domingo, noviembre 24, 2024
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Violación de DD.HH: Piñera Presenta Proyecto de Ley para Protegerse de la Justicia Internacional

por Maximiliano Alarcón G., Víctor Herrero A.

El martes pasado el gobierno ingresó una iniciativa que podría transformar de raíz el Tratado de Roma y el compromiso de Chile con la Corte Penal Internacional.

Una de sus principales modificaciones es que quedaría en manos de autoridades políticas decidir el accionar en Chile de ese tribunal internacional. Ello ocurre cuando en La Haya avanza lentamente una acusación en contra de Piñera y otros altos funcionarios por supuestos crímenes de lesa humanidad ocurridos durante el estallido social.

El martes 12 de mayo el gobierno ingresó un proyecto de Ley a la Cámara de Diputados, que pasó inadvertido para gran parte de la opinión pública.

En el Mensaje Nº 063-368, el presidente de la República, Sebastián Piñera, junto al ministro del Interior, Gonzalo Blumel, el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Hernán Larraín, y el ministro de Relaciones Exteriores, Teodoro Ribera, despacharon al Congreso una propuesta que, en sus fundamentos, altera de manera sustancial el acuerdo suscrito por Chile para dar reconocimiento jurídico a la Corte Penal Internacional (CPI), con sede en La Haya.

“Resulta al menos curioso que, en medio de una pandemia nacional y global, el gobierno pretenda incorporar una legislación de estas características”, afirma Andrés Cruz, abogado, ex fiscal y docente de la Universidad de Concepción. “Esto me llama profundamente la atención”.

En efecto, la iniciativa del Ejecutivo parece ser una movida para anular posibles querellas internacionales en contra del gobierno por su actuar durante el estallido social.

Y es que las modificaciones que propone el gobierno dejarían al titular del Ministerio de Relaciones Exteriores como el primer filtro para aceptar o no la competencia de la Corte Penal Internacional, reemplazando la función que hasta hoy recaía en el Ministerio Público. “Esto es más que sospechoso”, asegura Cruz. “Entregar a un ministerio político esta facultad es un asunto delicado, toda vez que esa autoridad podría estar comprometida en defender a actores estatales acusados de crímenes de lesa humanidad”.

La Haya

El diario El Mercurio publicó el viernes pasado una nota al respecto en la página C-6, bajo el título algo críptico de “Gobierno ingresa proyecto para fijar marcos para la cooperación con el accionar de Corte Penal Internacional”.

En este artículo se presenta la visión del Ejecutivo, pero sin mencionar en mayor detalle que en Europa está avanzando un procedimiento para investigar la responsabilidad de las autoridades del gobierno en la dura represión durante el estallido social.

En efecto, el 2 de enero de este año, un grupo de abogados chilenos en Europa presentó un escrito antela la Fiscalía General de la Corte Penal Internacional (CPI), acusando a Piñera, Andrés Chadwick, Gonzalo Blumel, y al Director General de Carabineros, Mario Rozas, además de otros, de graves violaciones a los Derechos Humanos. En este escrito pedían investigar a los nombrados para establecer si habían cometido delitos de lesa humanidad tras el estallido social del 18 de Octubre de 2019.

El 15 de febrero, esa corte comunicó que había recibido el escrito. Y a mediados de abril, el tribunal internacional recibió más antecedentes del grupo, coincidente con la ofensiva gubernamental de cambiar las reglas del juego.

“En el mes de febrero, la Fiscalía de la CPI me informó que estaba evaluando la posibilidad de abrir una investigación y que se tomaría un tiempo en decidir”, afirma el abogado Ricardo Ignacio Bachmann, quien actúa como vocero del grupo de juristas y profesionales que han llevado adelante las acciones ante la CPI.

“No quiero crear falsas expectativas, pero pienso que existen posibilidades de que eso suceda ya que ha habido varias señales en ese sentido, principalmente, la reacción que ha tenido el gobierno de Chile al presentar ese proyecto de ley que pretende obstruir la acción de la CPI”, añadió.

El Congreso

Nuestro medio consultó a miembros de la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de la Cámara de Diputados, instancia en la que se debe discutir este proyecto de ley, pero dijeron desconocer su existencia de momento. Algunos legisladores nos aseguraron que se enteraron de esta iniciativa por el diario El Mercurio.

El diputado y presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores, Jaime Naranjo (PS), si bien se enteró por El Mercurio de este proyecto de ley, no tenía conocimiento de que ya había ingresado a la comisión. Después de llamar al secretario de dicha instancia y confirmarlo, revisó rápidamente el contenido y de inmediato le sorprendió.

“Tiene un capítulo especial que hace modificaciones a normas sobre extradición de personas. Esto me llama poderosamente la atención por las múltiples violaciones a los Derechos Humanos que hubo durante el estallido social. Da la impresión de que se busca proteger a algunas personas con estas modificaciones”, dijo a INTERFERENCIA.

“Me llama la atención que una materia tan trascendente e importante se haya metido de manera abrupta, sin mayores conocimientos y sorpresivamente. Lo que se ha querido privilegiar en este período parlamentario son medidas que tengan que ver con el Covid-19, y que de sorpresa se meta este mensaje de parte del Ejecutivo llama la atención, porque no forma parte de las materias que hemos concordado con ellos mismos, para darle urgencia y tratamiento”, agregó.

Andrés Cruz, abogado experto en estas materias, parece concordar. “Llama la atención que el gobierno introduzca este proyecto de ley en medio de la pandemia”, afirma.

El diputado Naranjo afirma que antes de que ingresara este proyecto, no existió ninguna conversación con el gobierno al respecto, ni siquiera informal.

INTERFERENCIA además contactó al diputado y vicepresidente de la Cámara, Francisco Undurraga (Evópoli), quien también aseguró no tener conocimiento del proyecto. “No lo he estudiado todavía, no me ha llegado. No se ha visto”, dijo.

Este diario digital además contactó a los diputados oficialistas Issa Kort y Marcela Sabat, como también a los congresistas del Frente Amplio, Vlado Mirosevic (Partido Liberal) y Pablo Vidal (Revolución Democrática), todos de la Comisión de Relaciones Exteriores.

Al cierre de esta edición no obtuvimos respuesta.

“El nuevo proyecto de ley en el fondo es un intento desesperado por garantizar la impunidad de Sebastián Piñera y otros altos representantes del Estado de Chile requeridos por el alto tribunal”, dice Bachmann.

“Es un planteamiento absurdo, se trata de que Piñera quiere proteger a Piñera, sin importar las consecuencias que acarrearía incumplir un tratado tan importante como el Estatuto de Roma”, finalizó el mismo.


Gobierno ingresa proyecto para fijar marcos para la cooperación con el accionar de Corte Penal Internacional

– En el Ejecutivo explican que no existía una norma expresa para ello

– Ministro Larrain dijo que se busca que actuaciones de la corte se realicen conforme a la legislación chilena.

por A. Von Baer

El miércoles, el Gobierno in-gresó al Parlamento un proyecto de ley para establecer mecanismos de cooperación entre la Corte Penal Internacional (CPI) y el Estado de Chile.

La iniciativa -suscrita por las ministros Hernán Larrafn (Justicia y DD.HH.), Teodoro Ribera (RR.EE) y Gonzalo Blumel (Interior)- se fundamenta, según indican en el Ejecutivo, en la necesidad de dictar una regulación que fije expresamente los marcos para la asistencia de las autoridades nacionales al accionar de la CPI, pues la ley que aprobó en 2009 el Congreso para reconocer la jurisdicción de ese tribunal -el que investiga crímenes de «trascendencia internacional», entre ellos los de lesa humanidad, según describe el proyecto- no habría reglamentado los procedimientos judiciales y administrativas para dar operatividad a las facultades del tribunal internacional.

Así, la iniciativa del Gobierno explica que se hace necesaria, pues los Estados partes del Estatuto de Roma «deben asegurar que en su derecho interno existan procedimientos aplicables a las formas de cooperación» que se establecen en él. Pero junto con ello, en el Gobierno explican que a raíz de los variados anuncios de denuncias ante instancias internacionales por eventuales casos de violacio-nes de DD.HH. durante la crisis social de octubre de 2019 por parte de algunas partidos políti-cas u organizacionales sociales, se hace pertinente delimitar un marco jurídico que refuerce el mensaje que entregó entonces el ministro Larraín, quien transmitió que en Chile existen organismos judiciales independientes encargadas de resolver esas materias.

«Siguiendo nuestro compromiso con los DD.HH., este proyecto ajusta nuestro ordenamiento legislativo nacional con el funcionamiento de la CPI. Se regula que cada vez que la corte tenga que hacer actuaciones en nuestro país, esos procedimientos se realicen en conformidad con los estándares de la legislación chilena», explicó Larraín, mientras que Ribera relevó la importancia de que «Chile asegure que en su derecho interno existan procedimientos aplicables a la cooperación para la investigación y enjuiciamiento de crímenes sometidos a conocimiento de ese tribunal».

Procedimiento

El proyecto comienza describiendo la forma de trasmisión y respuesta de las peticiones: deberán remitirse por escrito, al Ministerio de RREE, y manejarse de forma reservada, salvo que un juez de la Corte Suprema dicte lo contrario.

Luego, el texto regula la forma de abordar las solicitudes que formule la CPI para la detención y entrega de personas en territorio chileno, que estén siendo investigadas, enjuiciadas o condenadas por la corte.

Primeramente, la solicitud deberá ser remitida por el Minrel a un ministro de la Corte Suprema. De cumplir con los requisitos formales, el juez dictará la orden de detención.

Una vez producida la captura, en 48 horas se realizada una audiencia de control de la legalidad de la detención, en la que se podrán dictar cautelares o una libertad provisional, mientras se realiza la audiencia de entrega, hasta 20 días después.

Respecto de la resolución, se especifica que el juez deberá acoger la solicitud si esta «cumple con los requisitos establecidos» —cuadro en el cual el requerido podrá presentar un recurso de nulidad ante la Suprema—, o fundamentar detalladamente sus motivos para no visarla.

De ser acogida la petición de la CP1, el modo en el que se procederá a la entrega —dentro de 60 días— será acordado por el Minrel y la CS, procurándose que no se atente en contra de los derechos fundamentales. De hecho, se apunta que ‘la entrega podrá diferirse cuando, por motivos de salud de la persona requerida, su traslado pudiera poner en peligro su vida o agravar su estado», según determine el juez.

Además, el texto regula las solicitudes de detención previa —formuladas por la CPI antes de emitirse la solicitud formal, cuando la aprehensión se hace urgente—, las solicitudes de tránsito por el territorio nacional de un detenido v otras formas de asistencia del Estado chileno a la CPI.

En ese último ítem incluyen el identificar y buscar personas; practicar diligencias de pruebas; interrogar a una persona que esté siendo investigada o enjuiciada, o practicar allanamientos y decomisos.

Estas acciones, según se indica, deberán ser ejecutadas por el Ministerio Público, con autorización de un juez de garantía. De hecho, se critica que podrá denegarse una solicitud de asistencia «cuando su ejecución estuviera prohibida por el derecho chileno- o cuando recaiga en antecedentes cuya divulgación pudiese «afectar la seguridad nacional —punto que también aplica para cualquier entrega de antecedentes a la CPI—, o bien aplazarse su ejecución si interfiere con un caso en curso en Chile.

Además, se determina un procedimiento para «cuando la CPI estimare que una asistencia debiera ser ejecutada directamente por dicho órgano», lo que requerirá un pronunciamiento del Ministerio Público.

Y al concluir, se establece que el Minrel podrá impugnar la admisibilidad de una causa ante la CPI, a requerimiento de la Cate Suprema o el fiscal nacional, si se trata de un asunto que esté siendo o haya sido objeto de una investigación o juicio en Chile; así como también podrá objetar la competencia de la corte.

Fuente: El Mercurio; mayo 16, 2020.

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