lunes, diciembre 23, 2024
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Estatuto para Estudiantes Trabajadores: Un Gol de Media Cancha en Flexibilización Laboral

por Francisco Herreros.

No es que el Gobierno atraviese por sequía legislativa; lo que sucede, en verdad, es que está legislando con sentido estratégico.

Así, ante la ignorancia e indiferencia general, se anotó un gol de media cancha, toda vez que con votos de la DC, el PRSD y el PPD, la Cámara de Diputados aprobó el Nuevo Estatuto Especial para Estudiantes Trabajadores, acaso la legislación más lesiva para el derecho del trabajo, desde el Código Laboral de José Piñera, y en todo caso, desde la Ley de Subcontrato, originada en el gobierno de Lagos.

En estricto rigor, la inspiración del proyecto de Estatuto Especial para Estudiantes Trabajadores, de Sebastián Piñera, es idéntica a la que tuvo su hermano José, en el Código Laboral de los años 1979-80.

En tanto misil neoliberal, a pretexto de beneficios individuales, tales como «aumentar la empleabilidad formal de los jóvenes que estudian», «aumentar los ingresos familiares», «comenzar tempranamente la cotización previsional», «acumulación de experiencia» o «flexibilidad para poder conciliar estudio y trabajo”; debilita y obstruye derechos colectivos del trabajo, como a igual trabajo igual salario, convenios colectivos; jornada laboral, fuero maternal, fuero sindical y jornadas de descanso dominical; entre otros.

El ministro del Trabajo, Nicolás Monckeberg, no dejó espacio ni cámara disponible para presentar la iniciativa como una oportunidad para crear «aproximadamente cien mil nuevos puestos de trabajo a jóvenes estudiantes de entre 18 y 24 años».

Sin embargo, el tema político principal consiste en el enorme espacio de flexibilidad laboral que introduce esta nueva legislación, comparable a la ley de subcontrato, iniciada en el gobierno de Lagos, y promulgada durante el primer gobierno de Bachelet.

En efecto, a pretexto de premiar el «espíritu emprendedor» de estudiantes que trabajen, y de elevar el ingreso de las familias, el proyecto de Piñera mete un gol de media cancha en materia de precarización de derechos laborales, porque es de toda lógica económica, al menos de la estrecha lógica del mercado, que las empresas optarán por reemplazar puestos laborales protegidos, por estudiantes, de mucho menor costo, y ninguna, o muy escasa, vinculación contractual.

Es una pulsión del capitalismo.

Con la misma idea, es decir, reducir costos por la vía del precio del trabajo, Estados Unidos inició el proceso de deslocalización de su industria productiva hacia países de menor costo laboral, con el resultado de una crisis económica, social, y por tanto, política, que no puede resolver.

A pretexto de regular el subcontrato, lo que al final terminó haciendo la ley de Lagos fue no solo permitirlo, si no otorgarle patente legal.

El nuevo estatuto laboral, enviado ahora al Senado, inició su tramitación en junio de 2013, durante el primer gobierno de Piñera, que retomó en abril del año en curso; síntoma del carácter estratégico de este proyecto para los intereses reales que representa.

El proyecto

El proyecto consta de dos artículos permanentes y tres transitorios que desarrollan las características de este estatuto especial que pasa por establecer un contrato de trabajo con jornada reducida, con la posibilidad de discontinuarla durante el día para adaptarse a los horarios de clases.

Las remuneraciones obtenidas en virtud de este contrato no se considerarán para efectos de determinar la condición socioeconómica del estudiante o su grupo familiar.

Podrán celebrar contrato alternativo los estudiantes trabajadores, que tengan entre 18 y 28 años de edad inclusive y que se encuentren cursando estudios regulares o en vías de titulación en alguna institución de educación superior universitaria o técnica reconocida por el Estado o en entidades ejecutoras de programas de nivelación de estudios.

Los estudiantes trabajadores que cumplan con los requisitos, podrán celebrar contratos de trabajo cnforme a las reglas del Código del Trabajo.

 Flexibilización laboral

Como está dicho una de las principales características de este contrato alternativo consiste en la ruptura respecto de la jornada de trabajo estatuída en el art. 22 del Código del Trabajo, lo que tiene como corolario una extraordinaria precarización del trabajo, que queda crecientemente librado a los ciclos de la economía capitalista.

Con «avances» como éste, y a pretexto de la rentabilidad de corto plazo del sector de la Gran Empresa, el país está comprando conflictos sociales de una magnitud directamente proporcional a la magnitud de los «ahorros».

La nueva jornada reducida presenta las siguientes características:

1. No podrá exceder de 30 horas semanales.
2. La distribución de las horas de trabajo deberá constar por escrito en el contrato de trabajo. Este acuerdo podrá establecer diferentes alternativas de jornadas diarias y semanales, de forma mensual, para lo cual deberá contarse siempre con la aceptación del estudiante trabajador.
3. La distribución diaria podrá ser continua o discontinua. No obstante, entre su inicio y su término no podrán transcurrir más de doce horas, sumados los períodos trabajados y los períodos de interrupción, dentro de un lapso de veinticuatro horas.
4. No se podrán pactar horas extraordinarias.
5. La jornada no podrá distribuirse en más de seis días seguidos.
6. Los estudiantes podrán convenir con su empleador quedar exceptuados del descanso en días domingos y festivos.
7. Durante los períodos en los que el estudiante trabajador se encuentre en receso de las actividades académicas por vacaciones, se podrán convenir acciones alternativas: suspender el contrato por hasta dos meses; mantener la prestación en iguales condiciones; o pactar un jornada de hasta 45 horas semanales (se pueden acordar horas extras y la remuneración no podrá ser inferior a un ingreso mínimo).

El proyecto aborda normas especiales en materia de cotizaciones de salud, en donde se autoriza que el joven se exceptúe de estas y se mantenga como carga de un tercero; para determinar que las remuneraciones que reciba no se considerarán como renta para efectos de determinar su condición socioeconómica o la de su grupo familiar para el registro social de hogares o para acceder al crédito fiscal universitario, entre otros; y para establecer que los causantes de asignación familiar que se encuentren contratados en virtud de este régimen conservarán su calidad de tales para todos los efectos legales.

A su turno, el estudiante trabajador estará obligado a acreditar su calidad de alumno regular o de estudiante en vías de titulación, dentro de los 120 días de celebrado el contrato de trabajo y en lo sucesivo, una vez cada año en que se mantenga la relación laboral, mediante certificado vigente emitido por la institución respectiva. Las instituciones de educación, tendrán la obligación de emitir dichos certificados al ser solicitados por el estudiante para estos efectos, no pudiendo excusarse de ello ni aún por encontrarse éste en mora o por cualquier otro concepto.

El certificado deberá anexarse al contrato individual de trabajo, considerándose como parte integrante del mismo y constará en un registro que deberá mantener el empleador. En este registro constará también la circunstancia de no presentarse el certificado en la época debida.

El contrato podrá ser celebrado a plazo fijo, por obra o faena o de manera indefinida, pero siempre terminará por el solo ministerio de la ley si el estudiante trabajador no acredita su calidad de tal o cumple 29 años de edad.

Lo anterior, sin perjuicio de las demás causales de terminación establecidas en el Código del Trabajo. En cualquier caso, si terminado el presente contrato por el sólo ministerio de la ley, el estudiante trabajador continua prestando servicios con conocimiento del empleador, las partes deberán suscribir un nuevo contrato de trabajo de acuerdo a las normas generales establecidas en este Código.

Oposición sindical

La Presidenta de la CUT, Bárbara Figueroa, manifestó:

“Lamentamos que se haya aprobado la idea de legislar un proyecto que entendido de manera aislada probablemente tiene la expectativa de generar regulaciones, pero que en el marco de la realidad que vive nuestro país, cuando el crecimiento se estancó, cuando los que recibían ganancias ya no perciben esas mismas, obviamente que la única manera de seguir acumulando riquezas es con precarización del empleo».

En su opinión, este es el debate de fondo:

«Hoy con rostro de trabajador joven, mañana con el estatuto del adulto mayor, todas estas iniciativas lo que están haciendo es tratar de nivelar empleo hacia la baja. Es decir, cuando un país no puede crecer y no puede generar los mismo ingresos y las mismas ganancias, alguien tiene que perder y hoy van a perder los trabajadores jóvenes, pero mañana van a perder todos los trabajadores y trabajadoras porque con estas medidas lo que se busca es flexibilizar nivelando hacia abajo todos los empleos de Chile”.

Para la CUT lo central es que se va a permitir que aquellos trabajadores que tenían contrato con mejores condiciones de protección social, sean sustituidos por jóvenes con contratos por hora, generando una valorización a la baja del valor hora:

“Lo que están haciendo el Gobierno y la derecha es sostener y generarle mejores condiciones a los empresarios de este país, y nos parece preocupante que esta sea la señal con la cual se quiera seguir avanzando”.

Agregó que el punto no es regular el empleo, si no crear empleos der calidad:

«Por eso le hemos señalado al Gobierno que la mejor manera de generar buen crecimiento y crecimiento con empleo decente en Chile es generando una mesa de protección del empleo, pero no tratando de pasar gato por liebre metiendo flexibilidad laboral para precarizar el empleo, so pretexto hoy con el rostro humano de los jóvenes, cuando lo que se busca realmente es que todos los trabajadores de los distintos sectores, pero particularmente los del comercio y servicios se vean más afectados en sus condiciones laborales”.

Respecto a un estatuto laboral especial para jóvenes, señaló:

“No era necesario porque hoy el propio Código del Trabajo permite jornadas parciales hasta de 4 horas por lo tanto es falso cuando se dice acá que no había ningún instrumento en la legislación que permitiera generar estos contratos más flexibles y con mayor adaptabilidad. La única razón que explica este proyecto, es generar, hoy por la vía de los jóvenes y mañana por la vía de los adultos mayores, las condiciones para precarizar el empleo y nivelarlo hacia la baja».

Y concluyó:

“La evidencia muestra a nivel mundial que estas limitaciones o estatutos pro jóvenes nivelan el empleo hacia la baja; ese es el debate principal. Si queremos más empleo, si queremos más crecimiento, entonces sentémonos a discutir, pero no tratemos de engañar a Chile diciendo que hay unos preocupados del empleo cuando lo que están haciendo es desnivelar hacia abajo todas las fuentes laborales”.

Para el profesor de Derecho del Trabajo de la Universidad Católica de Valparaíso, Eduardo Caamaño, la aprobación de este proyecto creará “trabajos basura”, y probablemente, los jóvenes se inclinen por conseguir ingresos económicos de manera independiente, ya que el contrato formal será muy desventajoso:

“Va a ofrecer trabajos basura, que tampoco serán tan atractivos, porque van a ser tan poco compatibles con los estudios y con la responsabilidad familiar que puedan tener los jóvenes, que hasta les pondría convenir más realizar trabajos de manera independiente, fuera de una relación laboral de este tipo. Si yo vendo sushi o trabajo de manera informal, es probable que gane mucho más y tenga mejores condiciones que en una empresa trabajando con este estatuto”.

En su opinión, el proyecto de ley aprobado por la Cámara de Diputados es beneficioso únicamente para los empresarios, y la supuesta preocupación por los estudiantes no es más que una pantalla:

«Es una señal de flexibilidad a costa de los derechos laborales, que es algo que siempre el empresariado más reaccionario y los partidos del actual gobierno han defendido, o sea, flexibilidad, pero no en el sentido de una regulación nueva acorde con el respeto a los derechos laborales, sino que como sinónimo de desregulación, porque lo que hacen ahora es desregular derechos laborales, de tal manera que el empleador satisfaga una necesidad supuestamente para favorecer un interés de los trabajadores, y esto no es así».

Agregó:

“Es un escenario sumamente nefasto, no solo para las trabajadoras y trabajadores jóvenes que estudian, sino que para toda la gente que se desempeña en el sector de comercio y servicio, porque la verdad es que esto, entendido como un proyecto que profundiza el abaratamiento del costo de la mano de obra de trabajadores jóvenes estudiantes, va a significar a mediano plazo una sustitución importante de los puestos de trabajo que siguen siendo regidos por las reglas generales”.

A su turno, el presidente del sindicato de Starbucks, Andrés Giordano, empresa que se caracteriza por el abuso del trabajo de estudiantes, señaló:

«Lamentamos que la democracia que se concibe en este país ignore a los sectores organizados, que son sujetos de las normativas que se legislan. Por tanto, acá ni estudiantes ni trabajadores estuvimos por aprobar esta ley; la rechazamos en numerosas oportunidades, hicimos numerosas propuestas y en ningún caso quisimos un contrato alternativo y discriminatorio, porque, además, esto ni siquiera se considera al grueso de los estudiantes, sino que considera solo a aquellos que accedan a tener un contrato mucho más precario”.

Agregó:

«La legislación no solo afectará a estudiantes que trabajen, sino también a los trabajadores en general, porque las empresas preferirán reemplazar sus puestos laborales por los de los estudiantes que, claro, costarán menos y tendrán menos deberes para con ellos».

Clave política

A diferencia de la ley de subcontrato, que alguna oposición política y social enfrentó; el estatuto especial para estudiantes trabajadores pasó el primer trámite legislativo, en la Cámara de Diputados, en tiempo record, y con la dispersión precisa de las bancadas opositoras, para lograrlo.

La idea de legislar se aprobó por 83 votos a favor, 51 en contra y cuatro abstenciones.

A  favor de esta iniciativa de precarización del trabajo votaron la derecha en bloque, nueve demóctata cristianoslos (Mario Venegas, Gabriel Ascencio, Miguel Calisto,  Ivan Flores, Pablo Lorenzini, José M. Ortiz, Jorge Sabag, Gabriel Silber, y Matías Walker); tres del PPD (Rodrigo González, Andrea Parra y Ricardo Celis); dos radicales (Karim Bianchi y Carlos A. Jarpa) dos independientes «progresistas» (René Alinco y , Pepe Auth) y un independiente, de la alianza regionalista-verde (Pedro Velazquez).

Conviene retener esos nombres, porque por lo visto, la estrategia legislativa de Piñera  considerará dos criterios principales.

Primero, enviará proyectos de ley que completen el modelo neoliberal, una obsesión por la que este bloque viene luchando sin prisa, pero también sin pausa, durante los cuatro gobiernos de la Concertación y el primero de Piñera. Hoy, que percibe condiciones favorables, enviará los proyectos que considere más importantes para ese fin.

En relación con lo anterior, el segundo criterio, consiste en enviar aquellos proyectos que provoquen, o exploten, divisiones en la oposición, particularmente con referencia a los sectores de derecha encubierta y/o al neoliberalismo transversal de algunos de sus principales partidos.

El próximo proyecto de línea principal será la contra-reforma tributaria, que apunta a eliminar los escasos avances obtenidos en progresividad por el gobierno de Bachelet, a pretexto de la «inversión», el «crecimiento» y el aumento de la oferta de trabajo.

Cabe apostar sobre seguro, que muchos de los nombres mencionados, estarán entre los votos a favor.

Así están las cosas. Nada para relajarse.

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