sábado, noviembre 23, 2024
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Insólito: Entró a Hospital Naval a Operarse de una Rodilla y Salió Muerta

Un grave caso de negligencia médica quedó al descubierto en un fallo de primera instancia de la Corte de Apelaciones de Concepción. «Fisco deberá pagar millonaria condena judicial por negligencia médica en Hospital Naval de Talcahuano de María Angélica González Bustos, de 65 años, ingresada al Hospital Naval aquejada de artrosis a la rodilla y fallecida inexplicablemente por contenido gástrico en las vías respiratorias, por Incalificable negligencia médica.

«(.) Dar los medios que sean necesarios para mitigar y ojalá terminar con el dolor de los sufrientes y en este sentido sólo es posible permitir que el ocio útil, dedicado a la reflexión, el estudio, la recreación, la socialización y todo lo que signifique abrir nuevas puertas y nuevas oportunidades para superar los dolores de la ausencia de ese ser querido, son los que deben apreciarse monetariamente».

Ésta es parte del conmovedor fallo en primera instancia, de la Corte de Apelaciones de Concepción este miércoles 15 de enero. sobre el caso.  Allí se ordena remendar, con un total de 150 millones de pesos, en parte, el dolor del esposo y las dos hijas de María Angélica González Bustos, de 65 años, ingresada al Hospital Naval aquejada de artrosis a la rodilla y posteriormente fallecida inexplicablemente por contenido gástrico en sus vías aéreas, comprobando la Justicia que fue por negligencia médica.

La responsabilidad del Estado

El senador Alejandro Navarro, junto a la familia de María Angélica, detallarán que «la responsabilidad de los hechos recaen en el Estado, por haberse acreditado la acción culposa de los agentes del Hospital Naval que participaron». Asimismo, el parlamentario en conjunto con su equipo jurídico afirmarán, basado en la sentencia, que «se actuó con descuido y negligencia, ya que no se aplicó diligentemente los procedimientos para tratar la bronconeumonía y distress respiratorio; es más, quedó demostrado que hubo con acciones y omisiones negligentes que, como dice la Justicia, estuvieron conectadas causalmente con el resultado muerte de la paciente».

«Un factor clave», según adelantó Navarro, «es el testimonio de un médico testigo, quien manifestó que el cuadro de neumonía aspirativa que sufrió María Angélica era previsible y pudo haber sido evitada tomando las medidas adecuada, tan elementales, como el ayuno de la paciente».

Y, siendo más explícito el fallo, Navarro reconociendo lamentar todo lo ocurrido, destacó: «Hay una parte en que señala que al sentenciador le impresiona la circunstancia que el equipo médico que atendió a la paciente haya dirigido su atención a la parte abdominal y no donde se encontraba el origen de la enfermedad que llevó a la muerte a la paciente, esto es, problemas pulmonares y respiratorio, todo lo que lleva a presumir un cuadro de suma negligencia por parte de los profesionales que atendieron a la paciente».

María Angélica tenía el alta cuatro días después, pero falleció

El legislador de la Región del Biobío relató que «el caso se remonta al jueves 15 de marzo del 2007, cuando ingresó la paciente al Hospital Naval por encontrarse aquejada de una artrosis a la rodilla izquierda, para comenzar así con el proceso pre quirúrgico de poner un implante reparatorio, lo que estaba programado para el día siguiente».

«Sin embargo, -continuó Navarro- de pasar a un problema de la rodilla y de ser operada, María Angélica tuvo dolores abdominales, agudizándose hasta tener un sangramiento digestivo. Por ello, se le efectuó un estudio imagenológico abdominal que no aclaró, el porqué de su dolencia. Se le aplicó, entonces una exploración quirúrgica de su abdomen. Dos médicos dijeron que no tenía isquemia (insuficiencia circulatoria que impide satisfacer requerimientos del intestino), mientras que otro dijo que sí».

En ese marco de confusión, se empezó a originar la negligencia, según Navarro, que siguió comentando: «Al momento de ser intubada, sin que hasta hoy se explique, se le encontró contenido gástrico en sus vías aéreas. Y así, la tuvieron que trasladar a la Unidad de Cuidados Intensivos del Hospital Naval, con Bronconeumonia Aspirativa y un Síndrome de Distress Respiratorio del Adulto, siendo asistida mediante ventilación mecánica».

«Y se empeoró todo», señaló Navarro. «A María Angélica le volvieron a explorar el abdomen. Se encontró gran cantidad de líquido intraabdominal con coágulos, con un cuadro de peritonitis y más. Se agravó. Tuvo una falla orgánica múltiple, por un síndrome de distress respiratorio del adulto y a una neumonía aspirativa y falleció».

Así fue denunciado el hecho por el senador Alejandro Navarro, el abogado Adolfo Ortega, Marco Figueroa y Carlos Samur, configurando la «demanda ordinaria de indemnización de perjuicios civiles extracontractuales por daño moral, causa rol 2645-2007». Y tal como lo corroboró recientemente la Corte de Apelaciones sobre el fallo del 2° Juzgado Civil de Talcahuano, Navarro concluyó, enfatizando lo anteriormente mencionado:

«Los médicos por enfocarse en la parte abdominal, no atendieron los problemas pulmonares y respiratorios que originaron la muerte de María Angélica. Por lo tanto, esperamos que este caso sea un ejemplo para la comunidad médica y marque un precedente ejemplar en los próximos procedimientos médicos».

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