viernes, noviembre 22, 2024
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Montaje con Ficha de Protección Social: Comisión de Etica Absolvió a Teillier

La Comisión de ética de la Cámara de Diputados eximió de responsabilidad al diputado y presidente del PC Guillermo Teillier por el montaje con su presunta ficha de protección social. El informe de la Cámara señala que «no se puede imputar responsabilidad» al legislador, «por cuanto no se configura infracción alguna a los deberes de probidad, transparencia o ética parlamentaria». ¿Y qué dice ahora Felipe «Pinocho» Kast?

La resolución fue aprobada por unanimidad de los integrantes presentes en la Comisión, diputados Yasna Provoste, Juan Luis Castro, Romilio Gutiérrez, Vlado Mirosevic, Víctor Torres, Felipe Ward y el presidente de la instancia, Germán Verdugo.

Hay que recordar que, tras conocer la situación, el presidente del PC enfatizó que su familia entregó datos a funcionarios de la Municipalidad,  y que nunca pidieron la encuesta. Por otro lado, demostró no haber recibido beneficios, y aún más, solicitó un oficio a al Ministerio de Desarrollo Social para que aclarara por qué tenía la ficha.

El pasado 20 de agosto el fiscal jefe de Peñalolén y Macul, Felipe Sepúlveda, asumió la investigación, luego que una dirigenta vecinal ingresara una denuncia dirigida contra quienes resulten responsables por presunto fraude al fisco y falsificación ideológica de instrumento público.

Días después, un concejal de Macul ingresó una querella.

Al final, quedó demostrado que todo se redujo a un montaje que intentaba desprestigiar al deputado Teillier, portavoz del cual fue el diputado de Evópoli, Felipe Kast, quién «casualmente» era Ministro de Desarrollo Social, a la fecha de la encuesta trucha.

Los argumentos del fallo

En el informe se cita que fue el propio parlamentario quien solicitó un pronunciamiento de la Comisión de ética, en la que señala que no solicitó el empadronamiento ni tampoco la realización de la encuesta  y que no recibió beneficio social alguno.

En este sentido, Teillier apunta a una «falta de prolijidad en relación con la información proporcionada».

Luego de esto, en el informe se señala que «no hay constancia de que el requirente haya percibido beneficios estatales que puedan hacer reprochable su conducta».

«Esta comisión no puede imputar los hechos acaecidos a la conducta del requirente ni menos, en razón de estos, determinar la vulneración a los deberes que la Constitución, la ley y el reglamento imponen a parlamentarios», concluye el fallo de la Comisión de Etica de la Cámara de Diputados.

A todo esto, de la dichosa querella, nunca más se supo.

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