Un proyecto de ley interpuesto por un grupo transversal de diputados propone penas de hasta 540 días para acciones y conductas de connotación sexual que provoque humillación a la víctima en espacios públicos. El Observatorio Contra el Acoso Callejero, OCAC, difundió un video para suscitar el apoyo de la ciudadanía.
“Si la realidad te incomoda, ayúdanos a cambiarla”. Es el mensaje que circula a través del último video difundido por el Observatorio Contra el Acoso Callejero, OCAC Chile, en el que se muestra que las niñas comienzan a recibir comentarios de índole sexual a partir de los 10 años.
El video es parte de una campaña que pretende promover el proyecto de ley de Respeto Callejero, iniciativa que busca introducir modificaciones al código penal que permitan catalogar todo acto de connotación sexual, que ocurra en lugares públicos o semi públicos, contra una persona que no lo desea, en delitos sancionables.
La iniciativa, que cuenta con el respaldo de la Unión Europea y ONU Mujeres, plantea sanciones y multas para aquellos que cometan actos de acoso en espacios públicos.
El proyecto que fue enviado en marzo del año pasado, supero una de sus etapas la semana pasada cuando con unanimidad en la Comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara, aprobó la moción que propuso el Observatorio Contra el Acoso Callejero (OCAC).
Luego de su aprobación en esta instancia, la propuesta apoyada por un grupo transversal de diputados, será analizada por la Comisión de la Constitución de la Cámara Baja.
La diputada del Partido Comunista, Karol Cariola quien fue una de las impulsoras del proyecto, enfatizó que esta norma “no busca sancionar el piropo como se trató de confundir por algunos medios de comunicación», sino aquellas conductas de hostigamiento que tienen una connotación sexual.
Dentro del texto del proyecto se explicita que su objetivo es «contribuir a erradicar las prácticas de acoso sexual callejero que experimentan mujeres, hombres, niñas y niños en Chile», para lo cual, la propuesta legal establece tres tipos de conductas que recibirían multas: los actos verbales y no verbales; la captación de imágenes; y los abordajes intimidantes.
Como agravantes de los delitos establecidos por el proyecto se establecen los actos en grupo o contra menores de edad, mujeres embarazadas o personas con dificultades para defenderse.
Además se sancionará “la acción sexual, que implique acto corporal, y que provoque en la víctima, intimidación, hostilidad, degradación, humillación, o un ambiente ofensivo“, situaciones que tendrán una pena que va desde los 61 a 541 días de prisión y multas de hasta 20 UTM.