El Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) no apelará el fallo emitido recientemente por la Corte de Apelaciones de Santiago que lo obliga a entregar a una víctima de la dictadura toda la información relativa a su calificación como tal por parte de la Comisión sobre Prisión Política y Tortura (Valech 1).
La semana pasada dicho tribunal acogió un recurso de protección presentado por la víctima, luego que el INDH se abstuviera de entregarle todos los antecedentes sobre su proceso de calificación por parte de dicha instancia. Lo anterior debido al secreto de 50 años que recae sobre dicha información de acuerdo a lo señalado en el artículo 15 de la ley 19.992, que creó la comisión Valech y estableció medidas de reparación.
En su fallo, la Corte de Apelaciones acogió el argumento de la solicitante en cuanto a la excepción al secreto establecida en la misma ley 19.992, que permite a los titulares de los documentos entregados a la Comisión Valech 1 acceder a los mismos.
Cabe señalar que dicha excepción se refiere sólo a la documentación aportada por cada víctima (testimonios, certificados, etc.) y que en este caso fue entregada a la solicitante. La excepción no rige para la información producida por la comisión en el desempeño de sus funciones, como la relativa a la calificación de las víctimas que requiere la solicitante.
En su Informe Anual 2015 el INDH enfatizó, como lo ha hecho en sus informes anuales anteriores, la necesidad de reformar la Ley 19.992 con el objeto de que dichos antecedentes puedan ser entregados a la justicia, si las víctimas así lo deciden y no afecta derechos de terceros.
Lo anterior se plantea en consecuencia con el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas que expresó su preocupación por el “carácter secreto de los documentos, testimonios y antecedentes aportados ante la Comisión de Verdad y Reconciliación y la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura”, reiterando que es deber del Estado hacer públicos dichos
Se rompe secreto de la Valech: Corte de Apelaciones ordena a INDH abrir archivo Valech y éste anunció que no apelará
El secreto de 50 años de la Comisión Valech I, acaba de romperse, por lo menos judicialmente, dejando un precedente y abriendo paso al termino de la denominada “justicia transicional” instaurada por la Concertación -hoy Nueva Mayoría- vigente hasta hoy.
De hecho, fue el 30 de julio de este año, que la presidenta Michelle Bachelet anunció -en medio de la reapertura del denominado “Caso Quemados”, que el gobierno estudiaría y evaluaría el fin del secreto de 50 años de la Valech.
Hasta ahora no ha habido avances por parte de La Moneda, esto a pesar de que el Congreso planteó, transversalmente, estar dispuesto a terminar con dicha medida y a pesar de que existe un estudio completo realizado por el Programa de Derechos Humanos dependiente del Ministerio del Interior (PDH) entregado a Bachelet en diciembre del 2014 en donde se entrega un completo informe del por qué y el cómo terminar con esta medida.
El recurso de protección interpuesto por el abogado de la familia, Álvaro Aburto, donde Fabiola Valenzuela solicitó acceso a la información y antecedentes de su madre quien esta incluida en la nomina de victimas de la Comisión Nacional sobre Política y Tortura, Comisión Valech I y acusa que la negativa de entregar información atenta contra de las garantías a que se refiere al derecho a la libertad de recibir información y el derecho de propiedad.
Fue así como el 21 de diciembre -casi como regalo de Naviedad- la 9° sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la ministra Pilar Aguayo Pino, y en votación unánime, falló a favor y acogió la solicitud de transparencia interpuesta por Fabiola Valenzuela Valladares, ordenando de paso al Instituto Nacional de Derechos Humanos(INDH) y su Directora, Lorena Fries, dar acceso a la información solicitada por Valenzuela, respecto a su madre Rosaura Valladares, revirtiendo así la negativa que el 17 de septiembre pasado había dado el instituto.
Ante este fallo, el INDH ha comunicado que no apelará el fallo y, por tal, procederá a entregar la documentación pedida.
La resolución dice que “la información solicitada no se encuentra cubierta por la reserva legal, debido a que expresamente la norma exceptúa a los titulares de dichos antecedentes”.
Revise el fallo de la Corte de Apelaciones respecto a la Comisión Valech