lunes, diciembre 23, 2024
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Corte Suprema Removió a Notarios de las Firmas Brujas en Campañas Presidenciales

El ministro vocero de la Corte Suprema, Milton Juica informó que el Pleno del máximo tribunal dispuso la remoción a los notarios de Santiago Gloria Acharán y Roberto Mosquera, luego de un proceso disciplinario originado por irregularidades en la recolección de firmas para inscribir candidaturas presidenciales.

El ministro Juica dijo que «se había ratificado la sanción dispuesta por la Corte de Apelaciones de Santiago, que determinó sancionar a esos funcionarios y abrir cuaderno de remoción por conductas que se consideran graves  y que justifican la expulsión de aquellos funcionarios auxiliares del sistema de justicia. La Corte Suprema no innovó respecto de esas medidas y también aprobó la remoción», explicó.

Juica señaló que «el procedimiento  está casi terminado respecto de uno de los afectados  y también se vio la calificación de ellos, que también  importa la remoción».

Agregó que hay  algunas cuestiones de nulidad presentadas por la notaria Acharán, pero «desde el punto de vista de la tramitación, está resuelta».

Cabe recordar que los notarios removidos permitieron firmas falsificadas de los candidatos presidenciales Franco Parisi y Tomás Jocelyn Holt.

Caval

Asimismo, se le consultó sobre una encuesta en que se señala que la ciudadanía cree que se ha actuado de manera parcial favoreciendo a Natalia Compagnon en la causa denominada «Caval».

«No comparto nada  de esa percepción. El Poder Judicial es  independiente de cualquier otro poder del Estado (…) Las medidas cautelares  corresponden a situaciones especiales de peligrosidad  o de gravedad que -autónoma e independientemente y con seriedad- resuelven los jueces y que pueden ser conocidas por las Cortes de Apelaciones.  Las medidas cautelares pueden ser graves o menos graves,  pero afectan de alguna manera la libertad de los imputados. Así es que la percepción en realidad no compromete. Yo no sé qué va a pasar con respecto  a estas personas. Si son culpables van a ser condenadas. Si no son culpables  van a ser absueltas de acuerdo a los procedimientos donde se dan todas las garantías», concluyó Juica.

Respecto de la mala percepción sobre el sistema de justicia, expresó que «hay una cierta confusión del público sobre todo el sistema de seguridad y se confunden con funciones del Poder Judicial. Ciertamente,  hay una percepción negativa que hemos tratado de revertir para los fines de entregar información. No podemos contradecir, sino entregar toda la información que es necesaria para la opinión pública» dijo.

Apablaza y control de identidad

Sobre el caso del ex frentista Galvarino Apablaza, quien tiene una solicitud de extradición por el asesinato de Jaime Guzmán, señaló que la Corte Suprema no tiene ninguna injerencia en la parte política de este problema.

«La Corte tomó conocimiento de una  solicitud de extradición activa en una causa que afecta al señor Apablaza  y aprobó la extradición y dispuso que el Poder Judicial  y el gobierno argentino aceptara la tesis de Chile. Es un hecho público y notorio que la Corte Suprema  argentina concedió también  la extradición. Así es que desde el punto de vista jurisdiccional,  de los Poderes Judiciales de  Chile  y de Argentina, la extradición  está concedida. Argentina tiene un sistema distinto al de Chile. Hay una opción política del gobierno de querer o no dar la extradición. Es distinto al de Chile, por lo tanto, no podemos hacer nada más».

Consultado sobre la respuesta de la  Comisión Interamericana de Derechos Humanos a un fallo de la Corte Suprema sobre el caso de los ciudadanos venezolanos Leopoldo López y Daniel Ceballos, dijo que es un tema que nunca se ha visto en el Pleno de la Corte Suprema y que se refiere solo a un fallo de una de sus salas, en fallo dividido. Agregó que es un tema de competencia y que hasta ahora nadie ha solicitado un pronunciamiento del Pleno sobre esta materia.

Asimismo se le preguntó al ministro sobre la polémica por la agenda corta anti delincuencia y el proyecto de ley sobre control de identidad. Al respecto explicó que «la Corte Suprema tuvo una opinión sobre la agenda corta y planteó observaciones y aprensiones respecto de que estas facultades vayan a la policía»

Puntualizó que «en general esto puede traducirse en que todo acto de intervención de las personas, afecta las garantías ciudadanas y ese equilibrio se debe conservar adecuadamente porque puede  producirse también una exacerbación del poder punitivo, del poder policial  en contra de las garantías y la Constitución está para salvaguardar los derechos de los ciudadanos».

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