domingo, abril 28, 2024
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Ley Corta de Gratuidad: Algunos Efectos en el Mercado de la Educación Superior

El pasado 23 de diciembre el Congreso despachó la ley corta de gratuidad, la cual permitirá que los jóvenes de los primeros cinco deciles de ingreso que se matriculen en las universidades estatales, o en las privadas elegibles que se adscriban a la gratuidad, estudien sin costo alguno.

Esto supone un paso importante en el camino hacia la gratuidad universal que el gobierno se ha trazado, la cual pretende sea lograda en la ley larga a discutirse próximamente.

Más allá de sus efectos sobre la modalidad de apoyo del Estado a los estudiantes universitarios más vulnerables, la ley corta configura un nuevo escenario para la totalidad de los proveedores de educación superior, por lo que es esperable que ellos ajusten sus decisiones en vistas a lograr de la mejor manera posible sus objetivos particulares.

En este texto intentaré dar luces acerca de este proceso y de sus posibles efectos sobre el equilibrio del mercado de la educación superior.

En primer lugar, los criterios de elegibilidad dispuestos para las instituciones privadas son que éstas tengan al menos cuatro años de acreditación y que sus controladores sean personas jurídicas o naturales sin fines de lucro.

Las que cumplen con estas condiciones tenían como plazo el domingo 27 de diciembre para informar de si adscribían o no al nuevo sistema. Partiendo del escenario base en que ninguna universidad privada se adscribe, es claro que asistir a una universidad estatal será más atractivo para un estudiante vulnerable que ir a una privada de calidad comparable, si es que dicha institución no le ofrece financiamiento total.

Esto hará caer la demanda de estos estudiantes por universidades privadas, y causará una fuga de algunos de los actualmente matriculados hacia el sector estatal. Adicionalmente, dado el corte discreto en el percentil 50, existirá un aumento de los estudiantes que declaran estar bajo este corte.

Por otro lado, la ley no contempla gratuidad para los estudiantes de CFTs e IPs, si bien incorpora un aumento en el apoyo público al alumno. La consecuencia será una depreciación de la alternativa técnico-profesional en relación a la universitaria, lo que debiese hacer que el flujo de alumnos hacia la educación universitaria estatal sea aún mayor.

No obstante, es esperable que universidades privadas, CFTs e IPs reaccionen frente a esta pérdida de alumnado. Partiré por las universidades privadas. Éstas pueden ser divididas gruesamente en cuatro grupos:

    Las que lucran y poseen más de 4 años de acreditación.
    Las que no lucran y que poseen más de 4 años de acreditación.
    Las que lucran y que poseen menos de 4 años de acreditación.
    Las que no lucran y poseen menos de 4 años de acreditación.

De estos cuatro grupos, sólo el grupo ii) es elegible para incorporarse al sistema de gratuidad. El factor clave para las decisiones de cada uno de ellos será la incidencia relativa de la pérdida de alumnos vulnerables sobre los objetivos de la institución.

En el caso del grupo ii) existen tres alternativas, unirse al sistema de gratuidad, no unirse y hacer esfuerzos para retener a los estudiantes vulnerables, y no unirse y quedarse sólo con los no vulnerables.

Lo que debiese suceder es que aquellas instituciones en las cuales los estudiantes vulnerables representan una proporción significativa del total de alumnos, y aquellas que poseen como objetivo tener un estudiantado diverso se sumen al sistema de gratuidad.

De ahí la ya conocida respuesta afirmativa de universidades como la UCSH, la UAH, la UDP y la PUC. Por otro lado, las instituciones que tienen dentro de sus objetivos un estudiantado diverso, pero que visualizan a largo plazo un mayor control de parte del Estado de sus funciones debido a la ley larga, pueden preferir no unirse momentáneamente al sistema y evitar la pérdida de alumnos mediante becas que serán financiadas mediante mayores aranceles para los estudiantes no vulnerables.

Aquellas que no tienen un interés explícito en un estudiantado diverso y que no quieren un control del Estado sobre sus funciones, preferirán no unirse al sistema y focalizar sus esfuerzos en el segmento específico de estudiantes no vulnerables.

En las universidades pertenecientes al grupo i) debiésemos ver reacciones similares a las descritas para las privadas elegibles que no adscriban al sistema de gratuidad. La razón es que la competencia de las elegibles las debiesen inducir a ofrecer becas para alumnos vulnerables, si es que está dentro de sus objetivos tener alumnos vulnerables, o a atraer el segmento específico de alumnos pudientes, ya que de otra forma perderán alumnos en beneficio de las que no lucran.

En el caso de los grupos iii) y iv), existirá una fuerte competencia de parte de aquellas universidades estatales con menos de cuatro años de acreditación y aquellas que están apenas por sobre este umbral. Es esperable que el grupo iii) sea uno de los más afectados por la nueva ley, ya que es el que lucra y el que atiende una mayor proporción de alumnos vulnerables.

Corresponde al sector más denunciado por el movimiento estudiantil y la opinión pública, por lo que es difícil ver cómo podría salir ganando de este nuevo escenario. Así, debiéramos ver una caída considerable en las rentas de estas universidades, debida a la sangría de estudiantes hacia las instituciones gratuitas y al aumento en los beneficios que ellas deberán entregar para poder retener a parte de ellos.

Esto es morigerado para el grupo iv), dada su naturaleza no guiada por la generación de rentas. Lo más probable es que estos dos grupos se empequeñezcan, produciéndose un proceso de descreme donde sólo las universidades más eficientes en el uso de sus recursos, y las que pongan más esfuerzo en lograr más años de acreditación sobrevivirán. Ciertamente esto no será inmediato y dependerá del conjunto de políticas públicas que se sigan aplicando en el futuro. Asimismo, es esperable que ambos reciban a los estudiantes vulnerables de menor rendimiento que no lograron ingresar a las instituciones adscritas a la gratuidad.

Por último, en el caso de CFTs e IPs, debiésemos ver, al igual que para los grupos iii) y iv) una disminución en el tamaño del sector. Así, el sector como un todo se reducirá, siendo las instituciones menos eficientes las más afectadas. Como modo de atraer alumnos al sector, es esperable que se aumente el ofrecimiento de becas que cierren la brecha con el monto que aporta el Estado, y los cupos de las carreras más rentables, así como reduzcan los de las menos rentables.

La rentabilidad general de las instituciones técnico profesionales debiese disminuir, si bien en menor medida que para los grupos iii) y iv), ya que el producto que se ofrece es un sustituto más imperfecto de la educación superior científico-humanista.

En síntesis, la ley corta de gratuidad debiese tener efectos no triviales en la distribución del estudiantado vulnerable a través de los distintos tipos de instituciones de educación superior, debiese causar cambios en el tamaño de cada sector de la oferta, y debiese modificar la rentabilidad general de este mercado.

 Así, es altamente probable que el sector estatal se expanda, siendo esta expansión conducida por una mayor atención de estudiantes de los primeros cinco deciles; que el sector privado se contraiga, debido a la pérdida de estos mismos estudiantes; y que exista una tendencia de parte del sector privado a la concentración en las colas de la distribución de estudiantes según ingreso, es decir, a un aumento en la especialización en la atención de estudiantes muy ricos o muy pobres.

A modo de conclusión, la ley corta cumple en cierta medida con uno de los propósitos fundamentales del movimiento social por la educación iniciado en 2011, afectar al sector privado con fines de lucro que provee un servicio de mala calidad y fortalecer la educación pública y gratuita como alternativa para los estudiantes vulnerables.

No obstante, es necesario notar que, dadas las restricciones de capacidad de las instituciones adscritas a la gratuidad, y las restricciones financieras del Estado, parte de los segmentos más vulnerables del estudiantado seguirán siendo atendidos por universidades privadas de dudosa calidad.

Asimismo, debido a la no inclusión de la educación superior técnico-profesional en este esquema, existirá un debilitamiento, al menos temporal, de este sector, lo cual constituye una discriminación para un amplio grupo de estudiantes de enseñanza media egresados de colegios técnico-profesionales, que buscan proseguir sus estudios superiores en instituciones de esta índole.

Por último, será de suma importancia saber en qué medida la gratuidad afecta la calidad ofrecida por las instituciones adscritas y no adscritas a ella, cuán grande será el aumento por la demanda de educación universitaria en general, cuánto aumentará el número de estudiantes con sucesivos intentos fallidos en distintas carreras, y en qué medida el Estado podrá seguir el paso respecto al financiamiento de esta política en el futuro.

Fuente: Red Seca
http://www.redseca.cl/?p=6065

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