En compañía de la diputada Camila Vallejo dirigentes de las Juventudes Comunistas llegaron a la Contraloría General de la República, para solicitarle que que investigue el uso de recursos en “asuntos que no están dentro de sus competencias”.
Un nuevo inconveniente suma la polémica consulta ciudadana que pretende restringir el libre tránsito de jóvenes menores de 16 años desde un horario a determinar realizada el pasado domingo en 8 comunas del país, ya que a la baja participación (sólo un 8,9% del padrón habilitado), se suma que las Juventudes Comunistas junto a la diputada Camila Vallejo acudieron a la Contraloría General de la República documentando antecedentes sobre un eventual mal uso de recursos públicos.
En la acción, Camilo Sánchez, el presidente de las JJCC, resaltó:
«La gente le dio la espalda a la criminalización de la juventud y a estos anuncios populistas. A pesar de toda la costosa campaña mediática que implementaron, no lograron convocar ni al 9% del padrón».
Asimismo, Sánchez advirtió:
«Los alcaldes y alcaldesas involucradas tendrán que dar explicaciones por el uso de recursos en asuntos que no están dentro de sus competencias».
Y agregó:
«Esta costosa pirotecnia contra la juventud debe parar. Esta fue solo una cortina de humo para cubrir la inoperancias de las autoridades frente a al narcotráfico».
Por su parte, la Diputada Camila Vallejo, señaló:
“No solamente estamos ante una consulta que ha excedido las atribuciones jurídicas y administrativas de los municipios, sino que también tenemos un problema de fondo, aquí hay un 91% de la población que le dio la espalda a la consulta sobre la cual los municipios pretenden imponer una restricción de derechos”.
“Cuando una sociedad busca restringir derechos, particularmente a los menores de edad, no lo puede hacer simplemente por vía administrativa en un municipio. Esto es un tema delicado, que involucra una discusión legislativa, y por cierto en primera instancia consultarle a los menores”, añadió la Parlamentaria por el Distrito 12, que incluye a la comuna de La Florida.
A su turno, el abogado Luis Cuello enfatizó:
“La Contraloría ha establecido claramente que los recursos financieros de las municipalidades deben destinarse exclusivamente al logro de sus objetivos propios. Imponer un toque de queda es completamente ajeno a una municipalidad. En esta consulta se contraviene también el principio de probidad, pues se empleó a personal y recursos en una consulta inútil, cuyo propósito es imposible de implementar”.
Denuncia
El texto del documento ingresado en la Contraloría, señala:
«Con fecha 30 de junio de 2019 las municipalidades de Las Condes, Lo Barnechea, Colina, La Florida, La Reina, Peñalolén, Antofagasta y Quilpué realizaron una consulta pública, denominada Consulta Horario Límite, que tuvo por objeto consultar a los vecinos mayores de 18 años de esas comunas, sobre la implementación de una restricción horaria para que las personas de 16 años o menos no circulen por la calle sin la compañía de un adulto».
Agrega:
«La realización de la Consulta Horario Límite, conocida también como “toque de queda juvenil”, fue precedida de una intensa campaña en medios y en las redes sociales oficiales de las municipalidades convocantes. Esta campaña incluyó la elaboración y difusión de afiches y videos, todos llamando a apoyar la restricción horaria, sin permitir espacio a la expresión de opiniones divergentes».
Por otro lado, la Consulta fue implementada a través de la contratación conjunta E-Voting Chile S.p.A., aparte de que las municipalidades dispusieron locales de votación.
«Todo lo anterior, esto es, la difusión de la Consulta como su ejecución conlleva, naturalmente, el uso de recursos municipales cuya cuantía estimamos necesaria determinar», añaden los ponentes.
Luego, recuerdan que el dictamen 16.904 de 2017 de la Contraloría General establece: “los recursos financieros con que cuentan los organismos públicos, deben destinarse
exclusivamente al logro de los objetivos propios de tales entidades, fijados tanto en la Constitución Política como en sus leyes orgánicas y administrarse de conformidad
con las disposiciones del decreto ley N° 1.263, de 1975, del Ministerio de Hacienda, Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado”.
En consecuencia, aducen:
«La realización de una Consulta como la descrita persigue objetivos que no se ajustan a aquellos propios de las municipalidades, como es la implementación de un “horario límite recomendado” para la circulación de personas de una determinada edad por las calles y otros bienes nacionales de uso público»; sin perjuicio de que la difusión de una consulta relativa a una “regulación horaria juvenil”, escapa por completo a las tareas, fines y atribuciones que el derecho reconoce a las municipalidades, «toda vez que una restricción al ejercicio de horaria a la libertad ambulatoria como la que se promueve sólo puede ser materia de ley o de un estado de excepción constitucional».
Asismismo, sostienen que “ejecutar actividades, ocupar tiempo de la jornada de trabajo o utilizar personal o recursos del organismo en beneficio propio o para fines ajenos a los institucionales”, contraviene diversas normas del principio de probidad administrativa».
En virtud de los hechos denunciados y los argumentos expuestos, los ponentes solicitan al Contralor General de la República, «disponer la realización de una auditoría o investigación especial sobre la realización y difusión de la Consulta Horario Límite con el propósito de hacer efectivas las responsabilidades administrativas por las infracciones al principio de legalidad del gasto y al principio de probidad administrativa».
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