Luego de informaciones de prensa acerca del pago múltiple de facturas por parte del Ejército a sus proveedores, especialmente la Fábrica de Maestranzas del Ejército (Famae), tal como establece el proceso que conoce la ministra Romy Rutherford, la Cámara de Diputados reaccionó rápido, y aprobó una segunda Comisión Investigadora sobre Fraude en el Ejército.
Indagar sobre los actos ilegales y/o fraudulentos cometidos en el Ejército de Chile, a partir del año 2005, con ocasión de los procedimientos de compra de bienes por parte de dicha institución a empresas públicas y privadas es el objetivo central de la nueva comisión investigadora ratificada hoy por la Sala de la Cámara de Diputados por 79 votos a favor, 33 en contra y 27 abstenciones.
Entre los antecedentes, los solicitantes mencionan pagos millonarios que se habrían realizado por parte del Ejército a sus proveedores para las mismas facturas. La instancia deberá rendir su informe en un plazo no superior a ciento veinte días.
La instancia, solicitada por 66 diputados/as, también deberá pesquisar sobre la eventual duplicación de facturas emitidas a diversos proveedores, según constaría en la contabilidad de dicha rama de las Fuerzas Armadas.
«Uno de los más relevantes hechos acontecidos, dentro de los antecedentes periciados en la investigación en comento, son los relacionados con las planillas de compras de armas registradas por la Brigada de Delitos Funcionarios (Bridef).
En dichos antecedentes se da cuenta de pagos de facturas por una total de 661 millones de dólares, de las cuales 200 millones de dólares corresponderían a pagos de la misma factura en más de una oportunidad, justificadas en compras con proveedores determinados, de diferentes bienes, entre ellos, venta de armas y sistemas bélicos, muchas veces definidos por contratos directos, entre ellos Famae y diferentes empresas extranjeras, como por ejemplo ‘Rafael Advanced Defence'», detalla el documento de solicitud.
Para el cumplimiento de su propósito, la referida comisión especial deberá rendir su informe en un plazo no superior a ciento veinte días y para el desempeño de su mandato podrá constituirse en cualquier lugar del territorio nacional.