lunes, noviembre 25, 2024
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Los Recolectores, los Municipios y la Subcontratación

1El patético debut del Señor Jobet, recientemente nombrado Ministro del Trabajo, cuya actuación dejó entrever su nula capacidad de comprensión de uno de los problemas laborales más graves del país: la subcontratación y de que nada sirven las palmaditas, los cafecitos y otras “técnicas” que sobre administración se imparten en los templos académicos donde se rinde culto al dogma neoliberal, cuando afloran las realidades que reproduce dicho régimen.

Lo que evidenció la masiva huelga de los trabajadores del aseo público, es lo que ya ha sucedido en otros ámbitos, como: la salud, la educación, la previsión social, la prevención de los delitos, el transporte, la minería, entre otros dramas que viven millones de chilenos. La implantación de la subsidiariedad del Estado, como un principio fundacional socavó dramáticamente el cumplimiento de las funciones públicas más elementales, que corresponden a un país mínimamente organizado.

En realidad, subsidiariedad se ha convertido en sinónimo de un Estado negligente, que se desentiende de sus tareas principales, que delega discrecionalmente sus labores, sin importar si quien le reemplaza tiene los medios y los instrumentos para hacerlo.

De esa manera, la principal preocupación de un orden estatal neoliberal, ya no son los problemas socioeconómicos de sus súbditos, estos se relegan a un segundo o tercer plano; a privados, con o sin fines de lucro; o, en el mejor de los casos, en organismos administrativos supuestamente autónomos, como los municipios o corporaciones, pero que por su escaso margen de resolución, son profundamente dependientes.

Así, los niveles más altos y mayor capacidad resolutiva se pueden dedicar a tiempo completo a la preocupación central de los neoliberales de turno: el manejo de la Hacienda Pública, mediante el control restrictivo del gasto social y la conservación de las garantías institucionales para que el capital financiero opere a sus anchas.

De esta manera, en apariencia se descentraliza y se delega la administración del Estado, pero, en realidad, la concentración de las políticas económicas y financiera es un absoluto del orden estatal vigente y que mantiene cautivos a las entidades a las que transfiere la atención de las necesidades sociales básicas.

La subcontratación es la expresión de dichas políticas en el plano de la organización del trabajo asalariado, al igual que en el orden estatal, pues si bien, el mandante ya no es el Estado centralizado bajo las fórmulas neoliberales, aquí actúa una empresa pública o privada que traspasa a segundos y/o terceros actividades que esta realizaba habitualmente en su giro.

Cabe precisar, que la subcontratación no es un mecanismo original del capital financiero transnacional, pues históricamente se han dado tales procedimientos tanto en lo público como lo privado, en períodos previos al actual. Lo distinto a lo actual son sus características que buscan amparar las ganancias del capital, que ahora denominamos lucro y menoscabar a las remuneraciones, es decir, aquella parte destinada a la reproducción de la fuerza de trabajo.

Eso explica fácilmente la discriminación en materia de remuneraciones, derechos laborales y condiciones de trabajo que afecta a los trabajadores subcontratados en relación con sus pares contratados por las empresas principales o mandantes.

Lo perverso de ahora es, como en la situación de los trabajadores del aseo público, que dichos métodos lesivos para los trabajadores se han legitimado en el ámbito de lo público. Y así, podemos observar en hospitales, medios de transportes, servicios, universidades y otras instituciones públicas, una proliferación de trabajadores minusvalorados como tales, en relación a los decrecientes planteles de trabajadores permanentes, cuyo futuro, cada vez más próximo, es subemplearse en cualquiera de las fórmulas que ofrece el “mercado laboral”, como dicen los iniciados en el rito del lucro.

Ni siquiera se salvan quienes ejercen una profesión tradicional, como la Medicina o la Ingeniería, para no rodar por el abismo de la deslaboralización del trabajo, o sea, para caer en ámbitos de alta desprotección jurídica.

¿Acaso pretendía el Ministro Jobet que las empresas del negocio de la basura iban a acceder a las pretensiones de sus trabajadores?, cuando sus utilidades se obtienen sobre la base de reducir los costos laborales al máximo posible, o ¿que los Municipios desfinanciados con la sobrecarga de funciones delegadas por la Administración Central, sin traspaso de los recursos necesarios iban a obtener financiamiento por arte de magia?

Lo único efectivo es que la subcontratación dentro de la esfera público sólo trae carestía a sus trabajadores y provee de un servicio público con notorias deficiencias.

De allí la relevancia de la construcción de un nuevo orden estatal, en donde las funciones irrenunciables del Estado para el bienestar de la población, no sean subordinadas a su financierización, mediante su delegación a entidades subsidiadas miserablemente, lo que se traspasa automáticamente a su trabajadores y a quienes requieren esos servicios.

El subsidio, llámese subvención educacional, per cápita, o de cualquiera otra manera, es un mecanismo discriminatorio que pretende restringir al máximo el gasto en la función pública que corresponda y que comprende la subcontratación como factor de contención de las remuneraciones.

(*) Abogado laboralista

Fuente: ICAL

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