miércoles, diciembre 25, 2024
InicioSociedadDerechos HumanosTras 37 Años del Crimen y 19 de Investigación: Ministro Madrid Condenó...

Tras 37 Años del Crimen y 19 de Investigación: Ministro Madrid Condenó a Asesinos de Frei Montalva

El Ministro en visita, Alejandro Madrid, condenó al médico Patricio Silva Garín a la pena efectiva de 10 años años de presidio mayor en su grado mínimo por su responsabilidad como autor del delito de homicidio del ex Presidente Eduardo Frei Montalva, y como coautores del mismo, a Luis Becerra Arancibia, ex chofer personal del mandatario e informante de la CNI, y Raúl Lillo Gutiérrez, agente civil de la CNI, a  la pena efectiva de siete años de presidio mayor en su grado mínimo.


El ministro en visita de causas de derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Alejandro Madrid Crohare, dictó sentencia de primera instancia en la investigación por la muerte del ex Presidente de la República, Eduardo Frei Montalva.

De esta manera, el ministro Madrid establece la verdad judicial de que el ex Presidente Frei fue asesinado por sicarios de la dictadura enquistados en su entorno personal, como Silva Garín y Becerra Arancibia, probablemente por orden del propio Augusto Pinochet.

Si bien dicho origen no consta en la sentencia, la mayor parte de los chilenos lo acepta como un hecho de la causa, conocido además desde hace años, lo cual señala que la investigación del ministro Madrid no alcanzó a dar cuenta de la cadena de mando, y por tanto, muchos culpables de ese crimen se enteraron de la noticia en total impunidad.

Se trata, por lo demás, del estándar en materia de crímenes de lesa humanidad: las senencias condenatorias se reducen al círculo de ejecutores directos, cómplices y encubridores, pero nunca, o muy rara vez, escalan hasta la autoría intelectual y la responsabilidad de mando.

De esta manera, el magistrado sentenció a un empleado civil de la Central Nacional de Informaciones (CNI), al ex chofer de Frei Montalva y a médicos por sus responsabilidades en el  homicidio del Jefe de Estado, hecho ocurrido el  22 de enero de 1982 en la Clínica Santa María de Santiago,  luego de una intervención quirúrgica a la que se sometió meses antes del deceso.

Además, el ministro Madrid sentenció al médico Pedro Valdivia Soto a la pena efectiva de  cinco años de presidio menor en su grado máximo por su responsabilidad como cómplice del mismo hecho  y a los  tanatólogos Helmar Rosenberg Gómez y Sergio González Bombardiere a las penas de 3 años de presidio menor en su grado medio en calidad de encubridores, pena que deberán cumplir mediante la remisión condicional.

El fallo del Juez Alejandro Madrid también  hace referencia al rol del subsecretario de Redes Asistenciales, Luis Castillo, quien fue apuntado por la familia Frei de omitir la autopsia del fallecido Mandatario:

“Con relación a la declaraciones prestadas por el doctor Luis Castillo Fuenzalida, quién señala que en circunstancias que se desempeñaba como director de la Red de Salud UC, al ser informado por el doctor Sergio González, anátomo patólogo de esa Universidad, acerca de la existencia de diapositivas microscópicas con muestras de diversos órganos del ex Presidente de la República don Eduardo Frei Montalva, como corazón, hígado, esófago, páncreas, pulmón, riñón, como asimismo, 15 inclusiones en material EPON con muestras de riñón, pulmón e hígado, lo que se mantendrían guardados, según señala el doctor González en dependencias del Departamento de Anatomía Patológica de la Facultad de Medicina de la referida universidad.

Castillo indica que al ser informado por dicho facultativo, lo instruyó en el sentido que dicha información era de carácter confidencial y que sólo debía ser entregada a los familiares si lo solicitaban formalmente o judicialmente. Que dicha circunstancia fue ratificada en el curso de la investigación por el señalado doctor Castillo cuando fue interrogado por el tribunal y, como, su actuación podría ser cuestionada al no haber informado en forma inmediata a la familia del ex mandatario de la existencia de la señalada muestras, sin embargo, dicha omisión no resulta ser suficiente para atribuir al facultativo antes nombrado alguna responsabilidad penal en el hecho investigado, ya que su conducta no se comprende dentro de ninguno de los presupuesto que señala el artículo 17 del Código Penal como constitutivo de encubrimiento”.

Al respecto, el jefe de bancada DC, Matías Walker, insiste en la responsabilidad política del subsecretario Castillo en el asesinato de Frei:

“Nunca la DC se querelló como encubridor. Lo que hicimos ver es una responsabilidad política. Para nosotros, nunca el standard ha sido el penal. hemos hablado de responsabilidad política. Siempre hemos hablado de responsabilidad política y eso lo hemos ratificado en el fallo que dice que el presidente Frei fue asesinado”.

Y  concluyó:

“La actuación de la Universidad Católica y la de Lus Castillo sigue siendo motivo de reproche para nosotros”.

Descargue el fallo

RELATED ARTICLES

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

- Advertisment -

Most Popular