viernes, diciembre 27, 2024
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La Ley de Pesca No Puede Esperar

Desde fines del mes de septiembre del presente año, obra en las manos del Subsecretario de Pesca, el informe entregado por la FAO y realizado por dicha entidad a instancias del gobierno de Chile, a fin de obtener su pronunciamiento en materia de administración pesquera, con miras a introducir reformas al marco legal vigente.

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Desconocemos el contenido del informe y es de esperar que el gobierno lo dé pronto a conocer. Lo anterior, debido a que dicho instrumento ha sido una de las razones esbozadas para aplazar la revisión de la ley de pesca, pues se estima que en base a su contenido, se podrá avanzar en la reforma que tantos pescadores anhelan y sobre cuyo origen existe un manto de oscuridad.

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Uno de los puntos que obligatoriamente debe tratar el informe, y sobre el cual existe una pugna de magnitudes, es el que incide las licencias transables de pesca y su duración, las cuales permiten al sector industrial operar en pesquerías por veinte años y con alta asignación de cuotas de extracción, punto que el sector artesanal ha combatido arduamente.

También esperamos que traiga el esperado informe sugerencias en materia de subastas pesqueras, y en especial, que vayan en el sentido de que es necesario considerar al sector artesanal, pues el pasado, no fue más que un traje a la medida para el sector industrial.

En general, el anhelo es que el informe permita crear un nuevo marco regulatorio. Sin temor. Las voces que se alzaron y que pretendieron atribuir propiedad sobre el marco regulatorio, a fin de advertir sobre actos expropiatorios en el sector industrial, hoy han quedado en el pasado.

La denominada “Ley Longueira” modificó la duración de las autorizaciones de pesca, al otorgar las licencias transables clase A y nadie reclamó por una “expropiación” de la duración indefinida de las referidas autorizaciones. Hemos superado los criterios “Correa” y “Feliú”, contenidos en los informes en Derecho elaborados a petición de la industria, en su oportunidad.

No puede pretenderse propiedad sobre todo un marco normativo, no puede pretenderse propiedad sobre una mera autorización que solo habilita al ejercicio de un derecho preexistente. El hecho que el ordenamiento permita la realización de negocios jurídicos sobre aquellas, no trae como consecuencia el incidir en su naturaleza jurídica. Son meras autorizaciones, susceptibles de modificarse.   

Esperamos que el aludido informe de la FAO permita llevar a cabo un trabajo que integre a todos los sectores del rubro, con miras a resguardar la sustentabilidad de los recursos y bajo una premisa fundamental,  cual es, que el colapso de las pesquerías no es atribuible al sector artesanal, y que ello no es más que el resultado de una negligente política de administración de los recursos hidrobiológicos por parte de Estado de Chile.  

Por su parte, recordamos que los cuestionamientos de legitimidad en el origen de la normativa pesquera, nunca se han posado sobre el pescador que hace pesca de subsistencia, sino sobre aquellos que realmente han depredado el mar chileno, por ende tal es el rumbo que deben trazarse las venideras reformas.

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Si las pesquerías colapsadas o sobreexplotadas fueran entregadas exclusivamente a quienes realizan pesca de subsistencia, las mismas serían recuperadas en un lapso mucho más breve que lo proyectado en base a las políticas implementadas, conforme al marco regulatorio actual.

Ojalá se avance a favor de todo un sector, y en especial de los más postergados, y que los restantes informes encargados por la Subsecretaría de Pesca, vayan en el mismo sentido, a fin de lograr una nueva ley de pesca que rompa con el actual paradigma.

Sin temor.

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(*) Abogado, asesor legal de FEDEPES, profesor de derecho económico, asesor en derecho pesquero

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