domingo, mayo 5, 2024
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Alto Maipo, El Mauro, Maximo Pacheco: Todas las Pistas Conducen a Luksic

Reventó la noticia de un cambio de gabinete en el gobierno. Sorpresa!!: sale el ministro de Energía Máximo Pacheco (accionista del Banco de Chile y amigo personal de Luksic) que permitió la construcción de Alto Maipo. A las pocas horas se anuncia que se convertirá en el generalísimo de Ricardo Lagos, socio de Luksic en la ONG ambientalista de multimillonarios Nature Conservancy.

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Entra al Gobierno la Sra. Nivial Palma, sancionada en 2010 por permitir que arqueólogos empleados de la DIBAM a tiempo completo, trabajaran en Estudios de Impacto Ambiental (EIA) para Minera Los Pelambres, de propiedad de Luksic, en El Mauro, donde se costruyó finalmente el tranque de relaves tóxicos más grande del continente y tercero más grande en el mundo, declarado un peligro para la vida humana por la Corte Suprema.

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Estos funcionarios tenían prohibido por ley participar en el EIA.

Así con nueva gente en el gobierno, la sombra de Luksic sigue rondando por los pasillos de Palacio.

¿Qué nuevo escándalo descubriremos pronto con estas nuevas adquisiciones del gobierno?.

Como estas cosas no salen en la prensa, adjunto infografía con resumen del caso y copia del informe de la Contraloría General de la República.

Luksic da otra estocada al decaído corazón de este desangrado país.

Fuente: Piensa Chile

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El Sumario contra la DIBAM

Independiente de que el caso venga a cuento por la designación de Nivia Palma como ministra de Bienes Nacionales, lo cual en si mismo es una contradicción, dados los antecedentes que se pasan a exponer, el mérito del sumario administrativo de la Contraloría General de la República a la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos, radica en que demuestra sin lugar a la menor duda, el maridaje entre funcionarios públicos  e intereses privados prevaleciente en la República del Chile neoliberal de Chile, más llamativo aún tratándose de Antofagasta Minerals, el brazo minero de la familia Luksic, y del tranque de relaves El Mauro, que a pesar de una resolución de la Corte Suprema, que ordenó su clausura, sigue acumulando impertérrito, toneladas de barro altamente tóxico, con grave riesgo para el ecosistema del valle del Choapa, y particularmente, para los habitantes del pueblo de Caimanes.

Ya el enunciado de la resolución exenta 02849, del 23 de agosto de 2010, que establece las sanciones a los funcionarios involucrados, constituye una confirmación de lo anterior:

«El presente sumario administrativo ha tenido por objeto investigar si servidores y/o funcionarios públices dependientes de la Direccion de Bibliotecas Archivos y Museos, han prestado servicios directa o indirectamente a la empresa Minera Los Pelambres con infracción a las normas de probidad administrativa, según se dejó constancia en el oficio N» 19_284. de 2009, de la Contraloria General de la Republica».

En esencia, el sumario fue dirigido contra Nivia Palma, a la época de los hechos Directora de la DIBAM, el arqueólogo del Museo Antropológico de La Serena, Gastón Castillo Gómez, y Cristián Bécker Alvarez, arqueólogo de la DIBAM, por los siguientes cargos:  

«En el oficio N» 19 284. de 2009, de este Organismo de Control, se consigna la existencia de eventuales infracciones a las normas sobre probidad administrativa por parle de funcionarios dependientes de la DIBAM, por prestar servicios profesionales particulares y remunerados a la Minera Los Pelambres, para realizar trabajos para esa empresa en sitios arqueológicos bajo tuición del Consejo de Monumentos Nacionales, considerando que, de acuerdo con las finalidades que cumplen esas entidades públicas y que ambas dependen del Ministerio de Educación, podrían producirse conflictos de Intereses».

Agrega el documento:  

«Los trabajos particulares fueron realizados en el ámbito de un proyecto para la construcción de un tranque de releve y sus obras anexas en la IV región, que deberá ejecutar la Minera Los Pelambres, en cuyo lugar de emplazamiento existen muestras de arte rupestre y habitacionales considerados como monumentos de propiedad del Estado, verificándose que en las respectivas labores de rescate y/o salvataje y traslado de los vestigios arqueológicos participaron distintos funcionarios de la DIBAM. quienes se desplazaron desde las ciudades de Santiago. Valparaíso y La Serena, para efectuar esas tareas en forma remunerada por esa empresa en el Valle del Mauro, ubicado en la comuna de Los Vilos, Provincia de Choapa».

En pocas palabras, los funcionarios de la DIBAM encargados de supervisar el Estudio de Impacto Ambiental del mineral Los Pelambres y el tranque de relaves El Mauro, en lo relativo al patrimonio arqueológico del país, trabajaban a sueldo para Antofagasta Minerals, en la supuesta mitigación del impacto ambiental, que de acuerdo al sumario, ni siquiera se cumplió.

Peor aún:

«Para justificar las inasistencias al servicio por parte del señor Gastón Castillo Gómez. arqueólogo del Museo Arqueologico de La Serena. quien lideraba tales trabajos, se le concedieron 302 días de permiso sin goce de remuneraciones entre septiembre de 2004 y mayo de 2009 (…)  Mediante resolución exenta N’ 298. de 2006, el señor Gastón Castillo actuando en calidad de Jefe de la Unidad Administrativa de la DIBAM de la IV región, se otorgó tres días de permiso de igual índole».

Castillo estuvo no menos de cinco años en la doble condición de funcionario público y empleado de los Luksic:

«El señor Gastón Castillo prestó desde 1997, permanentemente servicios similares para esa misma empresa, según se desprende de las actas del CMN de fojas 194. 212. 217, 219, 225. 239. 253 255 y 670, en las cuales consta que intervino en labores de salvataje y traslado de petroglifos con motivo de otras obras de esa empresa minera en la IV región, situación que se conocía en el Consejo de Monumentos Nacionales, corno consta de los oficios de fojas 300 y 306, dirigidos al Secretario Ejecutivo de esa entidad.

El citado arqueólogo ejerce tal actividad privada en períodos en que también tenía la calidad de integrante de una Comisión Externa para la evaluación de Estudios de Impacto Ambiental en la IV región, según consta del oficio reservado N» 59, de 2 de octubre de 2002, del ex Secretario Ejecutivo del Consejo Regional de Monumentos Nacionales, don Gonzalo Ampuero Brito, de fojas 318. y en el punto 135.2 del Acta del Consejo del mes de septiembre de 2002, de fojas 616, habiéndose sometido el año 2003 el aludido proyecto de esa minera al sistema de evaluación de impacto ambiental».

En el caso de Bécker Alvarez, el sumario de la Contraloría estableció:  

«El señor Cristían Bécker  Alvarez, funcionario de la DIBAM, también prestó labores remuneradas de naturaleza arqueológica para la citada empresa minera, al formar parte del equipo de investigación presentado al Consejo de Monumentos Nacionales por el señor Castillo Gómez, quien era Coordinador General del Proyecto, en circunstancias que, en el periodo que interesa cumplía labores pn el Musen de Historia Natural de Valparaíso.  

El señor Becker, siendo Funcionario de la DIBAM, ha prestado servicios a titulo personal y como socio de la consultora NAWEL lo que consta en diversas autorizaciones otorgadas por el CMN para realizar excavaciones y sondeos en distintas regiones».

A la fecha en que se ordenó la instrucción del sumario, no se habla cumplido con las actividades relacionadas con el Plan de Mitigación y Compensación preparado el año 2004 por el arqueólogo Castillo Gómez, «por cuanto más de 200 petroglifos extraídos de su asentamiento original en el Valle del Mauro permanecen desde el año 2005 acopiados en ese lugar sin haber sido reubicados», en tanto que los arqueólogos Bécker y Castillo «no entregaron los informes que debieron presentar al cabo de dos años de otorgados por el CMN los permisos de prospección y/o excavación, por lo que so transgredió lo señalado en el articulo 15 del reglamento sobre Excavaciones yro Prospecciones Arqueológicas. Antropológicas y Paleontológicas. aprobado por decreto N’ 484, de 1990. del Ministerio de Educación, debiendo el CMN en agosto de 2009 revocar los permisos y no otorgarles nuevas autorizaciones».

A mayor abundamiento, señala el texto:  

«La función de los Museos de Historia en Chile radica fundamentalmente en la conservación de ese patrimonio, toda vez que deben reunir todos los objetos relacionados con nuestros pueblos originarios y con los hallazgos de material de otra naturaleza. como el zooarqueológico.  Por ello, los funcionarios pertenecientes a los citados museos, dependientes de la DIBAM, y que tienen la especialidad de arqueólogos, si prestan servicios remunerados para una empresa cuyo desarrollo afectará precisamente ese patrimonio y cuya finalidad es la explotación de la riqueza minera, con mayor razón si se trata de la realización de trabajos de mitigación y compensación, se encuentran en una situación en que su interés privado entra en conflicto con la función pública que desarrolla la entidad en la que ejercen sus cargos, de recepción y conservación de los hallazgos, obviamente, por cuanto los intereses no son coincidentes».

En la parte resolutiva, Castillo libró piola, por cuanto presentó su renuncia antes de la instrucción del sumario, probablemente feliz y forrado con el dinero de los Luksic.

Respecto de Nivia Palma, el sumario estableció que, aun conociendo que algunos funcionarios de esa dependencia del Ministerio de Educación, solicitaban autorizaciones para prospecciones arqueologicas, no adoptó ninguna medida que evitara el conflicto de intereses señalado, con lo que transgredió el articulo 64, letras a) y b), de la ley N’ 18.834 sobre Estatuto Administrativo, razón por la que se le impuso una censura por escrito y una anotación de demérito de dos puntos en el factor de calificación.

Respecto de Cristián Bécker, el sumario estableció;

«El señor Cristián Becker al desemperiar en forma paralela ambas funciones, la privada y pública, no necesariamente sirvió los mismos intereses, puesto que, como se señaló en la vista fiscal, subyace más bien una contraposición de intereses entre la empresa Minera que le paga una remuneración para desarrollar labores de mitigación y compensación en un sitio arqueológico que se verá afectado por la actividad extractiva, y la finalidad que deben cumplir ambos Museos, relacionadas con la recepción de todo ese patrimonio por parte del CMN, y su conservación. Sin perjuicio de lo anterior, aparece que corresponde reprochar las conductas que potencialmente Impliquen la ocurrencia de conflictos de interés que afecten la imparcialidad de juicio de un funcionario o del servicio al cual pertenece», razón por la cual le impuso una multa del veinte por ciento de la remuneración mensual, y una anotación de demétrito de cuatro puntos en el factor de calificación.

El corolario de esta historia es conocido.

A pesar de estas flagrantes irregularidades, mediante la resolucion N° 38 de 2004 la Comisión Regional del Medio Ambiente de la IV región de Coquimbo calificó favorablemente el Proyecto de Desarrollo Integral presentado por la Minera Los Pelambres, sujeto al cumplimiento de lo indicado en ese acto administrativo, estableció que la fiscalización y cumplimiento de las normas sobre las cuales se acepta el Estudio, corresponderá a los órganos de la Administración del Estado con competencia ambiental, en este caso la DIBAM, y que la reubicación del material arqueológico en el parque rupestre que Minera Pelambres propuso construir en el fundo denominado Monte Aranda, se efectuará con la asesoría de los profesionales de la DIBAM y del Centro Nacional de Conservacion y Restauración, es decir Castillo y Bécker, lo que en este caso, significó entregarle al gato el cuidado de la carnicería.

En consecuencia, a la luz de estos antecedentes, el tranque de Relaves El Mauro es ilegal desde el punto de vista de la calificación ambiental relativa al patrimonio arqueológico del país, así como también lo es desde el punto de vista sanitario, en cuanto al patrimonio arqueológico del valle del Choapa y al riesgo para la salud y la vida de los habitantes de Caimanes, como lo establece una resolución de la propia Corte Suprema, que permanece incumplida hasta la fecha.

Es evidente que Don Dinero es un caballero cuyo poder remueve no sólo montañas, sino todo tipo de obstáculos, y que si en el papel todos los chilenos son iguales ante la ley, no es menos cierto que hay algunos más iguales que otros.

Descargue el sumario de Contraloría a la DIBAM

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