Cámara de Diputados Aprobó Legislar Proyecto sobre Royalty Minero

Tras un debate que se prolongó por dos jornadas, la Sala de la Cámara de Diputados/as aprobó por 91 votos a favor, 36 en contra y 15 abstenciones, la idea de legislar acerca del Proyecto sobre Royalty Minero.

Por la aprobación, estuvo la oposición completa. La derecha de dividió entre el rechazo y la bastención, como se verá.

La iniciativa, que previamente había sido analizada por la comisiones de Minería y Hacienda, había iniciado su debate este martes, día en el que no fue sometida a votación debido a la gran cantidad de parlamentarios inscritos para intervenir en la discusión.

Durante esta jornada hizo uso de la palabra el Ejecutivo, que remarcó la inconstitucionalidad de la norma y, por ende, su rechazo al texto legal.

En primer término, el ministro de Hacienda, Rodrigo Cerda, insistió en que la moción es inconstitucional porque hace referencia a la creación de un tributo, que es atribución exclusiva del Presidente de la República.

Asimismo, precisó:

“Desde el punto de vista conceptual, el impuesto a la minería tiene una tasa variable, aumenta o disminuye según el precio del mineral… cómo ha estado el precio del cobre la recaudación también ha aumentado y seguirá aumentando durante el resto del año, tanto por su valor como por la tasa, por lo que hoy ya tenemos un mejor precio, ya tenemos una mejor recaudación”.

A su turno, el biministro de Minería y Energía, Juan Carlos Jobet, precisó que el litio en Chile ya recauda cerca del 45% de sus ganancias por concepto de contratos e impuestos. A ello dijo, se debe agregar el estancamiento de la demanda de cobre, que ha ido perdiendo participación de mercado en los últimos 20 años. “El país lo que tiene que hacer es aumentar los niveles de producción y exportación y no impulsar una legislación express que hace daño a Chile”.

En esa línea, el subsecretario general de la Presidencia, Máximo Pavéz, anunció reserva de constitucionalidad con el objeto de frenar el trámite del proyecto.

Desde luego, nadie en la oposición debe alarmarse por esa baladronada.

Es cosa de ver, en medio del debate constituyente y en campaña presidencial, si la derecha se atreve ir al ilegítimo TC, con el fin de seguir regalándole el cobre a las transnacionales.

El proyecto de ley volverá ahora a la Comisión de Minería por ser objeto de indicaciones, para su análisis en particular.

Cabe recordar que si bien la iniciativa había sido ingresada a tramitación en septiembre de 2018, solo en marzo del año pasado se dio prioridad a su discusión legislativa, la que debió ser congelada debido a la prioridad que el parlamento asignó en su oportunidad, a la agenda legislativa para hacer frente a la pandemia de Covid-19.

Contenido del proyecto

La iniciativa de artículo único, en primer trámite constitucional, establece una compensación a favor del Estado por la explotación de la minería del cobre y del litio, equivalente al 3% del valor ad valorem de los minerales extraídos.

Esta compensación deberá destinarse en un 50% a un Fondo de Convergencia Regional que financiará proyectos de desarrollo regional y comunal en la forma que determine el reglamento. El 50% restante se destinará directamente a financiar proyectos que contemplen medidas de reparación, mitigación o compensación de los impactos ambientales provocados por la actividad minera en las comunas en donde se encuentren los yacimientos respectivos de donde se extraiga el mineral.

Asimismo, se establece que la compensación deberá ser pagada anualmente por el explotador minero respectivo, en el caso de las sustancias minerales concesibles, mientras esté vigente la concesión, y en el caso de las no concesibles, desde que se inicie la extracción hasta su completa explotación.

Se entenderá por explotador minero a toda persona natural o jurídica que extraiga sustancias minerales de cobre o litio y las venda en cualquier estado productivo en que se encuentren.

Con todo, no será exigible esta compensación a aquellos explotadores mineros que extraigan, en el caso del cobre, cantidades anuales no superiores a 12.000 toneladas métricas de cobre fino, y en el caso del litio, cantidades anuales no superiores a 50.000 de litio metálico.

Un reglamento determinará la forma en que se calculará el monto específico de la compensación que deberá pagar cada explotador minero, la oportunidad y forma de su pago, y cualquier otra circunstancia que se requiera para la ejecución de la presente ley.

Asimismo, un reglamento regulará la administración, operación, condiciones, destino y distribución de los recursos del Fondo de Convergencia Regional. Dicho reglamento deberá establecer los criterios y mecanismos mediante los cuales se priorizarán y adjudicarán los proyectos que serán financiados con los recursos del Fondo.

En todo caso, se priorizarán aquellos proyectos que financien obras de desarrollo en las regiones mineras del país.

Cabe señalar que el proyexto incluye una Indicación de los diputados Daniel Núñez Arancibia, Amaro Labra Sepúlveda, Rubén Moraga Mamani, Boris Barrera Moreno y Marisela Santibáñez Novoa, para agregar un nuevo inciso segundo:

“Adicionalmente, establécese un royalty a favor del Estado por la explotación de la minería del cobre equivalente al 10 por ciento del valor ad valorem de los minerales extraídos anualmente, el cual será enterado como contribución a los ingresos generales de la nación. Con todo, sobre un precio superior a cuatro dólares y cincuenta centavos de dólar del mineral, las empresas mineras deberán además contribuir al Estado con el 100 por ciento de las rentas percibidas por cada centavo adicional a ese precio”.

El que se atreva a ir en contra de este acto de elemental justicia, en orden a repartir la riqueza del cobre entre todos los chilenos, vaya desya dando un paso al frente, para irlos conociendo.

Por lo pronto, una idera aproximada la da la votación de la sala sobre la idea de legislar sobre el proyecto de royalty minero.

Cámara de Diputados Aprobó Legislar Proyecto sobre Royalty Minero

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