viernes, noviembre 22, 2024
InicioArchivoMedioambientePunta Alcalde e Institucionalidad Ambiental

Punta Alcalde e Institucionalidad Ambiental

El reciente fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago mediante la cual se revocó la Resolución de Calificación Ambiental del proyecto termoeléctrico Punta Alcalde otorgada por el Comité de Ministros, nuevamente ha suscitado declaraciones de diversos sectores, poniendo al centro de la discusión la institucionalidad ambiental, y particularmente el proceso de calificación ambiental de proyectos de inversión.

Entre las reacciones aparecidas en la prensa, surge con fuerza un cuestionamiento a la judicialización de proyectos, como si este camino fuera malo en sí mismo. Con ello, se pretende instalar la percepción que rechazar o cuestionar proyectos dañinos para la salud de las personas o los ecosistemas es malo para el país. Existe incluso una suerte de culpabilización hacia quienes llevan estos casos a los tribunales –cuyo objetivo no es otro que hacer valer su derecho a vivir en un medio ambiente de libre contaminación, garantizado en el artículo 19 N° 8 de la Constitución.

Lamentablemente, con esto se invisibiliza el fondo de los problemas que llevan a las comunidades y personas a recurrir a los tribunales de justicia: la desigualdad que establece la ley y el sistema de evaluación entre las personas y las empresas que pretenden realizar un proyecto, la frustración que provoca en la gente que sus observaciones no sean consideradas y sólo exista una formalidad al respecto, la ausencia de apoyo desde la institucionalidad pública hacia las personas.

En definitiva, el hecho de que no exista la voluntad real de los personeros públicos y privados que hacen este tipo de declaraciones de comprender cómo funciona para los ciudadanos el sistema de evaluación ambiental; por el contrario, sus opiniones validan y defienden el sistema y justifican la aprobación de proyectos basados en una supuesta urgencia de inversión para sostener el sistema eléctrico y con ello la economía del país.

Como consecuencia surge la pregunta sobre cuál es el rol del Sistema de Evaluación Ambiental: ¿validar o aprobar proyectos sin importar los impactos ambientales? ¿O resguardar la salud de las personas, el medio ambiente y tutelar la preservación de la naturaleza, tal como establece la Constitución, aplicando un instrumento preventivo de gestión ambiental, como es la evaluación ambiental de proyectos?

La termoeléctrica Punta Alcalde, es un proyecto de propiedad de la empresa Endesa que pretendía instalar una central térmica en la provincia del Huasco, Región de Atacama, con dos unidades de generación de 370MW cada una, es decir, una potencia instalada de 740 MW, y que utilizaría como combustible carbón subituminoso. El proyecto ingresó a evaluación ambiental en febrero de 2009 y su tramitación duró cuarenta meses, durante los cuales se solicitaron a la empresa aclaraciones, rectificaciones y ampliación de información (ICSARA), que motivaron la elaboración de 5 informes.

En varios de éstos se solicitó al proponente que entregara información sobre la contaminación al aire por material particulado PM10, situación que era de extrema relevancia para cautelar la salud de los habitantes, más aun cuando la zona había sido declarada como saturada para estos contaminantes. Debido a que la empresa no entregó la información requerida, la Comisión de Evaluación Ambiental (CEA) de Atacama, compuesta por los SEREMIS y el Intendente, basados en los informes emitidos por los servicios públicos con competencia en el tema, calificó desfavorablemente el proyecto, es decir, no le otorgó el permiso ambiental.

Endesa presentó entonces una reclamación administrativa ante el Comité de Ministros –compuesto por Medio Ambiente, Salud, Agricultura, Minería, Energía y Economía—, que decidió anular lo resuelto por el CEA y en diciembre de 2012 le otorgó una Resolución de Calificación Ambiental favorable al proyecto. Esto motivó que se presentarán recursos de protección por parte de la comunidad, los que a través del reciente fallo de la Corte de Apelaciones fueron acogidos y en los cuales se retrotrae el proceso de calificación ambiental hasta antes de la reunión del Comité de Ministros que cambió la resolución desfavorable por una favorable.

En su fallo la Corte consideró que los Ministros de Estado no aplicaron la ley ambiental como era debido y que su resolución es arbitraria e ilegal, ya que para aprobar la termoeléctrica no se dio una opinión fundada y coherente con los antecedentes y la evaluación que se hizo en el proceso de calificación ambiental; además, señala que se usaron antecedentes que no estuvieron a la vista en el proceso de calificación, como es el acuerdo entre Endesa y CAP, en definitiva, que este grupo de Ministros no actuó de acuerdo a lo establecido en la ley.

El Comité de Ministros y particularmente los Ministros de Economía, Minería y el subsecretario de Medio Ambiente, han realizado declaraciones bastante desafortunadas respecto al fallo y han señalado por la prensa que recurrirán a la Corte Suprema para revertir este fallo, mientras que otros sectores han manifestado su preocupación por la judicialización de este tipo de proyectos.

Esta situación devela una vez más la crisis de la institucionalidad ambiental y particularmente del Servicio de Evaluación Ambiental, dado que existe un sector, en general representado por el gran empresariado y las autoridades, que se empecinan en aprobar proyectos a toda costa, buscando cualquier resquicios para hacerlo, como fue en este caso; por otro lado, muchas personas se sienten pasadas a llevar, no consideradas y tienen que enfrentar grandes proyectos en la mayor indefensión por parte de las instituciones públicas, contando sólo con un instrumento para hacer valer sus derechos: recursos de protección, pues desde el inicio de los procesos de calificación ambiental saben que tendrán que enfrentar situaciones adversas, desiguales y que lo más probable es que los proyectos se aprueben independiente de sus comentarios, observaciones y de las irregularidades cometidas en el proceso de calificación ambiental. Entonces ¿de qué se sorprende la autoridad y los grandes empresarios si no han sabido ni querido promover un sistema que garantice la igualdad ante la ley?

(*) Directora de Terram

Fuente: El Dínamo

RELATED ARTICLES

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

- Advertisment -

Most Popular