lunes, diciembre 23, 2024
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En Qué Consiste y Cuáles son los Objetivos de la Ley de Inclusión Escolar

La Ley de Inclusión Escolar, que hace parte de la Reforma a la Educación, y que empieza a regir el 1 de marzo, tiene como principal objetivo mejorar la calidad de la educación. En efecto, todos los recursos que reciben los establecimientos deben ser invertidos en fines educativos, se elimina la discriminación arbitraria y se garantiza el derecho a la educación, entre otras disposiciones.

La subsecretaria de Educación, Valentina Quiroga, junto al secretario ejecutivo de la Reforma Educacional, Andrés Palma, y al superintendente de Educación, Alexis Ramírez, explicaron mediante una conferencia de prensa los principales beneficios de la Ley de Inclusión Escolar, que entra en vigencia el 1 de marzo de este año.

En primer lugar, la subsecretaria Quiroga explicó:

“Esta es una ley que establece un importante aumento de recursos para poder mejorar la calidad de la educación. Cerca de 800 establecimientos que el año pasado cobraban dejarán de hacerlo este año, beneficiando a más de 240 mil estudiantes.

El secretario ejecutivo de la Reforma Educacional, Andrés Palma, explicó el fuerte aumento de recursos que recibirán los establecimientos que reciben subvención del Estado.

Detalló que la Subvención Escolar Preferencial aumentará en un 20%. De este modo, los alumnos y alumnas de primero a sexto básico pasarán de recibir $39.363 a recibir $47.236, (aumento de $7.873), mientras que los alumnos y alumnas de séptimo a cuarto medio pasarán de recibir $26.235 a recibir $31.481 (aumento de $5.246).

Además, si el establecimiento es gratuito y está en SEP podrán recibir, adicionalmente, la “SEP ampliada” para alumnos preferentes ($23.618 de primero a sexto básico y $15.740 de séptimo a cuarto medio).

Los establecimientos que declaran no tener fines de lucro y estén en SEP, recibirán, además, el aporte por gratuidad de $5.809 por cada uno de sus alumnos.

En ese sentido, Palma remarcó que este significativo aumento de recursos tiene directa relación con la calidad porque “todos los recursos nuevos que se están aportando están asociados a que el establecimiento tenga un plan de mejoramiento educativo”, y agregó que con la ley “a partir del 1 de marzo no sólo son fiscalizables y se deben rendir los recursos SEP, sino que todos los recursos deben estar asociados a fines educativos”.

Palma puntualizó que «los padres y madres pueden estar tranquilos porque no habrá cambios fundamentales en los establecimientos educativos en la actividad docente o académica; habrá cambios en organización y recursos. Todos los establecimientos adscritos aumentarán sus recursos. Las familias pueden estar tranquilas los establecimientos funcionarán con la misma lógica pero con muchos más recursos, y no podrán destinar los recursos del Estado más que a su propio proyecto educativo, este sentido hay un cambio en la gestión de establecimientos».

Por otra parte, el superintendente de Educación, Alexis Ramírez, expresó:

“La Ley de Inclusión genera un nuevo marco en materia de la protección del derecho de la educación”.

Sin embargo, aclaró que el reglamento interno de los establecimientos debe ser respetado por la comunidad educativa. Sobre este punto, y en relación a las dudas que han surgido por el uso del uniforme escolar, Ramírez explicó:

“Es una definición que debe tomar cada establecimiento, puede ser obligatorio. Lo que planteamos es que si es obligatorio y tiene ciertas características se debe respetar. Lo que planteamos es que dentro del menú de alternativas de sanciones los establecimientos no incorporen medidas que tengan que ver con marginar al estudiante del proceso educativo”.

Finalmente, la subsecretaria Quiroga remarcó que “con esto está bastante claro que la Reforma Educacional está en marcha” y agregó que en la página web del Ministerio de Educación www.mineduc.cl las familias podrán informarse de todos los detalles de la Ley de Inclusión Escolar y, por lo tanto, todos los actores pueden consultar”.

Los principales cambios que trae la nueva Ley de Inclusión Escolar

El próximo martes 1 de marzo comenzará a regir la nueva Ley de Inclusión Escolar, que fue promulgada en mayo pasado por la Presidenta Michelle Bachelet, que modifica varios cuerpos legales y promueve grandes cambios en el sistema educativo.

La iniciativa establece, entre otras cosas, el principio de no discriminación arbitraria e inclusión y el principio de gratuidad progresiva en los establecimientos subvencionados que reciben aportes permanentes del Estado.

El cuerpo legal también señala que todos los recursos que reciba un sostenedor deben destinarse únicamente para los fines educativos descritos en la ley, impidiendo las operaciones entre partes relacionadas.

El secretario ejecutivo reforma educacional, Andrés Palma, explicó que «los establecimientos educacionales no podrán destinar los recursos que reciben del Estado más que a su propio proyecto educativo, es decir, todos los establecimientos, tengan copago o sean gratuitos, sean subvencionados o de administración delegada, sólo podrán destinar los recursos que aporta el Estado al proyecto educativo».

«Hay un cambio en la gestión de los establecimientos, porque ya no podrán sacar recursos de la educación para destinarlos a otras actividades si estos recursos los pone el Estado», añadió el ex parlamentario.

También se determinan nuevos requisitos para recibir la subvención escolar, como que el sostenedor debe estar constituido como persona jurídica sin fines de lucro, debe ser propietario del inmueble donde funcione el establecimiento y se deben establecer programas de apoyo para los estudiantes con un bajo rendimiento académico.

Procesos de admisión

También se establecen derechos de los estudiantes respecto a su permanencia en los colegios y que los procesos de admisión deben ser transparentes, por lo que se prohíbe la petición de antecedentes socieconómicos a la familia del postulante y el nivel de escolaridad, estado civil y situación patrimonial de los padres o apoderados.

La normativa instala un nuevo proceso de admisión por el cual los padres, madres o apoderados serán quienes decidan el establecimiento donde estudien sus hijos o pupilos y no al revés.

Asimismo se crea la subvención preferencial para alumnos preferentes, siendo estos los pertenecientes al tercer y cuarto quintil, cuyo monto equivale a la mitad de la que corresponde a los alumnos prioritarios de la SEP actual y aumenta el valor de la subvención y aportes que reciben los alumnos de la Ley de Subvención Escolar Preferente en un 20 por ciento.

Con esta ley son 764 los establecimientos que pasarán a ser gratuitos, lo que beneficiará a unos 240 mil jóvenes.

La implementación de la norma tiene un carácter gradual, lo que permitirá avanzar de manera responsable con los reglamentos que la componen y se espera el 93 por ciento de los alumnos de Chile estudien de manera gratuita.

Apariencia de los estudiantes

Sobre la apariencia de los estudiantes, la ley dictamina que los alumnos no podrán ser sancionados con expulsión o suspensión de clases por no cumplir, por ejemplo, con su uniforme, sin embargo, desde el Gobierno insistieron en que los reglamentos internos de cada establecimiento deben ser respetados.

La subsecretaria de Educación, Valentina Quiroga, aclaró que «no es que los establecimientos puedan tener un reglamento interno, los establecimientos deben tener un reglamento interno, el que tiene que ser respetado por la comunidad».

«Las familias, al momento de adscribir a un establecimiento, tienen que estar en conocimiento, al menos, de dos elementos fundamentales: uno, el proyecto educativo; y dos, el reglamento interno», añadió.

En tanto, el superintendente de Educación, Alexis Ramírez, sostuvo que «a partir de la Ley de Inclusión se refuerza este criterio de que no se pueden aplicar medidas que signifiquen discriminación arbitraria».

«Respecto de personas que son estudiantes y son marginados por temas relacionados con su apariencia, los establecimientos tienen, si hay un acuerdo respecto del uniforme escolar, lo que se plantea es que ese acuerdo se respete», agregó Ramírez.

El superintendente concluyó que «si hay estudiantes que por alguna razón no pueden llegar, cumplir con esa definición que está en el reglamento y si el establecimiento conviene que eso amerita algún tipo de medida disciplinaria, la puede tomar».

 

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