viernes, marzo 29, 2024
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Mar para Bolivia: Chile ante la Corte Internacional de Justicia

por Ronald Wilson.

El 24 de abril de 2013 el gobierno de Bolivia inició formalmente, ante la Corte Internacional de Justicia, la presentación de una demanda para obligar a Chile a negociar una salida soberana al mar.

Esta es la culminación de Bolivia de una larga y digna  lucha por obtener resarcirse de la perdida de litoral producto de la Guerra del Pacifico de 1879.

Este lunes comenzó la última etapa del proceso de alegatos frente a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya, en Holanda, por la demanda marítima de Bolivia contra Chile, en la que el país altiplánico alega que existe una obligación de negociar una salida soberana al mar.

Durante esta parte del procedimiento, los equipos jurídicos chilenos y bolivianos deberán presentar sus argumentos ante los jueces de la CIJ, entre los días lunes 19 de marzo y el miércoles 28 del mismo mes.

El argumento de Chile, es que la CIJ no tiene competencia frente a un tema zanjado por  el Tratado de Paz  de 1904 – aceptado por ambas partes – que es anterior al Tratado de Bogotá de 1948 que le otorga jurisdicción a la  Corte, y que por tanto la demanda de Bolivia es artificial, inédita y carente de fundamento.

Examinando la historia sabemos que recién entre 1866 y 1874 Chile y Bolivia acordaron  establecer el  límite entre los dos países en el paralelo 24, acordando además  el  derecho de Bolivia y Chile a compartir los ingresos en exportaciones minerales del territorio entre los paralelos 23 y 25.

La verdadera disputa se produce dado que la mayoría de los capitales que explotaban el salitre y guano  en esa franja eran capitales chilenos y británicos y  la mayor parte de la población era chilena.

El conflicto estalla en 1979, cuando Bolivia establece un impuesto de 10 centavos por quintal de salitre exportado, anulando el tratado de 1874. Ante esta situación las salitreras chilenas se negaron a pagar dicho impuesto, acto seguido Bolivia ordena su expropiación y  subasta.

La respuesta  de Chile es la ocupación militar de Antofagasta el 14 de febrero de 1879, y la declaración de Guerra en defensa de los “intereses” de Chile.

Al finalizar la Guerra se firma el Tratado de Paz y Amistad de 1904, que en su  Artículo 2º manifiesta:

“Por el presente Tratado, quedan reconocidos del dominio absoluto y perpetuo de Chile los territorios ocupados por éste en virtud del artículo 2º del Pacto de Tregua de 4 de Abril de 1884”.

En su Artículo 6º, dice:

“La República de Chile reconoce en favor de la de Bolivia y a perpetuidad, el más amplio y libre derecho de tránsito comercial por su territorio y puertos del Pacífico”,

y en su Artículo 7º, expresa:

“La República de Bolivia tendrá el derecho de constituir agencias aduaneras en los puertos que designe para hacer su comercio. Por ahora señala por tales puertos habilitados para su comercio, los de Antofagasta y Arica”.

El tratado además incluye entre otras cláusulas  la obligación de Chile de construir el ferrocarril entre Arica y La Paz, la concesión de créditos  y el pago de 300 mil libras esterlinas como compensación.

Durante 114 años, la posición de Chile ha sido contraria a la cesión soberana de territorios  basándose en el principio contemplado en la Convención de Viena de 1969 sobre derecho de los tratados, que  dice que todo tratado en vigor obliga a las partes y debe ser cumplido por ellos de buena fe.

Chile considera que no existe conflicto jurídico alguno, pues todos los asuntos pendientes quedaron resueltos con el tratado de 1904.

Por su parte el reclamo histórico de Bolivia ha sido permanentemente lograr acceso soberano y útil al Pacífico.  Sin embargo, según la actual demanda ante La Haya, lo que Bolivia  solicita  es que se reconozca que Chile tiene una «obligación de buena fe de negociar una salida soberana al mar».

Bolivia funda esta solicitud en la obligación que tendría Chile de negociar, con base a  ofrecimientos anteriores. (Derechos expectaticios).

Quizás el error de Bolivia ha sido judicializar su demanda histórica. En el plano jurídico los argumentos de Chile se basan en vigencia de un tratado firmado por ambas partes, tesis que mantiene inalterable por más de cien años.

La demanda Boliviana es una reivindicación que se resolverá en el ámbito político, incluso ético, de reclamar una salida soberana al mar.

Por su parte Chile no puede inmovilizarse en la tesis intangibilidad del tratado de 1904, tiene el deber de explorar alternativas políticas, que se relacionan con la conciencia de integración y cooperación regionales.

Chile debe tener el coraje para indagar otras posibilidades y de una vez por todas establecer un diálogo sin condiciones para zanjar el centenario conflicto con Bolivia.

Por su parte Bolivia debe insistir en su estrategia de aunar voluntades regionales, y colocar el tema en los espacios multilaterales e internacionales.

Cuando Bolivia ha explorado estrategias en ámbitos como la OEA, UNASUR, CELAC, ha logrado generar mayor adhesión popular y ciudadana en toda la Región que entrampándose  en un  incierto triunfo judicial.

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