En el Día de la protección de datos personales, presentamos algunas alertas sobre el uso de la tecnología de reconocimiento facial y sus riesgos para la protesta pacífica.
Desde Budapest hasta Delhi, desde Moscú hasta Bogotá, la tecnología de reconocimiento facial (FRT por sus siglas en inglés) está cada vez más presente en espacios públicos y privados de todo el mundo. En este Día Mundial de la Protección de Datos Personales, presentamos algunas claves para entender las implicaciones de esta herramienta de vigilancia y sus consecuencias en el derecho a la protesta.
Estas respuestas hacen parte del informe In focus, producido por la Red Internacional de Organizaciones de Libertades Civiles (INCLO), de la cual Dejusticia hace parte. Este documento, en inglés, reúne 12 historias sobre los efectos de la FRT en las vidas de ciudadanos en los cinco continentes.
Qué es la FRT
La tecnología de reconocimiento facial es un software biométrico capaz de detectar la existencia de un rostro en una imagen o de identificar a una persona cuyo rostro se encuentra en una imagen.
Su uso va desde desbloquear celulares o etiquetar fotos en Facebook, hasta identificar infractores de tránsito o manifestantes violentos durante una protesta.
Este último caso de uso de FRT como herramienta de vigilancia masiva es cada vez más común por parte de gobiernos de todo el mundo, que justifican su uso bajo el argumento de facilitar el cumplimiento de la ley.
Cuál es el problema
Hay varias implicaciones éticas y riesgos para los derechos humanos en el uso de esta tecnología, si se utiliza inadecuadamente. Por un lado, recopilan nuestras imágenes y las cruzan con bases de datos estatales sin nuestro consentimiento, lo que amenaza el derecho a la intimidad y la libertad de expresión.
Además, como concluye el informe, “es preocupante que este método de vigilancia vaya en contra del principio legal de presunción de inocencia. Las personas inocentes no pertenecen a las bases de datos criminales”.
A esto se suma otro problema: los sesgos discriminatorios que suelen tener estos sistemas. Las tecnologías FRT que usan las agencias estatales en el mundo son más propensas a equivocarse al identificar personas negras y mujeres que a hombres blancos.
Así lo comprobó un estudio de la Universidad de Stanford y del MIT que analizó programas de FRT de tres fabricantes diferentes y encontró errores de hasta el 25 % en casos de mujeres negras, mientras que los errores en personas blancas no llegaron al 1%.
Esta tecnología también puede vulnerar el derecho a la protesta, pues permite una vigilancia masiva e invasiva que puede terminar por desmotivar a los y las ciudadanas de participar en manifestaciones pacíficas. Esto fue lo que ocurrió en Colombia durante las protestas del Paro Nacional de 2019.
El caso colombiano
Un día antes del inicio de las protestas del 21N, la Policía anunció en medios de comunicación que un helicóptero equipado con FRT sobrevolaría Bogotá durante las manifestaciones. Según las autoridades, el propósito de este despliegue era identificar a los manifestantes que causaran violencia.
Aparentemente las cámaras de reconocimiento facial con las que cuenta el helicóptero son capaces de detectar rasgos faciales a una distancia de 15 kilómetros. La Policía incluso afirmó que la tecnología era capaz de identificar los rostros que estuvieran cubiertos.
Sin embargo, en Dejusticia consideramos que esa comunicación fue un intento de las autoridades por disuadir a los colombianos de salir a protestar. Por eso decidimos preguntarle a la Fiscalía General de la Nación cuántas investigaciones se habían abierto gracias a la información recopilada por el helicóptero.
La respuesta es que no tenían la información que solicitamos, así que no hay evidencia de que alguien haya sido siquiera investigado y menos judicializado como resultado del uso efectivo de esta herramienta.
También le enviamos solicitudes de acceso a la información pública a la Policía de Bogotá preguntando si se habían realizado pruebas del sistema antes de su despliegue, cuáles eran las bases de datos utilizadas por el mismo y cuál es el soporte legal de la Policía para el uso de reconocimiento facial en protestas.
Según la Policía, en este momento se encuentran realizando las pruebas por lo que no son públicas las bases de datos utilizadas y el despliegue de sistemas de reconocimiento facial se basa en las funciones ordinarias de la Policía de mantener el orden público.
Las menciones periodísticas un día antes de la protesta, y el despliegue mismo del helicóptero parecen dirigidas a disuadir a cualquier persona de salir a protestar. Se trató de una acción que amenazó el derecho a la intimidad, la libertad de expresión y el derecho a la manifestación y reunión pacífica.