domingo, diciembre 22, 2024
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El Fallo de La Haya: Un Balance

Los resultados entregados el día 24 de septiembre del presente año han generado controversia dentro de los analistas chilenos. El abrumador resultado de 14 votos a favor frente a 2 votos en contra de que la Corte Internacional de Justicia (en adelante CIJ) se declarase incompetente, perfila como un éxito rotundo de la gestión mediática por parte de Bolivia para presentar su demanda de obtener una salida soberana al mar.

 

En los hechos, a pesar de lo enunciado, Chile se encuentra bastante bien posicionado.

¿Qué dictaminó la Corte? ¿Cuáles son las posibles repercusiones de lo ocurrido? ¿Cuáles son los principales efectos de lo ocurrido?

¿Qué dictaminó la Corte?

Si nos ceñimos a lo planteado por la CIJ, esta desestimó todos los argumentos interpuestos por Chile para declarar a la Corte como incompetente de conocer el fondo de la problemática.

En segundo lugar, la Corte fue clara en señalar en su declaración, en el punto 32, que la Litis (el objeto en discordia) no es que Bolivia tenga una salida al mar definida por la propia Corte, sino que el Litis se encuentra en la necesidad de que Chile y Bolivia negocien.

Por tanto, tenemos certeza de que la CIJ desea pronunciarse sobre su competencia para obligar a Chile a negociar sobre una salida al mar, pero no del producto de la negociación, pues ella se ampara en el principio de autonomía de los Estados y su resultado depende de los Estados en cuanto tales.

En tercer lugar, no se ha puesto en cuestionamiento el Tratado de 1904, por lo que la soberanía territorial y marítima de Chile no se ha puesto en duda.

En síntesis, como señala el propio informe de la CIJ, lo que ha decidirse es si “debe negociar o no de buena fe con Bolivia una salida soberana al mar”.

Las repercusiones

El fatalismo se ha apoderado de la opinión pública chilena, señalando que ésta ha sido la peor trastienda en materia de negociación internacional en la historia de Chile. Otros señalan que Chile debe salir del Pacto de Bogotá por obligarlo a ir a la CIJ a resolver sus problemas con sus vecinos o con quien sea (entre ellos Jorge Tarúd del PPD y José Edwards, de RN).

Sin embargo, hay quienes pensamos que ambas declaraciones son inoficiosas, por lo siguiente:

Chile ha perdido más territorio con Argentina que con cualquier otro actor internacional. El tratado “aquadivortium” de 1881 firmado en plena Guerra del Pacífico nos obligó a ceder gran parte de nuestra Patagonia (ahora rica en hidrocarburos y ganado) para evitar el ingreso de Argentina en la guerra.

Sumemos a esto último Campos de Hielo Sur para recordar que con los argentinos parece no haber un problema de patriotismo a la hora de reconocer pérdidas de soberanía territorial. Con Perú solo perdimos un territorio que no estaba plenamente definido en el Tratado de Lima de 1929, y se perdió por una mala gestión de la Cancillería respecto al Litis (cuestión que nos abrumará per secula si mantenemos nuestro modelo de política exterior así como está).

Con Bolivia, suceda lo que suceda, será una decisión entre iguales basada en una forma de arbitraje decidida anteriormente por las partes.

Con respecto a salir del Pacto de Bogotá hay dos objeciones, ambas de Derecho.

La primera se basa en que aunque salgamos del Pacto, las obligaciones de Chile con sus principios tienen vigencia de un año, por lo que nada garantiza que en ese breve lapso se nos apliquen otros juicios aún más problemáticos. La segunda versa sobre la naturaleza del Pacto.

Este se trata sobre los mecanismos de resolución pacífica de conflictos. En su artículo 1 el Pacto señala la obligatoriedad de los países a resolver sus diferencias de forma pacífica, siguiendo los cauces legales necesarios para llegar hasta una instancia final, como lo es la Corte.

Eso significa que salir del Pacto nos volverá un país que no reconoce la diplomacia y el arbitraje como forma de resolución de controversias, lo que sería nefasto para la reputación internacional de Chile.

Debemos recordar que para llegar a la CIJ se deben agotar las instancias de arbitraje anteriores, por lo que Chile es plenamente responsable de lo que nos acontece en la actualidad: una concepción obsoleta sobre el rol de los tratados y el Derecho Internacional, y una sordera crónica que nos impide dialogar con otros Estados con altura de miras, judicializando cualquier diferencia entre Estados.

Los efectos

Si pudiésemos sintetizar lo sucedido en La Haya, las conclusiones se resumen en tres.

En primer lugar, la Corte no posee competencia para hacer que Chile ceda soberanía en ninguna de sus formas.

Esto se debe, en segundo lugar, a que el Litis en cuestión es la obligatoriedad de Chile en negociar con Bolivia: el contenido y producto de la negociación depende de las partes y principalmente de Chile, como parte de sus actos jurídicos unilaterales.

Finalmente, debemos tomar como lección la forma en la cual estamos llevando a cabo nuestra política exterior: el legalismo como modelo de política exterior nos llevará al desfalco territorial.

(*) Área Legislativa ICAL

Fuente: ICAL

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