Recientemente se ha informado del fallo favorable a las Isapres de parte de la Corte Suprema respecto del reclamo de usuarios por el alza de la prima que financia las GES (ex-AUGE), dentro de los planes de salud privados, para el período julio 2013-junio 2016.
Una cosa es lo legal y otra la evidencia técnica del problema. Efectivamente, de acuerdo a la interpretación vigente de la Ley, las Isapres pueden fijar libremente una prima cada vez que aumentan las garantías GES, lo que ha venido sucediendo desde 2005, bajo la única condición de que estas primas sean comunitarias.
Es decir, igual para todos los beneficiarios de cada Isapre. Dado el bajo uso del sistema de garantías en Isapres, en la práctica esta prima es parte minoritaria de la prima total, pero el gasto cubierto es mucho más bajo aún. El desajuste entre ingresos y gastos es notorio y no hay herramientas regulatorias que lo normen.
Las Isapres han fijado las primas GES en 4 ocasiones previas a la que se discute en la actualidad. En la última ocasión, cuando los problemas de salud eran 69 (entre julio de 2010 y junio de 2012), la siniestralidad del sistema Isapre fue en promedio menor al 50%.
En palabras simples, esto quiere decir que de las primas para servicios GES pagadas por los usuarios, menos del 50% en promedio fue utilizado y el resto quedó en las arcas de las Isapres. Considerando un período más largo, por ejemplo desde julio de 2007 a junio de 2012, es decir, cuando los problemas GES eran 56 y luego 69, la siniestralidad fue del 59% en el conjunto del sistema ISAPRE.
Antes de junio de 2007 las siniestralidades fueron también muy bajas, el sistema GES no se promovía y el público prácticamente no lo conocía. Las cifras hablan por sí solas, y comparadas con la siniestralidad general de la industria (el gasto total que las Isapres cubren respecto de los ingresos totales por las primas percibidas, sin considerar los co-pagos), la cual es superior al 80% hace varios años, la conclusión es clara: las Isapres como conjunto han estado sobrestimando la prima del AUGE, de modo que con ello han estado subsidiando al resto del Plan y sus ganancias. No hay otra deducción posible.
El fallo de la Corte Suprema es una golondrina para las Isapres, pero un verano de verdad, tanto para los asegurados como para un sistema sustentable y justo de aseguramiento, está lejos de llegar con la estructura actual. Sin duda, este es un problema de la regulación jurídico-económica que permite la generación de este problema, otro más que hay que abordar a la brevedad, apuntando a una solución integral al sistema de aseguramiento social de salud chileno que sufre de problemas estructurales.