por Francisco Herreros. Es sabido que los hombres son iguales ante la ley, pero también que hay algunos más iguales que otros. Es el caso de René León Ceballos, condenado a cuatro años de presidio menor en su grado máximo, por un presentación de facturas falsas por un monto de 2,3 millones de pesos, en Puerto Montt.
La Fiscalía de Puerto Montt logró acreditar la evasión de impuestos ejercida por René León Ceballos, quien registró en el libro de compras y ventas de su empresa dos facturas falsas.
Níder Orrego, fiscal a cargo de la investigación, informó que los formularios en cuestión provienen de dos presuntos proveedores de productos para su negocio, avaluando la estafa en más de 2 millones 300 mil pesos.
La denuncia del delito fue efectuada por el Servicio de Impuestos Internos, tras un análisis de los libros contables y la declaración de los contribuyentes.
En suma, la máquina de la justicia le cayó al infortunado León Ceballos, como hace con todos los iguales; salvo a los más iguales que todos los otros.
René León no tiene fortuna; estudió ingeniería civil mecánica en el ISPJAE; es a la vez socio, gerente y todo el personal de una pequeña empresa, SurMar; su ingreso se lo gana a pulso, incluyendo este tipo de trapisondas. Carece de contactos e influencias. Sus redes familiares no son de alcurnia. Su actividad política se reduce a votar, no siempre, y a tomar parte en uno que otro debate de café.
En suma, un chileno como todos, pero no como otros.
Distintos son los casos de políticos de casi todos los pelajes, como Sebastián Piñera, Pablo Longueira, Iván Moreira, Jovino Novoa, Hernán Larraín, Carlos Bombal, Ernesto Silva, Cristián Leay, Ena von Baer, Ernesto Silva, Felipe de Mussy, Laurence Golborne, Jacqueline van Rhysselberghe, Arturo Squella, Juan Antonio Coloma Álamos, Jaime Orpis, Pablo Zalaquett, Cristián Letelier, Alberto Cardemil, Claudio Eguiluz, Andrés Allamand, Cristina Bitar, Guido Guirardi, Marco Enríquez-Ominami, Marta Isasi, Giorgio Martelli, Raúl Súnico, Fulvio Rossi, Pablo Wagner, Marcelo Rozas, Carlos Ominami, Jorge Pizarro, Roberto León, Andrés Velasco y Andrés Zaldívar, entre muchos otros.
Por distribución política, el 45% de los políticos corruptos está ligado a la UDI, el 11% a RN, otro 11% a la DC, 10% al PRI, 8% al PS, 7% al PRSD y 3% al PPD.
Para que haya políticos corruptos es necesario que existan empresarios que los corrompan, en el otro extremo de la ecuación: Carlos Alberto Délano, Carlos Eugenio Lavín, Julio Ponce Lerou, Luis Felipe Moncada, Patricio Contesse, Hugo Bravo, Leonidas Vial, Sebastián Piñera, Santiago Valdés, Manuel Cruzat, Manuel Tocornal, Tomás Carrasco, Francisco Mujica, Luis Saldías, Roberto Angelini y Leonidas Vial, también entre otros.
Eso, sin mencionar políticos y/o empresarios corruptos en casos tales como el saqueo de los grupos económicos al Estado chileno, el “negocio del siglo” conocido también como caso Chispas; caso Banco de Talca, las quiebras fraudulentas de las crisis de 1982, los “pinocheques”; el caso MOP- GATE; Publicam; el caso coimas; Inverlink; la compra de acciones de LAN a precio de ganga; la colusión de las farmacias, las avícolas, las navieras, las empresas de asfalto y las papeleras; casas Copeva, el escándalo de las comisiones de la tarjeta de Cencosud; la estafa de La Polar; el lucro ilegal de universidades privadas; el caso Cascadas; el caso Bilbao, el escándalo HSBC, el CASO Dávila, y un largo etcétera.
Sin embargo, los anteriormente enumerados con nombre y apellidos son políticos y empresarios con participación activa o pasiva, por acción u omisión, o el menos mencionados de manera consistente, en tres casos emblemáticos: Penta, SQM y ASIPES.
Para efectos de este análisis, constituyen una trama de poder que por medio de delitos objetivamente perpetrados, tales como estafa, evasión de impuestos, fraude al fisco, tráfico de influencias, cohecho y falsificación de instrumento público, armó redes para defraudar, reunió grandes sumas de dinero y las transfirió a campañas políticas, cuyos beneficiarios retribuyeron con legislaciones a la medida.
A pesar de la gravedad de esos delitos, o más bien por lo mismo, estos individuos gozan de poderosas redes de protección. Pueden costear costosos estudios jurídicos, con expertos en delitos económicos que se mueven con gran soltura en una ámbito penal benévolo, permisivo y aquiescente, que se traduce en penalidades excesivamente leves, que les evitan la prisión, o en multas que ni rasguñan la superficie de sus grandes patrimonios.
Su nivel de influencia es tal, que no sólo aseguran la propia impunidad, sino también la de parientes, amigos, empleados y adláteres que han participado de una u otra forma en estas redes de corrupción.
No es el caso de René León Ceballos.
De hecho, el fiscal Níder Orrego Dolmestch, se ufanó de haber condenado a un contribuyente que había incluido dos facturas falsas en su contabilidad:
«En el marco de la indagación se efectuaron análisis contables, se realizaron análisis de falsedad de las facturas, se tomó declaración de los contribuyentes que presuntamente prestaron estos servicio, y en definitiva se determinó que las facturas eran falsas y que no habían sido prestados los servicios que se establecía en ellas. En virtud de ello se determinó acusar y se obtuvo esta sentencia condenatoria”.
Una vez ponderadas las pruebas, el tribunal dio por acreditado que el 12 de noviembre de 2009 y 12 de mayo de 2010, René León Ceballos registró en el libro de compras y ventas de su empresa y declaró en los formularios correspondientes a los respectivos periodos tributarios mensuales, un crédito fiscal amparado en un total de dos facturas falsas, provenientes de dos presuntos proveedores de productos para el negocio del giro de la empresa “cultivo, reproducción y crecimiento de vegetales acuáticos”.
Sostiene la resolución del TOP de Puerto Montt:
«Ambas facturas son falsas, toda vez que no fueron emitidas por quienes figuran como contribuyentes proveedores, y además dan cuenta de operaciones que nunca se realizaron”.
Con estas maniobras, el acusado provocó un perjuicio fiscal que fue avaluado en $2.231.00. Estos hechos, son constitutivos de dos delitos contemplados en el artículo 97 N° 4 inciso segundo del Código Tributario, en grado de consumados, de acuerdo a la sentencia fechada el 10 de febrero de 2018».
Si bien la Fiscalía había solicitado la pena de 5 años y un día de cárcel, el Tribunal Oral en lo Penal de Puerto Montt determinó una sentencia de cuatro años de presidio menor en su grado máximo y a cancelar una multa correspondiente al 100% del monto del dinero defraudado.
El ex fiscal Carlos Gajardo, que tuvo a su cargo la primera etapa de los casos Penta y SQM, y que renunció justamente por el trato de la Fiscalía con Iván Moreira, que le permitió librar con una multa, publicó en su cuenta twitter:
Carlos Gajardo Pinto @cgajardop
2 facturas falsas.
Perjuicio fiscal $2.231.000
Sentencia: 4 años de presidio con libertad vigilada y accesorias de inhabilitación para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena.
Tribunal de Puerto Montt.
Ese es el tratamiento normal de los delitos tributarios.
¿Qué tienen estos personajes, que por los mismos delitos que le costaron cuatro años de presidio a León Ceballos, salen libres de polvo y paja?.
A las ventajas antedichas, hay que sumar un nuevo factor: fiscales como Pablo Gómez y Manuel Guerra, que orientados o al menos tolerados por el Fiscal Nacional, Jorge Abbott, han elaborado la peculiar tesis jurídica de saltarse al sentenciador, en la creencia de que un buen acuerdo es mejor que un mal juicio, de que una multa es mejor que nada, y de que mejor «negocio» para el Estado es mercantilizar la justicia y ofrecer salidas alternativas a los delitos de cuello y corbata, a cambio de cierta recaudación.
Gómez ha tenido la insolencia de ufanarse por los recursos que obtendrá el fisco, por sus acuerdos con SQM.
Se trata de una posición jurídica extremadamente cínica, y que lamentablemente presenta varias ventajas como para generalizarse entre jueces y fiscales.
Que se le aplique esa doctrina a León Ceballos, vaya y pase. Pero es inadmisible, impresentable, e insostenible en casos como Penta, SQM y ASIPES.
Primero, por los montos involucrados; luego por el concierto para delinquir y las agravantes asociadas. Tercero, por sus implicaciones en decisiones de política pública. Pero, en lo fundamental, por el atropello al principio de igualdad ante la ley, y el daño irreparable que causó en la confianza pública en la política, la justicia y la democracia.
Al respecto, el ex fiscal Gajardo agregó en su cuenta twitter:
«No se trata de multas más o menos. Se trata de recuperar confianza en la justicia en un caso que causó grave daño a la democracia».
A estas alturas, parece más serio, honesto y transparente introducir una modificación legal aclaratoria, que establezca que los preceptos legales del país son válidos y aplicables para todos; excepto para el uno por ciento y para los miembros del partido del orden, necesario para mantener el inestable equilibrio de la república neoliberal, que seguir sosteniendo la majadería del principio de igualdad ante la ley.