viernes, noviembre 22, 2024
InicioPolíticaGobiernoPiñera Despacha Ley Piñera para la Contratación de la Familia Piñera

Piñera Despacha Ley Piñera para la Contratación de la Familia Piñera

Escarmentado por las críticas a la designación de su hermano Pablo como embajador en Argentina, Piñera decidió tomar el toro por los cachos.

Es así como despachó un proyecto de ley, que a pretexto de «modernizar» la administración del Estado y «aumentar los estándares de probidad y transparencia», regula, y por tanto permite, la contratación de familiares y parientes.

Según Piñera, el objetivo es prevenir y regular los conflictos de interés en el ejercicio de la función pública en los órganos de la Administración del Estado; por tanto, hay que pedir por abajo.

En materia de lugares comunes, Piñera no ahorró ninguno:

“Queremos decirle sí al mérito, al compromiso y a la responsabilidad en la función pública. Y queremos decirle no a la corrupción, al abuso y a la incompetencia en el servicio público. Queremos decirle sí a los funcionarios públicos honestos, comprometidos y competentes. Queremos decirle no a los funcionarios públicos que vienen a aprovecharse del sector público, a actuar como operadores político o simplemente a buscar beneficios personales”.

En materia de contratación de parientes, se permitirá, previa certificación de la idoneidad profesional de aquella parentela cuyo nombramiento se pretende llevar a cabo.

Para permitirlo, se exigirá un informe previo de parte del Servicio Civil en el caso del cónyuge, conviviente civil y parientes por consanguinidad hasta el 3° grado o por afinidad hasta el segundo grado de de ministros, subsecretarios, delegados presidenciales regionales, delegados presidenciales provinciales, gobernadores regionales, secretarios regionales ministeriales, jefes superiores de servicio, embajadores, alcaldes, senadores y diputados.

Como el eximio ilusionista que es, Piñera dijo exactamente lo contrario en su discurso:

“Queremos desterrar la cultura del amiguismo, del pituto, del operador político y restablecer en plenitud la cultura del funcionario público de verdad, honesto, comprometido, competente y dedicado al servicio de los demás y no al servicio de sí mismo”.

A pretexto de fortalecer la regulación de las inhabilidades e incompatibilidades en el ejercicio de la función pública, en la práctica, la reglamenta.

Así, para desempeñarse como Ministro, Subsecretario y Jefe de Servicio establece inhabilidad para quienes hayan realizado lobby respecto del organismo al que pretenden ingresar en los 12 meses anteriores al nombramiento. El día anterior, ya es válido.

A su vez, para ingresar a la Administración del Estado se establecerá una inhabilidad para quienes hayan sido sancionados por infracción a las obligaciones post empleo. O sea, secretismo.

Ex ministros de Estado, ex subsecretarios y ex jefes superiores de servicio no podrán prestar ningún tipo de servicio ni adquirir participación en la propiedad de entidades que hayan sido  fiscalizadas por las instituciones fiscalizadoras relacionadas con el ministerio en que desempeñaron funciones.

Ex ministros de Estado, ex subsecretarios y ex jefes superiores de servicio tendrán prohibición de realizar lobby o gestión de intereses, por 12 meses desde su cese de funciones, en favor de la institución en que se desempeñaron.

Senadores, diputados, secretarios de ambas cámaras y otros funcionarios de alto rango, tendrán la prohibición de contratar al cónyuge, conviviente civil y parientes por consanguinidad hasta el 3° grado o por afinidad hasta el 2° dentro de las corporaciones y servicios del Congreso Nacional; prohibición que se extiende al Contralor, el Subcontralor y otros funcionarios de alto rango de la Contraloría General de la República.

A ellos sì les cae la teja.

Todo muy bonito, pero respecto de la contratación de familiares y parientes, absolutamente innecesario.

La primera barrera contra el nepotismo es, sencillamente, abstenerse de designar parientes, mientras se desempeña un cargo público. Es lo que manda la probidad.

La segunda, es la legislación vigente y el estaturo administrativo, que establecen claras restricciones a la contratación de parientes en el aparato público.

Piñera, a pretexto de agregar una tercera, lo condiciona  a la «certificación de la idoneidad profesional», lo cual no sólo le otorga patente de corso al nepotismo, si no que le da la razón a los que piensan que Piñera pensó el proyecto pensando en su hermano Pablo.

El diputado Marcelo Díaz (PS) dijo que nadie puede estar en contra de que se avance en probidad y transparencia, pero que no le parece razonable «buscar mecanismos para que los parientes puedan ingresar a la administración del Estado, porque lo que se hace finalmente es favorecer ese ingreso”.

Agregó:

“Esto parece una ley con nombre y apellido, que se da a propósito del caso Pablo Piñera. Yo creo que las restricciones que hoy en existen en materia de ingreso de familiares al Estado son suficientes; podemos mejorarlas y perfeccionarlas. Pero no en la línea de facilitar el ingreso de parientes altas autoridades del Estado a cargos públicos. Me parece que sería un retroceso”.

“Lo que se pretende es legislar a partir de un caso particular”, sostuvo.

“En la Cancillería está regulado qué ocurre cuando hay vínculos familiares y creo que esa legislación es suficiente y se aplica. También está legislado lo que ocurre cuando se designa a un jefe y sus vínculos familiares. ¿Por qué entonces vamos a legislar para que el Presidente de la República o un Ministro de Estado puedan contratar en su gabinete a su primo, a su hermano o a su mamá? Me parece que retrocederíamos en términos de estándar de calidad y probidad en el sector público”, concluyó.

A su turno, el diputado Renato Garín (RD) dijo:

“Si bien el nepotismo en la clase política es transversal, lo que ocurre en este Gobierno es pornográfico”.

Sobre la contratación de familiares, agregó:

“El caso de Pablo Piñera quedó en entredicho, sin embargo, no tenemos con claridad un criterio jurídico diáfano. La Contraloría no se pronunció respecto al tema, el Presidente desistió del nombramiento, por ende, no sabemos cuál es el criterio público respecto nombrar a hermanos en cargos públicos. El caso a caso que plantea el Ejecutivo implica decir   que se relativizan los vínculos de parentesco, consanguinidad entre las personas en el Estado. Sea con méritos o sin méritos, el hermano del Presidente no puede ser embajador».

Este medio lo ha dicho y lo reitera: atentos con la legislación de Piñera, porque no da puntada sin hilo en dirección a la profundización del abuso neoliberal, disfrazada de «modernización», «probidad» y «transparencia».

RELATED ARTICLES

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

- Advertisment -

Most Popular