martes, junio 16, 2026
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La Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones decidió revocar la prisión preventiva del capitán en retiro, Pedro Fernández Dittus, en el marco de la investigación del caso Quemados. Paralelamente el tribunal confirmó la medida precautoria para Julio Castañer González, Iván Figueroa Canobra, Francisco Vásquez Verdara y Walter Lara Gutiérrez.

 

Según se estableció en el tribunal, la medida fue tomada «teniendo en especial consideración la excepcional situación procesal en que se encuentra el inculpado Pedro Enrique  Fernández Dittus».

La defensa de Fernández Dittus habría recurrido al procesamiento aludiendo a que el entonces responsable de la patrulla que participó en los hechos, ya había sido juzgado por la justicia militar por negligencia en el caso, siendo condenado en 1993 a 600 días de presidio.

El antecedente es preocupante, toda vez que la Corte Acoge el argumento de la cosa juzgada, pero no toma en cuenta los nuevos testimonios entregados por al menos dos conscriptos que integraban las patrullas militares, aquel fatídico 2 de julio de 1986, los que demuestran que en el primer juicio, Fernández Dittus mintió en forma cobarde y descarada.

En el recto sentido de la administración de justicia, el perjurio y el falso testimonio ante un tribunal no pueden constituir elemento de juicio para aplicar el principio de la cosa juzgada.

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