1) La Constitución de 1980 tiene una ilegitimidad de origen derivado del modo en que fue aprobado, mediante un Plebiscito sin debate ciudadano y sin garantías para ejercer el derecho de voto. Recordemos que esta Constitución se aprobó en medio de la más feroz dictadura que Chile haya conocido, no existía imperio del Derecho y la Junta Militar se había arrogado lo que se conoce como la potestad constituyente, es decir, la facultad de redactar una nueva Constitución, suprimiendo mediante la fuerza, la vigencia de la Constitución de 1925.
La Constitución de 1980 no fue consecuencia de un clamor ciudadano a favor de una nueva Constitución ni menos producto de una instancia democrática de encuentro entre chilenos, sino fruto de una imposición. Esto es importante porque hoy, cuando se dan argumentos en contra de una Nueva Constitución, de las primeras que se dan es el temor por la institucionalidad y los presagios del caos.
Este temor – totalmente infundado – es además, de una hipocresía enorme porque pese a su aprobación en 1980, entre 1980 y 1989 ni siquiera tuvo vigencia esta Constitución. Esta Constitución no fue capaz de restablecer la legalidad porque es hija de la dictadura militar.
2) La Constitución de 1980 es la fuente de la gran mayoría de las leyes significativas en Chile. Por ejemplo, el Código de Trabajo, cuyos orígenes se remontan al Plan Laboral de 1978-1979, el mismo que cercena los derechos sindicales, afecta la negociación colectiva e impide el efectivo ejercicio del derecho a huelga, todos derechos vigentes y ejercidos hasta 1973, solo se entiende dentro de ésta Constitución.
La privatización de las empresas públicas, que no es más que el saqueo premeditado de bienes públicos iniciado por la dictadura militar, no se podría concebir sin esta Constitución y su forma laxa de regular la titularidad del Estado sobre sus bienes, entre ellos, los recursos naturales. La concesión en Chile es una verdadera burla a la soberanía que esta Constitución permite ya que entrega de forma indefinida derechos reales a bajo costo. Así también, ocurre con la educación y otros tantos ámbitos de la vida diaria. Es decir, es la Constitución ilegítima e impuesta la que permite la aplicación de normas sustantivas para nuestra vida cotidiana.
Miente entonces, la candidata Matthei cuando dice que la Constitución no tiene nada que ver con la vida de las personas, pero ella sabe que miente, lo dice porque la derecha quiere conservar el modelo. En síntesis, muchas de los aspectos más críticos de la actualidad; educación, legislación laboral, salud, tributos, tienen su origen legal en la Constitución y están arraigados en nuestro sistema.
¿Esto justifica una nueva Constitución?
No, lo que debemos subrayar es que la Constitución no es un constructo lejano y distante sino algo fundamental en nuestras vidas diarias y por ende, es algo que debemos debatir y comprender para también captar la globalidad y las complejidades que implica su transformación: la transformación institucional implica unir un criterio de realidad con un criterio de profundidad.
3) ¿Es necesaria una Nueva Constitución? Las Constituciones son resultado de acuerdos en la sociedad sobre el modo en que los ciudadanos desean vivir. Una nueva Constitución se justifica en la medida en que no hay acuerdo sobre la actual constitución y que no existe modo de saber realmente si existe, a favor o en contra. Una encuesta por ejemplo, resulta ser una medida sumamente cuestionable, y, esta afirmación sobre la falta de acuerdo resulta debatible, evidentemente.
Es en realidad, una valoración política que considera que la ilegitimidad de la actual Constitución solo puede ser remediada con una nueva. Por ende, la justificación de una nueva Constitución radica en la ilegitimidad de la anterior que no cuenta evidentemente con el consenso necesario.
4) Existe un planteamiento bastante estéril con el cual se ha insistido. La Asamblea Constituyente no está prevista en la Constitución y promoverla equivale al caos. Este planteamiento adolece de una falta de lógica doctrinaria.
La fuente originaria de la Constitución es el pueblo, el cual es un concepto jurídico, y el Congreso es sólo una fuente derivada. Como fuente originaria, el pueblo posee la potestad constituyente reconocida en doctrina, por eso para refrendar una Constitución, se recurren a Plebiscitos. Para su elaboración, la doctrina considera que la fuente originaria por excelencia es el pueblo reunido en asamblea que es una reunión de representantes del pueblo.
Esto no obsta a otras alternativas, solo es una aclaración necesaria. La reunión en asamblea puede reglamentarse, en cualquier momento, de manera que tampoco es sinónimo del caos y desorden, afirmaciones antojadizas sin sustento. Decir que la Constitución no contempla la Asamblea es afirmar que la Constitución puede más que una Asamblea, que, como ya dijimos, es la máxima expresión de una fuente originaria y la Constitución es fuente derivada.
También es derivada el congreso nacional e incluso, una comisión presidencial. Debido a su potestad originaria, el pueblo detenta esta condición SIEMPRE, y no cuando la Constitución se la delega. Por ende, a la Constitución no le corresponde decidir cuándo convocar a Asamblea o cuándo el pueblo puede crear una nueva Constitución porque no es su atribución definir eso. La Constitución solo posee su fuerza normativa en la medida que haya sido aprobada por plebiscito, o sea por el pueblo y, en nuestro caso – ya se dijo – la Constitución de 1980 es ilegítima, y mal podría entonces, tener la autoridad moral requerida para decirle al pueblo que no puede tener una nueva Constitución. Por lo demás, no se trata de una reforma constitucional sino de una Nueva Constitución.
5) En otros países se han hecho estos procesos y de ellos, existe una reducción interesada. Se ha hecho de estos procesos algo pintoresco, casi folclórico porque lo que se intenta demostrar es que no existe capacidad de gobernar. Esta caricatura interesada se hace menoscabando procesos que han fortalecido a las democracias, no como en Chile donde la democracia, que debemos cuidar, es vilipendiada y es vilipendiada por personas y partidos que no tienen afecto alguno por la democracia.
Una asamblea constituyente fortalece la democracia. En Venezuela por ejemplo, hoy votan alrededor del 80% de la población con derecho a voto y con un moderno sistema electoral. Aquí en Chile, donde se crítica el modelo en Venezuela, seguimos votando con un papel y lápiz y ni siquiera hay certeza del padrón. ¿Por qué pasa eso?
Pasa porque existe una alta valoración de la democracia que es resultado precisamente de una Asamblea Constituyente. Y lo mismo pasa en Bolivia y Ecuador. Y ojo, si hay inestabilidad, no es por la Asamblea sino por la resistencia de quienes han detentado el poder durante siglos que ven como la democracia se consolida y comienza a dar a cada cual lo que le corresponde.
Este es un camino que Chile debe andar.
(*) Diputada electa por La Florida