En un fallo trascendente, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de nulidad presentado en contra de la sentencia que autorizó al sindicato de las Empresas de Profesionales de Cade-Idape a afiliar y representar a trabajadores de una serie de empresas relacionadas por constituir la misma unidad económica.
El fallo unánime de los ministros Jorge Dahm y Dobra Lusic, y el abogado, Patricio González, descarta que se haya adoptado con infracción a la ley laboral la sentencia dada por el juez en primera instancia, Álvaro Flores. Por tanto, reafirma en su resolución que Amec Chile Ingeniería y Construcción Ltda; Amec International Ingeniería y Construcción Limitada, Amec Cade Servicios de Ingeniería Limitada; Amec Cade Ingeniería y Desarrollo de Proyectos Limitada; Amec Soth America o Agra Energy Services y Amec Americas Limited, constituyen una unidad económica.
“Que el razonamiento efectuado por el tribunal y las conclusiones fácticas a que arribó la sentenciadora (SIC), a la luz de los elementos del juicio, aparece correcto y acertado. En efecto, esta Corte, consciente del impulso económico y expansión de las empresas, advierte la interrelación existente entre diversas compañías, que por las características de tales vinculaciones y para efectos de certeza jurídica laboral, en definitiva resulta contener elementos comunes que permiten catalogarlas como una unidad económica, concepto doctrinal y jurisprudencial arraigado en el Derecho Laboral chileno, conforme al desarrollo mercantil referido”, sostiene el fallo del tribunal de alzada.
El origen de las acciones por parte del sindicato
Tras el fallo del seis de diciembre recién pasado, el Presidente del Sindicato de Profesionales de Amec, Julio Jaramillo, puntualizó los motivos que los llevaron en mayo de 2011 a interponer una demanda por unidad económica ante el Tribunal del Trabajo para que declare –por la vía legal- que Amec es una sola empresa en Chile.
“Desde 2008 la empresa empieza a operar con tres razones sociales o multirut (amca, amchi, ail) usando el subterfugio, dejó de contratar personal por empresa que tenía sindicato (fueron 550 ahora menos de 200), traspasa profesionales de una empresa con sindicato a otra sin sindicato, cruza los contratos entre los RUTs (subcontratos) y comienza a desconocer los contratos colectivos, luego en las negociaciones la empresa se muestra inflexible…” sanciona Jaramillo.
En tanto, SINTRAI –otro sindicato de Amec- recibió un fallo favorable sobre juicio de Unidad Económica de la Corte de Apelaciones solo hace unos días, ante lo que el Sindicato de Profesionales de Amec señala que esa razón social se transformó en inter empresa, presentando un recurso de Unificación de Jurisprudencia a la Corte Suprema.