Las autoridades chilenas están usando la ley “Antiterrorista” para llevar a personas mapuche a juicios injustos, estigmatizándolos y criminalizando a sus líderes, manifestó hoy Amnistía Internacional, en el Día Internacional de los Pueblos Indígenas, en la presentación de un nuevo informe titulado Pre-juicios injustos: Criminalización del pueblo mapuche a través de la Ley Antiterrorista.
“Es inaceptable que el Estado chileno persista en llevar a personas mapuche a juicios que no otorgan las garantías del debido proceso, haciendo uso de una ley ‘Antiterrorista’ reiteradamente criticada. En vez de estigmatizarles y violar sus derechos, las autoridades deberían tomar medidas decisivas para erradicar la discriminación en su contra”, dijo Erika Guevara Rosas, directora para las Américas de Amnistía Internacional.
Durante años, Amnistía Internacional ha advertido que la ley “Antiterrorista” contiene normas que violan las garantías del juicio justo. En este contexto, la organización observó los juicios del caso Luchsinger Mackay y del caso por la quema de una iglesia en Padre las Casas, ambos llevados bajo esta legislación en contra de personas mapuche.
En el primer caso, la Fiscalía acusó a 11 personas mapuche de haber incendiado un predio donde murió el matrimonio Luchsinger Mackay en 2013 (habiendo otra persona ya condenada con anterioridad).
En el otro caso, se acusó a cuatro personas de haber quemado una iglesia evangélica en 2016, en un incidente donde no resultaron personas afectadas.
Este martes 7 de agosto, la Corte de Apelaciones de Temuco confirmó las condenas de 10 años y 1 día contra los hermanos Pablo y Benito Trangol, como autores del delito de incendio de la iglesia de Padre Las Casas.
Amnistía Internacional lamenta profundamente esta determinación, pues la Corte de Apelaciones tenía la posibilidad de remediar la injusticia sufrida por estos dos comuneros mapuche; sin embargo, decidió mantener una condena otorgada tras un juicio injusto que no respetó las garantías mínimas de un debido proceso.
“Es imperativo investigar a fondo estos crímenes y llevar ante la justicia a los responsables; sin embargo, esto debe hacerse siempre respetando el debido proceso para asegurar así un juicio justo, y con ello la dignidad y el derecho a la verdad de las víctimas y sus familias. Lo alarmante es que en ambos casos observados se produjeron irregularidades que claramente los convierten en juicios injustos, y hay razones para pensar que ello podría deberse a la identidad mapuche de las personas imputadas”, señaló Erika Guevara Rosas.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos ya condenó a Chile en 2014, debido a la aplicación de la ley “Antiterrorista” en contra de personas mapuche, en el caso “Norín Catrimán y otros v. Chile”.
Ello, principalmente, por haber hecho uso prolongado e injustificado de la prisión preventiva, por haber utilizado testigos anónimos como elemento principal para condenar, y por haber utilizado argumentación discriminatoria y estigmatizante en contra del pueblo mapuche.
El nuevo informe de Amnistía Internacional alerta que Chile no sólo ha incurrido nuevamente en las mismas conductas que motivaron aquella condena, sino que además ha cometido irregularidades adicionales, como el hostigamiento hacia algunos abogados defensores, testigos y familiares de los imputados y la utilización de pruebas ilegales, y cuyas denuncias al respecto no fueron investigadas.
Aunque en algunos de estos casos los tribunales intervinientes han descartado la calificación de “terrorista” del delito, se usaron mecanismos previstos en esta ley durante el proceso judicial.
“Tras el análisis realizado podemos concluir, sin lugar a dudas, que estamos frente a juicios injustos. Instamos a las autoridades chilenas a tomar medidas para corregir con premura los errores y evitar situaciones similares que pongan en descubierto la histórica discriminación en contra de personas mapuche”, dijo Ana Piquer, directora ejecutiva de Amnistía Internacional Chile.
Amnistía Internacional recomienda que las autoridades chilenas adopten, entre otras, las siguientes medidas:
– Garantizar justicia para las personas ya condenadas en ambos procesos judiciales: José Tralcal Coche, Luis Tralcal Quidel, José Peralino Huinca, Benito Trangol Galindo y Pablo Trangol Galindo.
– Modificar las normas constitucionales y legales que hacen que los juicios por delitos “terroristas” sean injustos, incluyendo una definición de “terrorismo” que se halle en plena concordancia con el principio de legalidad, la regulación de la prisión preventiva, el secreto prolongado de la investigación y el uso de testigos anónimos.
– Adoptar todas las medidas para que Fiscalías y policías actúen en forma objetiva y recaben las pruebas de manera adecuada. Además, se debe investigar exhaustivamente las denuncias de las pruebas obtenidas de manera ilegal y los malos tratos o apremios hacia imputados, abogados o testigos. Esto para evitar que se introduzcan pruebas ilegales en los juicios.
Escuche a Valentina Ballesta, investigadora de Amnistía Internacional para Sudamérica: