martes, abril 23, 2024
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No Hay Tiempo que No se Acabe ni Cuenta que no Se Cobre: Colegio de Periodistas Expulsó Definitivamente a Agustín Edwards

Con la instrucción de “borrar de los registros del Colegio de Periodistas a Agustín Edwards Eastman”, el Tribunal de Ética y Disciplina (TRED) del Consejo Metropolitano del Colegio de Periodistas de Chile dejó a firme la decisión que adoptara a mediados de abril.  Aplicó así el artículo 23 del reglamento de la orden profesional, que establece que “si la causa no es apelada, el tribunal regional cerrará el caso y remitirá una copia del sumario al tribunal nacional para su archivo y al Consejo Regional y al Consejo Nacional, para su conocimiento y cumplimiento”.

 

El abogado de Agustín Edwards, Miguel Schweitzer, publicó el 23 de abril en El Mercurio (de propiedad de su defendido) una declaración en la cual desestimaba el “peso ético” de la decisión adoptada por el tribunal presidido por la periodista Doris Jiménez, el secretario Humberto Zumarán, además de Pablo Vildósola, Hernán Ávalos y Claudio Espinoza.

Ante esto Luis Cuello, profesional patrocinante de la denuncia, respondió señalando que el representante de Edwards omitió en su inserción uno de los capítulos contenidos en la presentación, relacionada con los atentados a la libertad de expresión promovidos por El Mercurio a partir del golpe de Estado de 1973.

Javiera Olivares, presidenta del Colegio, expresó que “la profunda importancia de este hecho radica en la señal clara de que nuestra orden está por el ejercicio periodístico ético que en su acción busque profundizar la democracia y no ser colaborador en la desestabilización de gobiernos democráticamente electos ni hacerse cómplice de violaciones a los derechos humanos”.

En el mismo sentido, la dirigenta agregó que “francamente resulta curioso que una persona con tantos medios económicos y culturales a disposición no haya apelado a una sentencia que supuestamente le resulta falaz. Hay dos alternativas: la sentencia no es falaz o hay temor de que al apelar tanto en el marco de la institucionalidad del Colegio como de la Justicia ordinaria, estas fallen abiertamente en su contra”.

La denuncia

El requerimiento ético fue presentado en noviembre de 2014 y firmado por diversos colegiados, quienes además integran la mesa directiva nacional.  Además de Olivares se sumaron el primer vicepresidente Patricio Martínez, el segundo vicepresidente Patricio Segura, el tesorero Igor Mora, la secretaria general Vanessa Sabioncello, la consejera nacional Evelyn Miller y el colegiado Marco Gallardo.  A ellos se agregaron la presidenta de la Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos Alicia Lira Matus y la presidenta de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos Lorena Pizarro.

La denuncia expone el rol de Edwards a principios de los años 70 como periodista y dueño de El Mercurio, figura bajo la cual recibió fondos de la Agencia Central de Inteligencia (CIA) de Estados Unidos con el fin de desestabilizar mediante operaciones comunicacionales al gobierno de Salvador Allende.  Sus acciones propiciaron el golpe de Estado que las Fuerzas Armadas llevaron a cabo el 11 de septiembre de 1973.

A estos hechos se agregó su rol en abril de 1987 como director del mismo medio a raíz de la visita del Papa Juan Pablo II, ocasión en que El Mercurio se prestó para un montaje de los organismos de seguridad del Estado para legitimar la detención y posterior tortura de  Iván Barra Stuckrath y Jorge Jaña Obregón.

Notificación

Estimados colegas:

Presidenta y Secretaria General del Consejo Nacional del Colegio de Periodistas de Chile
Presidente del Tribunal Nacional de Ética y Disciplina del Colegio de Periodistas de Chile
Presidente y Secretaria del Consejo Metropolitano del Colegio de Periodistas de Chile

Habiéndose cumplido el plazo de apelación al fallo de expulsión de la Orden dictado por el TRED Metropolitano en contra del colegiado Agustín Edwards Eastman, y al no haberse hecho uso de esa facultad, se procede a declarar a firme el mencionado pronunciamiento y a disponer el “cúmplase” de la sanción, en conformidad con lo dispuesto por la normativa institucional.

El Reglamento señala: “Art. 23°.- Si la causa no es apelada, el TRED cerrará el caso y remitirá una copia del sumario al TRINED para su archivo y al Consejo Regional y al Consejo Nacional, para su conocimiento y cumplimiento”.

El fallo del TRED Metropolitano “propone aplicar al periodista colegiado Agustín Edwards Eastman la máxima sanción que estipulan los Estatutos del Colegio de Periodistas de Chile, en el Artículo 69: la expulsión de la Orden. Dicho artículo consigna también que “la sanción de expulsión deberá hacerse pública, sin perjuicio de las medidas de difusión propias del Colegio”.

En virtud de lo señalado el TRED Metropolitano se dirige al Consejo Nacional del Colegio de Periodistas y a las dependencias internas que correspondan para que lleven a cabo el cúmplase de la sentencia y se proceda a borrar de los registros del Colegio de Periodistas a Agustín Edwards Eastman y hacer pública esta medida.

Doris Jiménez Villarroel
Presidenta TRED

 

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