Noventa y un exponentes de lo más rancio de la cultura concertacionista suscribieron un documento en defensa del quorum de dos tercios, en la convención constitucional, con la intangibilidad del acuerdo del 15 de noviembre de 2019, como primera línea de combate argumental.
«Las normas base sobre las que se determinó iniciar un proceso constituyente en Chile fueron establecidas en el Acuerdo por la Paz y la Nueva Constitución del 15 de noviembre de 2019, suscrito por la mayoría de las fuerzas políticas representativas del pueblo que mediante libre sufragio las había elegido. En dicho acuerdo se estableció el quorum de dos tercios de los miembros de la Convención para los acuerdos que allí se determinen», sostienen.
Si se dicen demócratas ¿por qué no aceptan lo que la convención constitucional autónoma y soberanamente decida?
¿De dónde vienen esa rigidez y esa pretensión totalizante?
La constitución de Pinochet registra más de ochenta reformas, ninguna de las cuales ha alterado las bases del sistema.
Los firmantes de la carta apelan a ese abusivo doble estándar, poroso con los propios, e implacables con los ajenos.
Sin embargo, se equivocan de manera masiva: el acuerdo del 15/N no tiene legítimo efecto vinculante; por tanto, los que no lo firmaron no tienen obligación de respetarlo.
Claro, dirán que el acuerdo fue refrendado por una ley, e incluso, una reforma constitucional, pero no por ello, o más bien, por lo eso, deja de ser una maniobra homeostática, al interior del sistema político, con la evidente intención de controlar daños, y de transmitirle a la convención, el ADN del sistema político vigente desde la constitución de 1980: el candado de los altos quórum constitucionales.
Inmediatamente, invocan la ley 21.200, en régimen desde diciembre de 2019, que modificó el capítulo V de la Constitución, y establece:
«La Convención no podrá alterar los quórum ni los procedimientos para su funcionamiento y para la adopción de los acuerdos».
Siguiendo esa lógica: expliquen quién les otorgó potestad constituyente para invadir los fueros de la convención, e imponerle, a priori, los mismos límites de la «democracia de los acuerdos», contra la que rebeló el Chile plebeyo, el 18 de octubre de 2019; así como otro par para la ocasión, como sentencias judiciales y tratados internacionales firmados por Chile.
¿Por qué?. Convención constitucional, que por lo demás, ocupa impropiamente el lugar de una Asamblea Constituyente que hace rato exige el Chile insurrecto.
El siguiente argumento es, sencillamente, impresentable, pues se adjudica, de manera descarada e impúdica, el triunfo en el plebiscito del 25 de octubre de 2020:
«Un 78,28% de los votantes aprobó la creación de una nueva Constitución y un 79% se pronunció por la forma de Convención Constitucional».
¿Realmente creen que esa cantidad votó por el quorum de dos tercios, o nuevamente abusan del lenguaje para engañar a los chilenos?.
Justifican esa camisa de fuerza a la soberanía constituyente en la «necesidad de una mayoría sólida para sus acuerdos, un quorum que obligue al debate, al intercambio de argumentos para la construcción de la casa común de los ciudadanos, sin importar ideologías, credos ni cualquier otra condición social, cultural o económica de quienes serán regidos por sus grandes principios y normas».
¿De dónde proviene ese disparate?
Solo les faltó agregar, como Jaime Guzmán, «de forma tal que deje más o menos las cosas donde mismo», o «que el adversario no pueda hacer algo sustantivamente distinto de lo que a uno pretende».
Por el contrario, el recurso defensivo del alto quorum puede conducir a situaciones absurdas y descabelladas, potencialmente peligrosas.
Supóngase, por ejemplo, que una materia decisiva, como la reconfirmación constitucional de que el Estado es el propietario absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de las minas, como establece el artículo 19 Nº 24, inciso 6º de la actual constitución, pero ahora en serio; recibe el voto de 95 de 155 constituyentes, es decir el 61,2%; pero no alcanza la la barrera de los dos tercios.
¿Significa que pierde?
En el Chile movilizado, en el contexto del desplome de de la hegemonía neoliberal y el fracaso de su modelo económico, esa anomalía democrática no puede -o no debiera- tener lugar.
A pesar de ello, o más bien por lo mismo, a la primera de cambios, el partido del orden recurre al reflejo condicionado de la campaña del terror.
Añade la declaración de los 91 mosqueteros concertados:
«Una parte minoritaria de los 155 constituyentes elegidos democráticamente, supuestamente investidos por algún otro tipo de soberanía popular, se pronuncia por el desconocimiento de las reglas convencionales acordadas y ratificadas por la más alta mayoría habida en democracia. Es un gesto que arriesga entrabar la puesta en marcha de la Convención, socavando las bases y normas con las que fue convocada».
En el interlineado, esto significa: si una parte mayoritaria de los constituyentes elegidos democráticamente se pronuncia por el desconocimiento de las reglas convencionales, se arriesga la puesta en marcha de la convención, por socavar las bases y normas con las que fue convocada.
¿Qué es eso sino veto anticipado y preventivo?; ¿en virtud de fuente de legitimidad?, ¿con qué ropa?.
Dicho de otro modo, aceptan el sistema solo mientras les conviene.
Vale recordar que a noviembre de 2019, según la encuesta CEP, , el gobierno tenía un 6% de aprobación y un 82% de desaprobación; mientras el Congreso concitaba solo un 3% de confianza, y el sistema de partido políticos, un 2%.
Luego, se refugian en la impresentable falacia de que postular a constituyente implicaba conocimiento y aceptación de las reglas del juego:
«Haber postulado a ser parte de la Convención Constitucional significaba el conocimiento y la aceptación de las reglas que la mayoría ciudadana había acordado en dos momentos de legitimidad democrática: el Acuerdo de noviembre 2019 y el Plebiscito de octubre 2020. De otro modo, es haberse confundido a sí mismos o, peor aún, haber engañado a las personas que el 15 y 16 de mayo les eligieron para la labor de constituyentes aceptando las normas democrática y precedentemente establecidas».
¿Por qué tanto apego a reglas más que discutibles, en lugar de avenirse al veredicto soberano de los constituyentes? Proponer que en la convención constituyente prevalezca la mayoría ¿es un objetivo maximalista que conduce a chilezuela? ¿Y qué otra cosa que engañar al electorado viene haciendo la casta política binominal desde marzo de 1990?.
La capitulación ideológica de la concertación es profunda y radical, al punto que se horroriza de la movilización social:
«Una vez más se escucha la amenaza de «movilización popular», con las conocidas consecuencias sufridas recientemente, y convocatorias a organizaciones sociales arbitrariamente elegidas para circundar la Convención, ejerciendo presiones sobre los constituyentes y arriesgando el ambiente de debate, de cordura y de acuerdos que allí debe reinar».
Llamaron a a rechazar «intentos de polarizar la discusión constitucional, crispar y enrarecer el debate, abrir paso a manifestaciones de violencia, de funas y descalificaciones que ensombrecerían y pondrían en riesgo el proceso constituyente que todas y todos hemos democráticamente decidido».
Finalizan con la invocación a la unidad, en nombre de «horizontes de paz, de bienestar y justicia para todos quienes formamos parte de la comunidad nacional».
Un melancólico remake de la campaña Chile, la Alegría Ya Viene, solo que ahora en retroceso, desfonde ideológico y escasa credibilidad .
En definitiva, ellos mismos trazan la línea divisoria del cuadro político que instaló la revuelta plebeya, refrendado por las elecciones del 15/16M.
No comprenden que el país entró en una dinámica distinta, donde discursos como el de los 91 concertados representan evanescentes flatulencias de un sistema político y un modelo económico que entró en lo que la aerodinámica denomina «stall», o pérdida de sustentación.
La convención constitucional es un terreno en disputa. Con pocas dudas, lo más probable es que la posición planteada por la vocería de los pueblos, en orden a reivindicar la soberanía popular de la constituyente, y desconocer los limites establecidos en el acuerdo del 19/N, será mayoritaria.
En esa perspectiva, la melancólica declaración de los 91 concertados no luce, precisamente, como carta ganadora.