Al fin, hay un número suficiente. Es que la elección deja una gran noticia para los trabajadores. La Nueva Mayoría cuenta con el número de parlamentarios suficientes para efectuar la reforma laboral que, como dice su recién anunciado programa de gobierno, “fortalezca la negociación colectiva” y que dé cómo resultado que se “empareje la cancha”. ¿No habrá una metáfora más ingeniosa para los políticos chilenos?
Se podrá poner fin a la larga deuda que la antigua Concertación mantiene con los trabajadores desde el retorno a la democracia: poner fin al plan laboral de Pinochet y José Piñera.
En los primeros días de la democracia, la Concertación prometía –cito textual en el programa de Gobierno de Patricio Aylwin–: una profunda reforma a la institucionalidad laboral vigente “ya que no satisface estos requisitos de justicia, equidad y participación. Dicha institucionalidad ha puesto a los trabajadores en una situación de grave desprotección. Ha impedido la constitución de un sindicalismo fuerte y representativo, así como el desarrollo de una negociación colectiva equitativa para los actores laborales”.
Pasaron 20 años y el viento se llevó esa y otras promesas.
Pero la política en uno de sus eternos giros le permitirá a esas fuerzas políticas volver sobre sus pasos. En estos días el tiempo vuelve a dar una oportunidad a aquellos que ayer no lo hicieron, lo olvidaron o simplemente no quisieron.
Y como no hay tiempo que perder –ya que están los votos– y para que la Nueva Mayoría no vuelva a tropezar con la misma piedra –como diría esa vieja canción–, aquí un par de lecciones que nos dejan estos años de olvido.
Primero, el modo. No es necesario crear ninguna comisión “urbi et orbi” para “consensuar” reformas en materia laboral. Como enseñó tristemente la comisión de “trabajo y equidad” –llamada comisión Meller– creada en el anterior gobierno de Bachelet –que vaya a saber por qué razones tenía más neoliberales que la cena anual de la Libertad y Desarrollo–, los sectores duros de la derecha defienden con una tozudez encomiable cada uno de los pilares del Plan Laboral.
Después de un año de trabajo esa comisión arrojó un resultado paupérrimo: unas pocas modificaciones de bagatelas de las que hoy nadie se acuerda.
¿Negociación colectiva? ¿Huelga? Nada de nada.
Es que el diálogo tiene un límite muy relevante en Chile: la defensa a ultranza que ciertos sectores empresariales hacen de las posiciones de ventajas que en su época les galvanizó la dictadura. Ahí, no hay razón que convenza ni persuada.
Segundo, el fondo.
¿Qué es fortalecer la negociación colectiva?
No lo dice el programa de la Nueva Mayoría. Pero sí dice que se ajustará la legislación laboral a las objeciones que la Organización Internacional del Trabajo le ha hecho a Chile durante décadas.
Entonces, todo es más obvio.
Por una parte, eliminar todas las restricciones injustificadas a la negociación colectiva que el Plan Laboral establece, ampliando las materias que pueden ser objeto de esa negociación y devolviendo ese derecho a los trabajadores con contratos temporales.
Por otro, avanzar en asegurar que los niveles de negociación colectiva sean los que los trabajadores decidan: en la empresa, sobre la empresa, por tipo de actividad o como mejor parezca a sus intereses colectivos.
Y sobre todo, devolver el derecho a huelga que con tanta impudicia fue arrebatado a los trabajadores por el Plan de José Piñera.
¿Cómo puede sostenerse que hay derecho a huelga si el empleador puede reemplazar a los trabajadores que ejercen ese derecho?
Simplemente absurdo.
En fin, hace poco en un descarnado fallo, la justicia laboral –escrito por una juez izquierdista, de seguro diría Matthei–, se describía con total crudeza el panorama de los trabajadores en Chile y de sus organizaciones sindicales.
Ante la destrucción en pocos meses del sindicato recién constituido por un grupo de trabajadores por parte de la empresa –que efectuó cada una de las conductas antisindicales del manual del explotador– y la nula capacidad de reacción de los trabajadores al carecer de las herramientas mínimas para “emparejar” la relación laboral –como huelga efectiva sin reemplazo–, el fallo sostenía:
“El sindicato pequeño en un sistema como el chileno está destinado al fracaso. Con una negociación colectiva limitada y excesivamente reglamentada, con un derecho de huelga prácticamente inexistente, la oferta de participación democrática que se les hace a los trabajadores de un sindicato como el que ha sido desarticulado por la denunciada, y con excesiva facilidad, es un canto de sirenas” (T 20-2012 JLT La Serena).
Poco queda por agregar. Sólo que los votos ya están.
(*) Profesor de Derecho Laboral Universidad Diego Portales