domingo, diciembre 22, 2024
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Ustedes No Son Jueces

El Caso Penta ha capturado la atención de la opinión pública por buenas razones. En el Chile contemporáneo nunca antes un grupo económico con tanto poder político había sido investigado por sus delitos contra la fe pública. Para los sectores progresistas y de izquierda, trae la satisfacción moral de ver enjuiciados a dos participantes del saqueo realizado durante la dictadura. Pero sería inconveniente que la opinión pública consciente del significado político de este proceso se dejara llevar por la puesta en escena del mismo y terminara formando su veredicto sobre la base de aquello que los tribunales digan; de su iuris dictio. El veredicto del pueblo, en esta materia, ya tiene suficientes antecedentes como para emitir una condena.

 

Es importante entender el por qué de esta afirmación. Hay una razón que podríamos caracterizar como inmanente. Los tribunales están jurídicamente autorizados para emplear solamente dos tipos de consideraciones al momento de emitir su sentencia: las reglas, criterios y excepciones contenidas en la ley vigente; y las estrategias de razonamiento propias de la tradición jurídica.

El derecho combina así un presentismo contingente y dependiente de la voluntad de las instituciones (la ley) con el tradicionalismo inmovilista de una comunidad epistémica y políticamente conservadora (la razón de los abogados). Por ello Sir Edward Coke decía que el derecho es una razón artificial.

Esto significa, en consecuencia, que el tribunal evalúa las circunstancias fácticas y enjuicia el comportamiento de los acusados a través de premisas y procedimientos de análisis que están fuera del alcance de la generalidad de los ciudadanos. Lo que el tribunal diga no es central para que la ciudadanía se forme un juicio de carácter moral y político sobre los hechos en cuestión.

Hay una segunda razón que atiende, por así decirlo, a las consecuencias de dejarnos llevar por los criterios de los tribunales. En materia penal, la razón jurídica se caracteriza por aquella afirmación de Sir William Blackstone según la cual más vale dejar libres a diez hombres culpables que encarcelar a un inocente.

Desde luego, sabemos que la aplicación de la razón jurídica es selectiva; como numerosos estudios de sicología del proceso judicial lo demuestran, quien tenga la identidad racial o la clase social ‘equivocada’ tiene más probabilidades de ser considerado culpable de los delitos que se le imputen.

Pero cuando los enjuiciados son sujetos privilegiados, ‘Best Old Georgians’ como señaló su abogado defensor, entonces todas las protecciones y ventajas del derecho penal se activan eficientemente. La posibilidad de que Délano y Lavín sean declarados inocentes por un tribunal existe.

¿Y entonces qué? ¿Deberán ser restituidos a su ventajosa posición económica y social? ¿Exigirán disculpas de todos los sectores, como hizo Jovino Novoa cuando fue declarado inocente de los cargos de abuso sexual? ¿Habrá de quedar en nada la condena política que este evento merece?

En este, como en muchos otros casos donde parece judicializarse la discusión pública, es conveniente recordar las palabras de Maximilien Robespierre dirigidas a la Asamblea Nacional de Francia el día del enjuiciamiento de Luis Capeto, antes conocido como el Rey Luis XVI:

“No hay aquí juicio por hacer. Luis XVI no es ningún acusado. Ustedes no son ningunos jueces. Ustedes no pueden ser más que hombres de Estado y los representantes de la nación. No tienen que dar ninguna sentencia en favor o en contra de ningún hombre, sino que una medida de salvación pública por tomar, un acto de providencia nacional por ejercer… Los pueblos no juzgan como las cortes judiciales; no emiten sentencias, fulminan; no condenan a los reyes, los reducen a la nada: y esta justicia bien vale la de los tribunales. Si es para su bienestar que se arman contra los opresores, ¿cómo podría esperarse que adopten un modo de castigarles que pudiera convertirse para ellos mismos en un nuevo peligro?”

Ustedes, lectores, no son jueces. Condenen a Carlos Delano y Carlos Lavín por su complicidad con el desfalco pinochetista del Estado y con el subsidio permanente a la derecha más reaccionaria. Absuelvan si consideran que ambas acciones no son delitos contra el pueblo chileno.

Fuente: Editorial de Red Seca

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