendarmería postula a libertad condicional, este gravísimo atentado a los derechos humanos habría sido impuesto por la vía de los hechos consumados.
Sin embargo, como estamos en Chile, país habitado por campeones mundiales de la hipocresía, hecho público el misil de contrabando, todo el mundo se lava las manos, comenzando por Gendarmería y el Gobierno.
Gendarmería tira pa’la cola
Mediante un comunicado, Gendarmería anunció un sumario para perseguir las «responsabilidades administrativas que correspondan”:
«En enero de 2019, el gobierno junto al Congreso modificaron los requisitos para optar al beneficio de libertad condicional. Particularmente, se aumentaron los requisitos para los delitos más graves y, en el caso de los de lesa humanidad, la legislación se adoptó al Estatuto de Roma. Así, quienes han cometido estos crímenes deben cumplir requisitos más exigentes que en el pasado», señala.
En línea con lo anterior, este año Gendarmería, en dos ocasiones, dictó instrucciones mediante oficios, con el propósito de informar sobre la implementación de la nueva ley. De acuerdo a los antecedentes aparecidos hoy en algunos medios de prensa, dichas directrices no fueron seguidas en algunos casos particulares”, agrega.
El comunicado señala a continuación:
«Quien finalmente decide si se entregan estos beneficios es una comisión compuesta por jueces, tomando en consideración los informes psicosociales preparados por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería. Esto es así pues, en 2012, se modificó la ley eliminándose la participación de los Seremis de Justicia en dicha Comisión, para evitar que se mezclaran consideraciones políticas a la hora de decidir la entrega de estos beneficios”.
«Dado que Gendarmería había adoptado formalmente medidas para que lo anterior no ocurriera, se iniciará en el día de hoy un sumario para perseguir todas las responsabilidades administrativas que correspondan: Finalmente, Gendarmería realizará a la brevedad acciones de capacitación para efectos de asegurar la correcta aplicación de la nueva ley”, concluye.
El gobierno se hace el sordo
La portavoz de Gobierno, Cecilia Pérez, ejerció con singular aplicación el arte de amontonar lugares comunes que no dice nada:
«Los chilenos saben perfectamente cuál es nuestro pensamiento como gobierno del Presidente Sebastián Piñera en materia de Derechos Humanos, en nuestro país y fuera de nuestro país. Nosotros respetamos profundamente los derechos humanos, y vamos a condenar siempre a los violadores de derechos humanos”.
El ministro del Interior, Andrés Chadwick, no fue mucho más explícito:
“El gobierno impulsó y se aprobó una ley que hizo modificaciones importantes en materia de las libertades provisionales, y para adecuarlo a los tratados internacionales. El procedimiento consiste en que un informe de Gendarmería va a una comisión de jueces, y esa comisión es la que tiene que determinar si corresponde o no otorgar una libertad, y eso se tiene que hacer ahora. En esa ley hay exigencias importantes, para efecto de que las libertades se otorguen a quienes realmente la merecen”.
La extremadamente peligrosa postulación de genocidas a libertad condicional
Una vez conocida la lista de Gendarmería, las reacciones no se hicieron esperar.
Para la diputada Carmen Hertz, la posibilidad de que un grupo de criminales de lesa humanidad o genocidas estén postulando a las libertades condicionales es un grave peligro que vulnera la Ley sobre Libertades Condicionales:
“Esto es extremadamente grave, porque para nosotros, y así quedó claramente establecida en la Ley sobre Libertades Condicionales, en la modificación al Decreto Ley 321, que la libertad condicional es un beneficio carcelario, no es un derecho. Es un beneficio que no extingue la pena, que no la cambia, sino que modifica las formas en que esa pena se cumple”.
La parlamentaria afirmó que si el Tribunal Constitucional pretende, por la vía del recurso de inaplicabilidad que presentó un reo criminal de lesa humanidad, “decretar la inaplicabilidad de esta ley a los reos de Punta Peuco, es extremadamente peligroso. Significa que vamos a tener en la calle a criminales como Álvaro Corbalán, como Herrera Jiménez, el “Fanta”, ni más ni menos. Sin que en el caso de ellos se haya cumplido ninguno de los requisitos que la ley y las normas internacionales y que la comunidad internacional ha establecido que deben cumplir los genocidas de esta naturaleza”.
La diputada Carmen Hertz detalló finalmente que en el Tribunal Constitucional se está discutiendo un recurso de inaplicabilidad que unos de los genocidas interpuso:
“Ese es el punto. Nuestra preocupación es acerca de la resolución del TC que una vez más se estaría transformando en una tercera Cámara y además haciendo una interpretación absolutamente torcida de lo que es la Ley de Libertades Condicionales aprobada por este Parlamento”.
El abogado Nelson Caucoto, querellante en varios de los casos en que están involucrados estos ex militares, sostuvo que hay puntos de la normativa que no quedaron claros:
“La idea era actualizar las normas y que los delincuentes comunes tengan un trato distinto a los de lesa humanidad. Eso es lo que se quiso precisar ahora, pero yo entiendo que no quedó muy claro el fundamento filosófico base de la libertad condicional, que es la rehabilitación. Sin rehabilitación, sin que uno no tenga conciencia del daño que causó y sin que uno esté arrepentido de lo que hizo, no puede haber libertad condicional”.
La postulación a la libertad condicional está a cargo de Gendarmería de Chile, que define una lista de los presos que cumplen los requisitos mínimos para optar al beneficio de libertad condicional.
Gendarmería entregó ese listado; ese es el hecho. Que ahora se desentienda y anuncie sumarios, definitivamente no es creíble.
Luego, la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones respectiva, en este caso la de Santiago, revisa caso a caso los informes de conducta, psicosocial, judicial, entre otros, y resuelve si otorga el beneficio o no.
la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, sesionará entre el 15 y el 30 de octubre.
Por tanto, el movimiento de derechos humanos debe estar extraordinariamente alerta para ese evento.
A continuación, el reportaje que dejó al descubierto la maniobra
Los 15 violadores de DDHH que Gendarmería postula a libertad condicional
En un escrito enviado al Tribunal Constitucional, a raíz de la presentación de un exmilitar que no fue incluido en el beneficio carcelario, el servicio de prisiones reveló quiénes sí pueden postular. Uno de ellos es Álvaro Corbalán: exjefe operativo de la CNI. Cumple, en la cárcel especial para exuniformados, una condena a presidio perpetuo por su participación en calidad de autor el homicidio del carpintero Juan Alegría Mundaca, acaecido en 1984 para encubrir el asesinato del líder sindical Tucapel Jiménez (1982). Alegría Mundaca fue elegido -sin tener participación política alguna y porque padecía alcoholismo- para cortarle las venas hasta desangrarse. Luego lo inculparon. El documento donde consta la lista completa, lo revela Unidad de Investigación de Radio Bío Bío.
Ejemplar 1 de 3, oficio 297, presentado a las 17 y 53 minutos el pasado 7 de octubre de 2019 en el Tribunal Constitucional (TC). Así reza la formalidad del documento “reservado” que envió Gendarmería de Chile al organismo, que revela quiénes son los 15 militares condenados por violaciones de Derechos Humanos (DDHH) durante la dictadura cívico-militar, propuestos para acceder al beneficio de la libertad condicional.
El escrito -al que accedió la Unidad de Investigación de Radio Bío Bío– señala a los siguientes exmilitares que se encuentran privados de libertad en el penal de Punta Peuco. A saber:
Álvaro Corbalán: exjefe operativo de la CNI. Cumple, en la cárcel especial para exuniformados, una condena a presidio perpetuo por su participación en calidad de autor el homicidio del carpintero Juan Alegría Mundaca, acaecido en 1984 para encubrir el asesinato del líder sindical Tucapel Jiménez (1982). Alegría Mundaca fue elegido -sin tener participación política alguna y porque padecía alcoholismo- para cortarle las venas hasta desangrarse. Luego lo inculparon.
A eso se agrega otra sanción penal por su participación el montaje de la llamada Operación Albania, donde el organismo represivo realizó un montaje que implicó la muerte de 17 militantes del FPMR en las comunas de Conchalí y San Miguel, sin que ninguno de ellos tuvieran armas para defenderse. A lo anterior se agrega, entre otros hechos, la desaparición de cinco militantes del FPMR en 1987 que fueron lanzados al mar, donde fue condenado a 15 años. Estos son solo algunos de los crímenes. La lista es larga.
Carlos Herrera Jiménez: autor material del crimen del líder sindical Tucapel Jiménez en 1982, quien junto a dos suboficiales concretó el homicidio del dirigente de Dirinco (hoy Servicio de Impuestos Internos [SII]- en el camino de Renca que unía por entonces al aeropuerto Pudahuel. Recibió tiros en la cabeza y un profundo corte en el cuello para simular un asalto. Suma también el asesinato de un dirigente DC en La Serena -en 1984-y ejecuciones en Pisagua, en los meses posteriores al Golpe Militar de 1973.
Miguel Estay Reyno, alias “El Fanta”: ex militante comunista, quien fue reclutado por el Comando Conjunto de la Fach en los 70’s y luego siguió su carrera en la Dicomcar (ligada a Carabineros), entidad responsable del homicidio de tres profesionales del PC en 1985, conocido como el “caso degollados”.
Lea el oficio completo
El oficio del servicio de prisiones aparece en el recurso presentado ante el TC por el exagente de la CNI -otrora oficial del Ejército- Rodrigo Pérez Martínez, quien junto a Corbalán participó y fue condenado como participante de la Operación Albania. Este último presentó su requerimiento ante el órgano, porque no fue incluído en el listado -como sus colegas- para obtener el beneficio carcelario.
El abogado de DDHH Francisco Bustos, que es parte en el recurso ante el TC,explicó que “si bien es cierto la ley permite incluso a condenados por crímenes de Lesa Humanidad acceder a este beneficio, debe cuidarse que no signifique impunidad”.
“Vale decir que la postulación por parte de Gendarmería debe ser más cuidadosa. Si pensamos que condenados como Álvaro Corbalán, solamente en 2017, fue condenado a penas que suman 22 años, ello implica que mal podría haber cumplido el porcentaje de condena requerido para que la autoridad resuelva en su favor. Los crímenes de Lesa Humanidad son inamnistiables e imprescriptibles, porque se comenten en contextos donde no es posible perseguirlos. Por la misma razón, el Derecho Internacional exige que las penas sean proporcionales a su extrema gravedad. No se trata de cualquier delito”, indicó.
Bustos es patrocinante ante el TC, junto al abogado Nelson Caucoto y Francisco Ugás.
La decisión de otorgar el beneficio pasa por dos instancias. La primera un grupo de magistrados quienes evalúan el listado enviado por Gendarmería. De allí, será el Seremi de Justicia respectivo quien tenga la última palabra.
Fuente: Radio Bío Bío