La Comisión de Constitución de la Cámara aprobó este miércoles una indicación para asegurar que los actuales condenados por crímenes de lesa humanidad cumplan la totalidad de sus penas en la cárcel, en el marco del proyecto que modifica las condiciones para acceder a la libertad condicional.
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Para tal efecto el texto enumera una serie de delitos por los que han sido condenados violadores de DD.HH,-como homicidio, secuestro o aplicación de tormentos-, para cuyos casos se prohíbe la libertad condicional si concurren además otras dos circunstancias: que los hechos punibles ocurrieran entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990, y que los responsables actuasen como agentes del estado o «con la aquiescencia, consentimiento o instigación de uno».
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El autor de la norma, diputado Leonardo Soto (PS), explicó que de tal forma «se asegura que esta clase de delincuentes no acceden a la libertad condicional y cumplan la totalidad de las penas a las que fueron condenados en la cárcel».
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«Son criminales de lesa humanidad que cometieron un conjunto de acciones vinculadas al terrorismo de estado durante un periodo muy concreto de nuestra historia del que tenemos que hacernos cargo, estableciendo una clara diferencia, en materia de beneficios extrapenitenciarios que estudia este proyecto, con los delincuentes comunes», añadió.
Junto a Soto presentaron la indicación los diputados Hugo Gútiérrez (PC), Daniel Farcas (PPD) y Raúl Saldívar (PS). Fue aprobada en la Comisión de Constitución por 7 a votos a favor y 5 en contra, con un rechazo en bloque por parte de Chile Vamos. Ahora, debe ser votada junto al resto del proyecto en la Sala de la Cámara.
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