lunes, diciembre 23, 2024
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Ley de Concesiones Eléctricas: Otro Despojo a Derechos de los Mapuche

Continúa avanzando impertérrito en el Senado, el proyecto de Ley de Concesiones Electricas que en una de sus partes entrega en propiedad espacios de tierra a las empresas que han solicitado concesiones para instalar sus líneas de alta tensión en terrenos de propietarios chilenos, de comunidades indígenas o en Parques Nacionales.

El senado, además continuó vulnerando los derechos de los Pueblos Originarios al redactar que la Consulta a las comunidades indígenas, se realice despues de otorgada la Concesion a las empresas, con lo cual debilitan todo el COnvenio 169 de la OIT que establece que esta consulta debe ser previa, informada y de buena fe.

La nueva ley entrega concesiones de carácter indefinido, debilita propiedad individual de chilenos sobre sus predios y territorios colectivos de comunidades Mapuche, viola y se burla del Convenio 169 que obliga a realizar una consulta previa e informada a los Pueblos Originarios y además obliga que la policía haga cumplir esta corrupta normativa.

Respecto a la poseción de los predios por parte de las empresas electricas, la norma establece que “sin perjuicio de la existencia de cualquier reclamación pendiente, sea del concesionario o del dueño del predio, la exhibición del comprobante de pago o de la consignación del valor fijado por la comisión tasadora servirá al concesionario para obtener del Juez de Letras respectivo que lo ponga, sin más trámite, en posesión material de los terrenos”.

Agrega que “a petición del concesionario, el juez podrá decretar además el auxilio de la fuerza pública para hacer cumplir el decreto de concesión, con facultad de descerrajamiento, facultad esta última de la que se hará uso si existiere oposición a la toma de posesión material de los terrenos o para el evento de encontrarse sin moradores los predios sirvientes, cuestiones que deberán ser constatadas por el agente de la fuerza pública que lleve a cabo la diligencia y de la que deberá dejarse constancia en el expediente”.

“Para proceder de acuerdo a lo dispuesto en este inciso, el juez ordenará que previamente se notifique al dueño del predio sirviente, en el terreno consignado en el decreto de concesión, para lo cual se dejará una copia de la resolución que decretó el auxilio de la fuerza pública, la que contendrá además una referencia a dicho decreto”.

“La notificación será practicada por un receptor judicial o por un notario público, según determine el juez, en calidad de ministro de fe, pudiendo ser también practicada por un funcionario de Carabineros, en la misma calidad, y se perfeccionará en el momento en que dicha copia se entregue a cualquier persona adulta que se encuentre en el predio.

Si el ministro de fe certifica que en dos días distintos no es habida alguna persona adulta a quien notificar, bastará con que tal copia se deposite en el predio, entendiéndose así efectuada la notificación aunque el dueño del predio no se encuentre en dicho lugar o en el lugar de asiento del tribunal.”.

Para los senadores Horvath, Gómez, Girardi y Quintana, la disposición es “brutal, violenta” y atentaría contra el principio de “proteger el conocimiento de los propietarios cuando son notificados”. Aseguraron que esta norma se va a prestar para todo tipo de abusos y además se alejaría de las disposiciones generales sobre reclamación. Por lo que insistieron en la decisión de hacer reserva de constitucionalidad y no descartaron recurrir ante instancias internacionales.

Consulta a los pueblos originarios

Por 17 votos a favor, 7 en contra y 1 abstención se zanjó la discusión sobre la norma que establece que “en el caso que las obras de una concesión ya obtenida atraviesen tierras pertenecientes a comunidades indígenas, antes de comenzar su construcción se deberá acreditar haber realizado el procedimiento de consulta contemplada en el artículo 6° del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, por una sola vez, en la oportunidad y forma que establezca el reglamento correspondiente.”.

En la oportunidad, los senadores Horvath, Navarro, Gómez, Girardi, y Quintana dejaron constancia de su preocupación y desazón por la forma en que quedó redactado el mencionado artículo ya que a su juicio no tendría sentido establecer la consulta antes de que comiencen las obras, una vez que ya está otorgada la concesión.

Asimismo, advirtieron que se trata de una norma que generará dificultades y pasará a llevar los derechos de las comunidades indígenas. Incluso el senador Girardi consideró «racista» esta legislación y no descartó recurrir ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

A su turno, los senadores Zaldivar, Novoa, Sabag García Ruminot y Rincón entregaron una visión diametralmente distinta ya que a su juicio, “por primera vez, se explicita en una ley sectorial la obligación de realizar la consulta y el momento de efectuarla”.

Junto con refutar las críticas y expresiones de sus pares indicaron que lo más razonable es realizar una sola consulta, una vez que se conozca la concesión y «si ésta no se realiza simplemente las obras no se llevarán adelante». Dejaron constancia que esta legislación «no desprotege» a los pueblos originarios y anunciaron que apoyaron la norma con la tranquilidad y certeza que contribuirá a incentivar los proyectos energéticos.

Reacción de Organizaciones

Frente al accionar de los senadores el Consejo de Defensa de la Patagonia (CDP) catalogó como “Una pésima señal a los derechos de la ciudadanía y otros sectores productivos” la aprobación de la Ley de Concesiones Eléctricas en segundo trámite legislativo.

Con la aprobación en el Senado, se estrecha la posibilidad de modificar el texto legal en temas como los demandados por el CDP, tal como es establecer un plazo definido para las concesiones y que no sean a perpetuidad como en la ley vigente.

Probablemente la próxima semana la Cámara de Diputados deberá revisar nuevamente el texto legal, pero solo sobre los cambios introducidos en el Senado, en relación al acuerdo UDI-DC para asegurar una consulta indígena previa a la entrega de la concesión; que se respete la Convención de Washington sobre flora, fauna y bellezas escénicas, y que se obligue a buscar trazados alternativos para proteger este patrimonio; junto con que las empresas eléctricas no tengan privilegios por sobre la ciudadanía y otros sectores económicos, y que se garantice la igualdad ante la ley de de todas las personas y empresas afectadas.

El CDP lamentó que quienes promovieron el acuerdo parlamentario UDI-DC para tramitar esta Ley, justifiquen su actuar basados en que existe una crisis en el sistema transmisión que afecta a nuestro país, el cual pertenece al sector privado que lucra con ello. Estos parlamentarios claramente han demostrado su disposición a conculcar derechos ciudadanos para favorecer a las eléctricas, en vez de identificar los problemas puntuales y buscar soluciones a ellos.

Más aun cuando el debate eléctrico ya tiene larga data en el país y hay diversos sectores que han levantado propuestas concretas para dar una discusión de fondo sobre el modelo eléctrico y avanzar en temas como generación distribuida, incorporación de las fuentes renovables, eficiencia y ahorro energético, regulación de las termoeléctricas entre otros, además de diversificación de actores en la matriz eléctrica.

La aprobación de la Ley de Concesiones en el Senado transparenta el actuar parlamentario y pone en evidencia a quienes verdaderamente están defendiendo son los intereses privados de empresas que hoy monopolizan la generación y distribución.

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