Falso Testimonio, Perjurio y Obstrucción a la Justicia: Acogen Tercera Querella contra Fiscala Guiovanna Herrera

En algún punto de la línea de tiempo, la fiscala Giovanna Herrera Andreucci tendrá que explicar su sesgado comportamiento en la persecución jurídica contra Daniel Jadue. Pero, en lo inmediato, deberá responder por una nueva querella entablada en su contra, por los delitos de falso testimonio, perjurio y obstrucción a la justicia.

El libelo fue interpuesto por el abogado Rodrigo Liberona, y aceptado a trámite por la jueza Pilar Ahumada, del 7° Juzgado de Garantía, el 28 de julio pasado.

El texto cita la denuncia del 19 de junio de 2024, interpuesta por el académico Roberto Merino Jorquera por “posible prevaricación, montaje judicial, corrupción y fraude procesal”, contra la Fiscal Giovanna Herrera y otras personas que se individualizan en aquella presentación, por “haber conspirado para dar prisión preventiva, a sabiendas de cometer una injusticia, abuso del derecho y vulnerar los derechos básicos de Oscar Daniel Jadue Jadue”.

Después de cuatro meses de incesantes trámites, escritos y solicitudes de audiencia, se le asignó el número de RUC 2400893884-5, a cargo del fiscal regional de O´Higgins, Aquiles Cubillos.

En el mismo predicamento, remite a la querella presentada el 22 de enero pasado, contra quienes resulten responsables por los delitos de prevaricación, fraude procesal y otros delitos que a juicio de esta parte se han ido configurando a partir del denominado “caso Achifarp»;

«Esta parte ha sostenido desde el inicio de la investigación penal llevada a cabo contra Daniel Jadue, que los hechos por los que se le investiga a partir de querella de Alvaro Castro Robles en representación de empresa Best Quality SPA, obedece a un montaje urdido por una red de personas unidas entre sí, por vínculos comerciales, políticos, familiares y/o profesionales».

A modo de cierre del marco conceptual., concluye:

«Lo que esta parte ha denunciado es un caso que sin duda, como lo probaremos, tiene todos los elementos de lo que hemos comenzado a conocer como LAWFARE. Fenómeno que, tal como la corrupción, socava y horada la República, la democracia y la soberanía popular.

Luego, entre los antecedentes de hecho, refiere la entrevista del 23 de julio de 2025, en radio BíoBío, de la periodista Javiera Ostertag a Matías Muñoz, ex secretario general de Achifarp, imputado con Jadue formalizado en causa RIT 1343-2021, RUC 2110011091-9, radicada en el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago, donde este señala «la fiscal Giovanna Herrera lo presionó para dar declaraciones falsas que inculparan a Jadue”.

Agrega que la fiscala le ofreció “sacarlo de la prisión preventiva en la que se encontraba hace más de 100 días si decía que estuvo presente en la supuesta reunión en la que se habría planificado el cohecho”.

Le dijo:

“Dígame que usted estuvo en una reunión con Jadue, que Best Quality le ofreció plata, le vendieron las mascarillas y que el que negoció fue Jadue” .

Muñoz afirma que a cambio de dicha declaración, la querellada le ofreció salir en libertad.

En efecto, Muñoz declaró el 27 de septiembre de 2024, y el 2 de octubre, cinco días después, salió de prisión preventiva, en una evidente relación causal.

El libelo plantea que, de comprobarse esas acusaciones mediante la respectiva investigación penal, configurarían un «acto gravísimo de la fiscal Herrera», toda vez que, habiendo presionado a un imputado a mentir, «no sólo abandonó su deber funcionario de cumplir con el principio de objetividad, sino también se transformó en autora intelectual de perjurio, obstruyendo la justicia y empeorando la situación procesal de Daniel Jadue, creando falsos escenarios jurídicos que apuntan a su pérdida de libertad e intentos a destruir su imagen pública».

Agrega:

«El entramado que se describe en la denuncia de junio de 2024 y en la querella de enero 2025, donde se conciertan fiscales del Ministerio Público, jueces, empresarios y medios de comunicación, es lo que en la academia se denomina LAWFARE.

Y concluye:

«Los hechos que se han pedido investigar en la denuncia de junio de 2024 y la querella deenero de 2025, son absolutamente coherentes con lo que conocemos hoy, a partir de la declaración de prensa de Matías Muñoz, donde afirma haber sido presionado a mentir por la fiscal Giovanna Herrera».

Entre los fundamentos de derecho, invoca el delito de falso testimonio y perjurio, prescrito en el artículo 207 del Código Penal, incisos 1°, 3° y 4°, que sanciona al que “a sabiendas, presentare ante un tribunal a los testigos, peritos o intérpretes a que se refiere el artículo precedente, u otros medios de prueba falsos o adulterados».

Añade.:

“Tratándose de un fiscal del Ministerio Público, la pena será de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo”.

Enseguida, reclama el delito de obstrucción a la justicia, descito en el artículo 269 TER del Código Penal, relativo al «funcionario policial, el fiscal del Ministerio Público, o el abogado asistente del fiscal, que a sabiendas ocultare, alterare o destruyere cualquier antecedente, objeto o documento, o imagen o sonido contenido en sistemas de registro y almacenamiento audiovisual que permita establecer la existencia o inexistencia de un delito», que se castiga con «presidio menor en cualquiera de sus grados e inhabilitación especial perpetua para el cargo”.

El delito de obstrucción a la justicia, según la querella del abogado Liberona, se perpetra al ocultar o alterar antecedentes a fin de situar a Daniel Jadue en una reunión inexistente, supuestamente ocurrida el 1 de julio de 2020, en las oficinas de la alcaldía de la Municipalidad de Recoleta con César Ramírez, vendedor de la Empresa Best Quality Products SPA., donde según señala la fiscala «Daniel Jadue acordó y aceptó un beneficio económico como bonificación, consistente en una donación de productos adicionales a cambio de concretar el negocio.”

Detalla a continuación, que esas afirmaciones las realizó en la reformalización de la investigación, casi en idénticos términos de la formalización de la causa. La querellada
-prosigue el texto- «ocultando y/o alterando antecedentes, construye una hipótesis para formalizar y reformalizar a Daniel Jadue en causa del Tercer Juzgado de Garantía de Santiago RIT 1343-2021, por delito de cohecho. A fin de sustentar aquella hipótesis, dolosamente, según las declaraciones de Matías Muñoz, habría presionado a este a mentir sobre la presencia de Daniel Jadue en aquella reunión del 1 de julio de 2020».

Por todos estos antecedentes, concluye:

«De probarse los hechos expuestos precedentemente, la querellada tendría la calidad de autora de los delitos de delitos de falso testimonio, perjurio y obstrucción a la justicia, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 14 y 15 Nº 1 del Código Penal».

8 COMENTARIOS

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