La Corte Suprema declaró inadmisible un recurso de protección presentado en contra de la Cámara de Diputados por admitir a tramitación una moción parlamentaria en la que se pide declarar la nulidad de la Ley N° 20.657 o Ley de Pesca.
En fallo unánime (rol 6.906-2016) la Primera Sala de febrero del máximo tribunal integrada por los ministros Patricio Valdés, Héctor Carreño, Pedro Pierry, Guilermo Silva y María Eugenia Sandoval confirmaron el fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que declaró inadmisible la acción constitucional.
La sentencia de la Corte Suprema estima que no procede recurso de protección en contra de actos propios de la función legislativa
«Que no obstante los amplios términos en que la Constitución Política consagra el recurso de protección en su artículo 20, existen actuaciones que no son susceptibles de ser revisadas por esta vía. Así, por ejemplo, no procede el recurso de protección en contra de leyes, decretos con fuerza de ley, actos de gobierno, entendido estos como aquellos ejecutados en la esfera de la actividad política de la función ejecutiva. Lo mismo cabe señalar de los actos que son propios de la función legislativa y de las actuaciones que la integran, como la presentación de proyectos de ley, o la votación en las comisiones y en la Sala; casos en que, por lo demás, resulta imposible que pueda existir la necesidad de restablecer el «imperio del derecho», dice el fallo.
Agrega que:
«Lo anterior significa, en relación al recurso de protección, que mediante esta acción no se pueden impugnar actos que constituyen el ejercicio de atribuciones que el propio constituyente ha otorgado a otros órganos del Estado, como ha ocurrido en este caso, en que se pretende revisar la facultad de admitir a tramitación legislativa una moción parlamentaria, atentándose contra la congruencia y unidad que debe tener la Carta Fundamental. Estos actos integran lo que ha sido calificado por algunos autores como «cuestiones políticas» que no son justiciables.
Al respecto señala Segundo Linares Quintana en el «Tratado de la Ciencia del Derecho Constitucional Argentino y Comparado», citado por Francisco Zúñiga en el artículo «Control Judicial de los Actos Políticos. Recurso de protección ante las cuestiones políticas»: «Las cuestiones políticas no son justiciables simplemente porque comportan el ejercicio de facultades privativas de los poderes políticos, sino, fundamentalmente, porque implican un juicio de valor en función de la prudencia política, propio y exclusivo de los poderes políticos e impropio del poder jurídico que es el judicial».
Diputado Gutierrez: respaldo a la admisibilidad que le dio la camara de diputados al proyecto
Este lunes 4 de abril la Corte Suprema publicó el fallo que declaró inadmisible un recurso de protección presentado en contra de la Cámara de Diputados por admitir a tramitación una moción parlamentaria presentada por la bancada del Partido Comunista y la Izquierda Ciudadana, en la que se pide declarar la nulidad de la Ley de Pesca.
Adicionalmente, este martes 5 de abril se votará en la Cámara el informe de admisibilidad de otro proyecto de la bancada PC-IC, que busca anular el artículo 4to transitorio de la Ley de Royalty Minero.
Para el diputado Hugo Gutiérrez, “lo relevante es que la Corte Suprema ha rechazado un recurso de protección que buscaba invalidar y dejar sin efecto la tramitación del proyecto de nulidad de la Ley de Pesca. Ese objetivo político de los industriales pesqueros fracasó y ahora esperamos que la Cámara de Diputados pueda hacer efectiva la tramitación de este proyecto de Ley”.
El representante de la región de Tarapacá agregó que la sentencia deja “en claro que este es un trámite que cabe dentro de las facultades propias de la Cámara y no puede ser objeto de cuestionamientos externos, porque no hay nada que sea contra derecho”.
En ese contexto, cabe destacar que el otro proyecto presentado por la bancada PC-IC, que busca la nulidad del artículo 4to transitorio de la Ley de Royalty Minero -tras el escándalo surgido tras la publicación de correos entre el ex senador Pablo Longueira y Patricio Contesse, gerente de SQM- se votará el informe de admisibilidad en la Sala de la Cámara.
Para el diputado Gutiérrez, sería una muy buena señal que este proyecto sea tramitado al igual como sucedió con la nulidad de la Ley de Pesca. Chile