El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago, Hernán Crisosto, dictó auto de procesamiento por el homicidio calificado de Leopoldo Benítez Herrera, perpetrado entre el 17 y el 18 de septiembre de 1973, luego de ser aprehendido en su casa por una patrulla de Carabineros, encabezada por el hoy general en retiro, Sergio Horacio Jiménez Albornoz, a quién el juez inculpó como autor del homicidio calificado de Benítez, arquitecto y profesor de la Pontificia Universidad Católica.
El día 17 de Septiembre alrededor de las 19:30 horas, mientras se encontraba en casa de sus suegros en la comuna de Ñuñoa, llegaron efectivos de Carabineros de la Escuela de Suboficiales de Macul, que ingresaron por la fuerza, allanaron el domicilio e intimidaron a sus moradores. Luego de pedir identificarse a todas las personas que allí estaban, procedieron a detenerlo, llevándoselo en una micro de Carabineros que previamente se había estacionado en la puerta de la casa.
En la Escuela de Suboficiales de Macul, su cónyuge, constató que efectivamente había estado. Le indicaron que si estaba con vida, lo buscara en el Estadio Nacional. En dicho recinto lo buscaron infructuosamente.
Su cuerpo fue encontrado el día 24 de Septiembre en el Instituto Médico Legal. Había sido remitido allí, por militares, con el nombre de Leopoldo Raúl Benitez Herrera, con la indicación de haber sido encontrado en la vía pública. El certificado de defunción señala que murió el día 18 de septiembre de l973 a las 13.35 horas a causa de : “múltiples heridas a bala”.
Sin embargo, entre su detención y la constatación de su muerte, pasaron siete días en que a sus familiares se les entregó equívocas versiones sobre su suerte, incluso que se encontraba procesado y que su causa estaba lista para ser vista junto a la de otras personas el día 24 de Septiembre de 1973 en la Escuela Militar.
A través de su sitio web, el Poder Judicial informó que la resolución dio por acreditada los siguientes hechos:
«a) Que el día 17 de septiembre de 1973, alrededor de las 20:00 horas, rigiendo ya el «Toque de queda», dispuesto por la Junta Militar que había depuesto días antes al gobierno constitucionalmente constituido, en circunstancias que Leopoldo Raúl Benítez Herrera, arquitecto, profesor de la Pontificia Universidad Católica de Chile, y simpatizante de izquierda, se encontraba en el domicilio de sus suegros ubicado en calle Los Olmos Nº2930, actual comuna de Macul, se produjo un allanamiento al domicilio, por un grupo de efectivos pertenecientes a la Escuela de Suboficiales de Carabineros, en esa época denominada Centro de Perfeccionamiento de Suboficiales, al mando de un oficial, quienes en el marco de una selectiva represión a simpatizantes del gobierno depuesto, procedieron a llevarse a Benítez, en contra de su voluntad, en una micro tripulada por efectivos de la misma institución, lo que fue presenciado por familiares que le acompañaban en el hogar.
b) Que a los pocos minutos que se llevaran a Leopoldo Benítez Herrera, familiares escucharon una ráfaga de metralleta.
c) Que el día 24 de septiembre de 1973, el cuerpo sin vida de Leopoldo Raúl Benítez Herrera, fue encontrado por familiares, en el Servicio Médico Legal de Santiago, siendo la causa de muerte según el informe de autopsia ‘múltiples heridas a bala’, constando de los antecedentes que el cuerpo fue encontrado por militares en la vía pública alrededor de las 01:00 horas del día 18 de septiembre de 1973, con heridas de bala».
El Poder Judicial enfatizó que estos hechos «son constitutivos del delito de Homicidio Calificado en la persona de Leopoldo Raúl Benítez Herrera, previsto y sancionado en el artículo 391 N° 1° del Código Penal, vigente a la época, comprobado que fuere que terceros le dieron muerte con alevosía, abandonándolo en la vía pública».
Jiménez Albornoz quedó detenido en la comisaría de Pudahuel, una acción recurrente con los oficiales de carabineros procesados por violaciones a los derechos humanos.